Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (02061/2025)
Bases de convocatoria para la provisión de tres plazas de Agente de Policía Local
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

Anuncio 2061/2025

A iniciativa de cada central sindical, podrán estar presentes durante la totalidad del proceso selectivo, en calidad de
observadores, un representante de cada una de las centrales u organizaciones sindicales que formen parte de la Mesa de
Negociación de Empleados Públicos del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena.
5.2. Actuación del Tribunal.
Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se
requerirá la asistencia, presencial o a distancia, de las personas que ostenten la Presidencia y la Secretaría, o, en su caso, de
quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.
La actuación del Tribunal habrá de ajustarse estrictamente a las bases de la convocatoria.
El Tribunal resolverá, por mayoría de votos de sus miembros presentes, todas las dudas y propuestas que surjan para la
aplicación de las normas contenidas en estas bases, y estará facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse
durante el proceso selectivo.
Los componentes del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo, notificándolo a la autoridad convocante,
cuando se dé alguna causa de abstención señalada en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Asimismo, no podrán formar parte del Tribunal el personal funcionario que, en el ámbito de actividades privadas, hubiesen
realizado tareas de formación o preparación de aspirantes a pruebas selectivas o hubieran publicado manuales para dicha
preparación en los cinco años inmediatamente anteriores a la publicación de la presente convocatoria.
En todo lo no previsto expresamente en las presentes bases, será de aplicación al Tribunal Calificador lo dispuesto para los
órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y, supletoriamente, en la Ley
13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, así como en el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que
se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, o normativas que los modifiquen o sustituyan.
En la página web y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena se publicarán todos y cada uno de
los acuerdos del Tribunal Calificador.
5.3. El Tribunal tendrá la categoría que corresponda al grupo C, subgrupo C1, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30
del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
Sexta.- Sistema de selección.
De conformidad con lo establecido en el artículo 55 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de
Extremadura, y el artículo 34 del Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión
de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único, el sistema de selección será el
concurso, que consistirá en la valoración de los méritos alegados y acreditados por las personas aspirantes y en la
comprobación de las condiciones psicofísicas y de salud para el desempeño del puesto de trabajo.
1. Valoración de los méritos alegados.
Sólo podrán valorarse los méritos que se posean antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La puntuación máxima a obtener por los méritos alegados y documentados será de 10,50 puntos, que se valorarán con
arreglo al siguiente baremo:
1.1. Experiencia profesional.
Representará hasta un máximo de 4,00 puntos de la puntuación total a obtener.
Únicamente se valorarán meses completos, a razón de 0,025 puntos por mes, hasta alcanzar la puntuación
máxima.
Para determinar la puntuación obtenida se dividirá el número total de días prestados en cada categoría por
30 días de cada mensualidad.
La valoración de la antigüedad tendrá una limitación máxima de 160 mensualidades, y tratándose de
Auxiliares de Policía integrados en la categoría de Agente por aplicación de la disposición transitoria primera
de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, se tendrá en cuenta el
tiempo se servicio prestado en aquella categoría como si lo hubiera sido en la de Agente.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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