Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera la Real. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02003/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interior del Programa de formación y empleo ESCALA
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Higuera la Real
Anuncio 2003/2025
efectivas que se deriven del mismo.
3. Realizar las tareas concretas que le sean encomendadas bajo la dirección del Monitor, pudiendo ser
adoptadas por el equipo de formadores las oportunas medidas de vigilancia y control para verificar tanto el
cumplimiento de las obligaciones como el grado de aplicación del alumnado trabajador participante.
4. Obedecer las instrucciones del personal encargado de su formación, monitores y profesores, en el ejercicio
regular de sus funciones.
5. Cumplir los horarios establecidos en el centro, asistiendo con puntualidad a cuantas actividades y clases se
realicen durante la jornada laboral.
6. Participar activamente en la vida formativa y sistema organizativo del programa ESCALA tuviera fijado.
7. Colaborar con los compañeros/as en cuantas actividades o trabajos que se desarrollen en el programa
ESCALA.
8. Respetar el edificio, las instalaciones, mobiliario, herramientas, material y maquinaria del programa
ESCALA:
9. Usar y cuidar adecuadamente el vestuario y material personal del que disponen para el desarrollo de su
trabajo.
10. Adoptar medidas de seguridad e higiene en el trabajo, utilizando correctamente las protecciones y medios
que el proyecto pone a su disposición.
11. Cumplir con las obligaciones de carácter administrativo que se deriven por su pertenencia en el programa
ESCALA.
12. Se prohíbe la tenencia, uso y exhibición de cualquier tipo de arma blanca u objetos similares en los
entornos de trabajo y formación.
13. Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que desempeñan, siendo conscientes en
todo momento que de ello depende la imagen que el proyecto ofrece a los municipios y su entorno.
Artículo 13. Comportamiento y actitudes.
El alumnado trabajador ha de mantener dentro del proyecto actitudes y comportamientos respetuosos con sus
compañeros, profesores:
1. Deberá conservar y utilizar correctamente las instalaciones, máquinas, materiales y herramientas.
2. No está permitido el consumo de alcohol y drogas.
3. Solo se puede fumar en los lugares establecidos y durante el tiempo de descanso.
4. Deberá llevarse en todo momento el vestuario laboral de forma correcta y completa, siendo además por
cuenta del alumnado trabajador la limpieza y conservación del mismo.
5. No se permite la utilización de teléfonos móviles fuera de los periodos de descanso, salvo circunstancias
excepcionales.
6. No se permite el uso de reproductores musicales, con o sin auriculares, durante la clase o el tiempo de
trabajo.
7. El alumnado trabajador deberá reponer por su cuenta los elementos del equipo personal (vestuario,
protecciones personales o herramientas personales) en caso de extravío o por deterioro no derivado de su
uso.
Artículo 14. Régimen disciplinario. Faltas y sanciones.
FALTAS LEVES
No acudir con el uniforme correspondiente en el horario laboral.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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efectivas que se deriven del mismo.
3. Realizar las tareas concretas que le sean encomendadas bajo la dirección del Monitor, pudiendo ser
adoptadas por el equipo de formadores las oportunas medidas de vigilancia y control para verificar tanto el
cumplimiento de las obligaciones como el grado de aplicación del alumnado trabajador participante.
4. Obedecer las instrucciones del personal encargado de su formación, monitores y profesores, en el ejercicio
regular de sus funciones.
5. Cumplir los horarios establecidos en el centro, asistiendo con puntualidad a cuantas actividades y clases se
realicen durante la jornada laboral.
6. Participar activamente en la vida formativa y sistema organizativo del programa ESCALA tuviera fijado.
7. Colaborar con los compañeros/as en cuantas actividades o trabajos que se desarrollen en el programa
ESCALA.
8. Respetar el edificio, las instalaciones, mobiliario, herramientas, material y maquinaria del programa
ESCALA:
9. Usar y cuidar adecuadamente el vestuario y material personal del que disponen para el desarrollo de su
trabajo.
10. Adoptar medidas de seguridad e higiene en el trabajo, utilizando correctamente las protecciones y medios
que el proyecto pone a su disposición.
11. Cumplir con las obligaciones de carácter administrativo que se deriven por su pertenencia en el programa
ESCALA.
12. Se prohíbe la tenencia, uso y exhibición de cualquier tipo de arma blanca u objetos similares en los
entornos de trabajo y formación.
13. Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que desempeñan, siendo conscientes en
todo momento que de ello depende la imagen que el proyecto ofrece a los municipios y su entorno.
Artículo 13. Comportamiento y actitudes.
El alumnado trabajador ha de mantener dentro del proyecto actitudes y comportamientos respetuosos con sus
compañeros, profesores:
1. Deberá conservar y utilizar correctamente las instalaciones, máquinas, materiales y herramientas.
2. No está permitido el consumo de alcohol y drogas.
3. Solo se puede fumar en los lugares establecidos y durante el tiempo de descanso.
4. Deberá llevarse en todo momento el vestuario laboral de forma correcta y completa, siendo además por
cuenta del alumnado trabajador la limpieza y conservación del mismo.
5. No se permite la utilización de teléfonos móviles fuera de los periodos de descanso, salvo circunstancias
excepcionales.
6. No se permite el uso de reproductores musicales, con o sin auriculares, durante la clase o el tiempo de
trabajo.
7. El alumnado trabajador deberá reponer por su cuenta los elementos del equipo personal (vestuario,
protecciones personales o herramientas personales) en caso de extravío o por deterioro no derivado de su
uso.
Artículo 14. Régimen disciplinario. Faltas y sanciones.
FALTAS LEVES
No acudir con el uniforme correspondiente en el horario laboral.
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