Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva del Fresno. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02050/2025)
Bases reguladoras para la provisión de una plaza de Director/a de la Banda de Música
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Villanueva del Fresno
Anuncio 2050/2025
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder del límite establecido en las disposiciones legales vigentes
para la jubilación forzosa.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de la Comunidad Autónoma, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) No haber sido condenado/a por algún delito contra la libertad o indemnidad sexual, que incluye la agresión
y el abuso sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
f) No estar incluido/a en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/1984, de 26
de diciembre, de Incompatibilidades de Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
3.2. Específicos:
Las personas aspirantes a esta plaza deberán estar en posesión, en el momento de presentación de instancias del Título
Superior de Música en interpretación (cualquier especialidad en viento madera, viento metal y percusión) o Título Superior
de Música en dirección de orquesta-banda.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se presentará la homologación correspondiente emitida por el MEC.
Los requisitos generales y específicos de la base tercera deben mantenerse en el momento de la contratación.
Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes de participación en las correspondientes pruebas de acceso, en las que los/as aspirantes harán constar que
reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
Villanueva del Fresno, de acuerdo con el modelo que figura en el anexo I y se presentarán en el Registro de entrada de este
Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez (10) días hábiles contados a partir
del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
En la instancia, los/as interesados/as harán constar los méritos que reúnen según la base sexta de la convocatoria,
acompañando la documentación justificativa de los mismos, conforme señala el anexo I (solicitud). La documentación se
presentará en original o fotocopia compulsada.
La no aportación de la documentación acreditativa dentro del plazo de presentación de instancias determinará la
imposibilidad de valorar y computar tales méritos. No se puntuarán los méritos que no se acrediten documentalmente.
El/la participante en el proceso selectivo que falseara o no pudiera acreditar la información proporcionada, será excluido/a
del mismo.
Se autorizará a que la administración compruebe la veracidad de los datos aportados junto a la solicitud.
Quinta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias y en el plazo máximo de 20 días hábiles, el Ayuntamiento de Villanueva del
Fresno hará pública en el tablón de anuncios y en la Web municipal www.villanuevadelfresno.es, la lista provisional de
aspirantes admitidos y excluidos, estableciéndose un plazo de cinco (5) días hábiles para subsanaciones y reclamaciones.
Transcurrido dicho plazo y una vez resueltas las posibles reclamaciones, se expondrá la lista definitiva en el mismo lugar,
con indicación de la fecha, hora y lugar de realización las pruebas selectivas.
Sexta. Proceso de selección y desarrollo del proceso.
El procedimiento de selección de los/as aspirantes que cumplan los requisitos establecidos en la base tercera de la presente
convocatoria, constará de dos fases, siendo la puntuación máxima 30 puntos.
1. Fase de oposición.
Tendrá carácter obligatorio y eliminatorio. En esta fase del proceso selectivo consistirá:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder del límite establecido en las disposiciones legales vigentes
para la jubilación forzosa.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de la Comunidad Autónoma, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) No haber sido condenado/a por algún delito contra la libertad o indemnidad sexual, que incluye la agresión
y el abuso sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
f) No estar incluido/a en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/1984, de 26
de diciembre, de Incompatibilidades de Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
3.2. Específicos:
Las personas aspirantes a esta plaza deberán estar en posesión, en el momento de presentación de instancias del Título
Superior de Música en interpretación (cualquier especialidad en viento madera, viento metal y percusión) o Título Superior
de Música en dirección de orquesta-banda.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se presentará la homologación correspondiente emitida por el MEC.
Los requisitos generales y específicos de la base tercera deben mantenerse en el momento de la contratación.
Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes de participación en las correspondientes pruebas de acceso, en las que los/as aspirantes harán constar que
reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
Villanueva del Fresno, de acuerdo con el modelo que figura en el anexo I y se presentarán en el Registro de entrada de este
Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez (10) días hábiles contados a partir
del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
En la instancia, los/as interesados/as harán constar los méritos que reúnen según la base sexta de la convocatoria,
acompañando la documentación justificativa de los mismos, conforme señala el anexo I (solicitud). La documentación se
presentará en original o fotocopia compulsada.
La no aportación de la documentación acreditativa dentro del plazo de presentación de instancias determinará la
imposibilidad de valorar y computar tales méritos. No se puntuarán los méritos que no se acrediten documentalmente.
El/la participante en el proceso selectivo que falseara o no pudiera acreditar la información proporcionada, será excluido/a
del mismo.
Se autorizará a que la administración compruebe la veracidad de los datos aportados junto a la solicitud.
Quinta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias y en el plazo máximo de 20 días hábiles, el Ayuntamiento de Villanueva del
Fresno hará pública en el tablón de anuncios y en la Web municipal www.villanuevadelfresno.es, la lista provisional de
aspirantes admitidos y excluidos, estableciéndose un plazo de cinco (5) días hábiles para subsanaciones y reclamaciones.
Transcurrido dicho plazo y una vez resueltas las posibles reclamaciones, se expondrá la lista definitiva en el mismo lugar,
con indicación de la fecha, hora y lugar de realización las pruebas selectivas.
Sexta. Proceso de selección y desarrollo del proceso.
El procedimiento de selección de los/as aspirantes que cumplan los requisitos establecidos en la base tercera de la presente
convocatoria, constará de dos fases, siendo la puntuación máxima 30 puntos.
1. Fase de oposición.
Tendrá carácter obligatorio y eliminatorio. En esta fase del proceso selectivo consistirá:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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