Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendral. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Dirección de la Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (01984/2025)
Convenio de colaboración entre la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Almendral, para la implantación del Tribunal Único en los procesos de selección de la Policía Local de Extremadura
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Almendral
Anuncio 1984/2025
C.6) Medidas de seguridad.
El encargado dispondrá en todo momento de información actualizada sobre las medidas de seguridad
aplicadas y deberá proporcionarlas al responsable cuando este las solicite y en todo caso siempre que haya
cambios relevantes en su arquitectura de seguridad de la información.
D) Propiedad industrial e intelectual.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente, el encargado del tratamiento acepta expresamente que la propiedad
de la documentación y los trabajos realizados al amparo del presente convenio, y durante el período de garantía y
mantenimiento, corresponde únicamente a la Junta de Extremadura, con exclusividad y sin más limitaciones que las
impuestas por el ordenamiento jurídico.
Sin perjuicio de lo dispuesto por la legislación vigente en materia de propiedad intelectual y de protección jurídica de los
programas de ordenador, el encargado acepta expresamente que los derechos de explotación y la propiedad del código
fuente de las aplicaciones desarrolladas al amparo del presente convenio corresponden únicamente a la Junta de
Extremadura, con exclusividad y a todos los efectos.
El encargado del tratamiento acepta expresamente que los derechos de propiedad sobre los soportes materiales a los que
se incorporen los trabajos realizados, en cumplimiento de las obligaciones derivadas del convenio, corresponden a la Junta
de Extremadura.
El encargado del tratamiento exonerará a la Junta de Extremadura de cualquier tipo de responsabilidad frente a terceros por
reclamaciones de cualquier índole dimanante de los suministros, materiales, procedimientos y medios utilizados para la
ejecución del convenio procedente de los titulares de derechos de propiedad industrial e intelectual sobre ellos.
Si fuera necesario, el encargado del tratamiento estará obligado, antes de la firma del convenio, a obtener las licencias y
autorizaciones precisas que le legitimen para la ejecución del mismo.
En caso de acciones dirigidas contra la Junta de Extremadura por terceros titulares de derechos sobre los medios utilizados
por el encargado del tratamiento para la ejecución del convenio, este responderá ante la Junta de Extremadura del resultado
de dichas acciones, estando obligado, además, a prestarle su plena ayuda en el ejercicio de las acciones que competan a la
Junta de Extremadura.
El encargado del tratamiento no podrá hacer uso del nombre, marca o logotipo que le haya facilitado la Junta de
Extremadura para el cumplimiento de sus obligaciones dimanantes del presente convenio, fuera de las circunstancias y para
los fines expresamente pactados en este, ni una vez terminada la vigencia del mismo.
E) Devolución de activos.
Para el supuesto de que el cumplimiento del convenio conlleve la entrega de activos, el encargado del tratamiento se
compromete a la devolución de todos los activos de que haya dispuesto para el cumplimiento del mismo, ya sean software,
documentación corporativa, equipos y/o recursos materiales. Asimismo, si el personal del encargado dispone de permisos
de acceso a instalaciones o sistemas, estos deben ser devueltos o comunicados para su anulación en el momento de
finalización del convenio, respondiendo de su uso una vez finalizado.
El encargado del tratamiento se compromete a entregar a la Junta de Extremadura toda la información y documentación
resultante de los trabajos objeto del presente convenio, viniendo obligado, además, a no mantener documentación o
almacenar información en locales o equipos ajenos o no autorizados por la Junta de Extremadura, durante o una vez
finalizado el plazo de ejecución del convenio.
En los casos en que la Junta de Extremadura lo estime necesario podrá exigir al encargado del tratamiento certificaciones de
destrucción de documentos o eliminación de información de los equipos empleados para la realización de objeto del
convenio, asimismo, podrá realizar revisiones de las instalaciones y procedimientos empleados por el encargado del
tratamiento.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente, el incumplimiento de estos compromisos y las consecuencias
derivadas de ello serán responsabilidad exclusiva del encargado del tratamiento, que responderá frente a terceros y frente a
la administración de la Junta de Extremadura de los daños y perjuicios que pudieran generarse.
F) Auditoría.
La Junta de Extremadura podrá exigir al encargado del tratamiento cualquier evidencia de cumplimiento con la legislación
aplicable, conforme a lo marcado en los acuerdos firmados por ambas partes, así como con los requisitos de seguridad
impuestos por parte de la Junta de Extremadura. Para ello la Junta de Extremadura se reserva el ejercicio de los siguientes
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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C.6) Medidas de seguridad.
El encargado dispondrá en todo momento de información actualizada sobre las medidas de seguridad
aplicadas y deberá proporcionarlas al responsable cuando este las solicite y en todo caso siempre que haya
cambios relevantes en su arquitectura de seguridad de la información.
D) Propiedad industrial e intelectual.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente, el encargado del tratamiento acepta expresamente que la propiedad
de la documentación y los trabajos realizados al amparo del presente convenio, y durante el período de garantía y
mantenimiento, corresponde únicamente a la Junta de Extremadura, con exclusividad y sin más limitaciones que las
impuestas por el ordenamiento jurídico.
Sin perjuicio de lo dispuesto por la legislación vigente en materia de propiedad intelectual y de protección jurídica de los
programas de ordenador, el encargado acepta expresamente que los derechos de explotación y la propiedad del código
fuente de las aplicaciones desarrolladas al amparo del presente convenio corresponden únicamente a la Junta de
Extremadura, con exclusividad y a todos los efectos.
El encargado del tratamiento acepta expresamente que los derechos de propiedad sobre los soportes materiales a los que
se incorporen los trabajos realizados, en cumplimiento de las obligaciones derivadas del convenio, corresponden a la Junta
de Extremadura.
El encargado del tratamiento exonerará a la Junta de Extremadura de cualquier tipo de responsabilidad frente a terceros por
reclamaciones de cualquier índole dimanante de los suministros, materiales, procedimientos y medios utilizados para la
ejecución del convenio procedente de los titulares de derechos de propiedad industrial e intelectual sobre ellos.
Si fuera necesario, el encargado del tratamiento estará obligado, antes de la firma del convenio, a obtener las licencias y
autorizaciones precisas que le legitimen para la ejecución del mismo.
En caso de acciones dirigidas contra la Junta de Extremadura por terceros titulares de derechos sobre los medios utilizados
por el encargado del tratamiento para la ejecución del convenio, este responderá ante la Junta de Extremadura del resultado
de dichas acciones, estando obligado, además, a prestarle su plena ayuda en el ejercicio de las acciones que competan a la
Junta de Extremadura.
El encargado del tratamiento no podrá hacer uso del nombre, marca o logotipo que le haya facilitado la Junta de
Extremadura para el cumplimiento de sus obligaciones dimanantes del presente convenio, fuera de las circunstancias y para
los fines expresamente pactados en este, ni una vez terminada la vigencia del mismo.
E) Devolución de activos.
Para el supuesto de que el cumplimiento del convenio conlleve la entrega de activos, el encargado del tratamiento se
compromete a la devolución de todos los activos de que haya dispuesto para el cumplimiento del mismo, ya sean software,
documentación corporativa, equipos y/o recursos materiales. Asimismo, si el personal del encargado dispone de permisos
de acceso a instalaciones o sistemas, estos deben ser devueltos o comunicados para su anulación en el momento de
finalización del convenio, respondiendo de su uso una vez finalizado.
El encargado del tratamiento se compromete a entregar a la Junta de Extremadura toda la información y documentación
resultante de los trabajos objeto del presente convenio, viniendo obligado, además, a no mantener documentación o
almacenar información en locales o equipos ajenos o no autorizados por la Junta de Extremadura, durante o una vez
finalizado el plazo de ejecución del convenio.
En los casos en que la Junta de Extremadura lo estime necesario podrá exigir al encargado del tratamiento certificaciones de
destrucción de documentos o eliminación de información de los equipos empleados para la realización de objeto del
convenio, asimismo, podrá realizar revisiones de las instalaciones y procedimientos empleados por el encargado del
tratamiento.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente, el incumplimiento de estos compromisos y las consecuencias
derivadas de ello serán responsabilidad exclusiva del encargado del tratamiento, que responderá frente a terceros y frente a
la administración de la Junta de Extremadura de los daños y perjuicios que pudieran generarse.
F) Auditoría.
La Junta de Extremadura podrá exigir al encargado del tratamiento cualquier evidencia de cumplimiento con la legislación
aplicable, conforme a lo marcado en los acuerdos firmados por ambas partes, así como con los requisitos de seguridad
impuestos por parte de la Junta de Extremadura. Para ello la Junta de Extremadura se reserva el ejercicio de los siguientes
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