Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendral. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Dirección de la Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (01984/2025)
Convenio de colaboración entre la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Almendral, para la implantación del Tribunal Único en los procesos de selección de la Policía Local de Extremadura
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Almendral
Anuncio 1984/2025
a los datos personales. Esta medida evitará que en caso de ataque de ciberseguridad puedan
obtenerse privilegios de acceso o modificar el sistema operativo.
3. Se garantizará la existencia de contraseñas (o mecanismos equivalentes) para el acceso a los
datos personales almacenados en sistemas electrónicos. La contraseña tendrá los menos 8
caracteres, mezcla de números y letras, caracteres especiales, etc. y se renovarán
periódicamente.
4. Cuando a los datos personales accedan distintas personas, para cada una de ellas, se
dispondrá de un usuario y contraseña específicos (identificación inequívoca).
5. Se debe garantizar la confidencialidad de las contraseñas, evitando que queden expuestas a
terceros. En ningún caso se compartirán las contraseñas ni se dejarán anotadas en lugar
común y el acceso de personas distintas del usuario.
C.4) Medidas de seguridad técnicas para salvaguardar los datos.
A continuación, se exponen las medidas técnicas mínimas para garantizar la salvaguarda de los datos
personales:
1. Actualización de ordenadores y dispositivos. Los dispositivos y ordenadores utilizados para el
almacenamiento y el tratamiento de los datos personales deberán mantenerse actualizados.
2. Malware. En los ordenadores y dispositivos donde se realice el tratamiento de los datos
personales se dispondrá de un sistema de antivirus que garantice en la medida de lo posible el
robo y destrucción de la información y tales datos personales. El sistema de antivirus deberá
estar actualizado permanentemente y gestionado de forma central.
3. Cortafuegos. Para evitar accesos remotos indebidos a los datos personales se velará para
garantizar la existencia de un cortafuego activado en aquellos sistemas en los que se realice el
almacenamiento y/o tratamiento de los mismos.
4. Cifrado de datos. Cuando se precise utilizar datos personales fuera del recinto donde se
realiza su tratamiento, ya sea por medios físicos o por medios electrónicos, se deberá valorar la
posibilidad de utilizar un método de cifrado para garantizar su confidencialidad.
5. Copia de seguridad. Periódicamente se realizará una copia de seguridad en un segundo
soporte distinto del que se utiliza para el trabajo diario. La copia se almacenará en un lugar
seguro, distinto de aquel en que esté ubicado el equipo con los ficheros originales, con el fin de
permitir la recuperación de los datos personales en caso de pérdida de la información.
C.5) Verificación, evaluación y valoración periódica de las medidas de seguridad.
El encargado implantará un procedimiento periódico que le permita verificar, evaluar y valorar, la eficacia de
las medidas técnicas y organizativas implantadas en los sistemas de tratamiento, centros de trabajo y
usuarios bajo su control.
De ese procedimiento periódico se derivarán la implantación de mecanismos adicionales para:
– Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resilencia permanentes de los
sistemas y servicios de tratamiento.
– Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de
incidente físico o técnico.
– Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso.
Las medidas de seguridad abarcarán la protección de los sistemas de información así como de los sistemas
de tratamiento manual y el archivo de la documentación.
La revisión podrá realizarse por mecanismos automáticos (software o programas informáticos) o de forma
manual.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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a los datos personales. Esta medida evitará que en caso de ataque de ciberseguridad puedan
obtenerse privilegios de acceso o modificar el sistema operativo.
3. Se garantizará la existencia de contraseñas (o mecanismos equivalentes) para el acceso a los
datos personales almacenados en sistemas electrónicos. La contraseña tendrá los menos 8
caracteres, mezcla de números y letras, caracteres especiales, etc. y se renovarán
periódicamente.
4. Cuando a los datos personales accedan distintas personas, para cada una de ellas, se
dispondrá de un usuario y contraseña específicos (identificación inequívoca).
5. Se debe garantizar la confidencialidad de las contraseñas, evitando que queden expuestas a
terceros. En ningún caso se compartirán las contraseñas ni se dejarán anotadas en lugar
común y el acceso de personas distintas del usuario.
C.4) Medidas de seguridad técnicas para salvaguardar los datos.
A continuación, se exponen las medidas técnicas mínimas para garantizar la salvaguarda de los datos
personales:
1. Actualización de ordenadores y dispositivos. Los dispositivos y ordenadores utilizados para el
almacenamiento y el tratamiento de los datos personales deberán mantenerse actualizados.
2. Malware. En los ordenadores y dispositivos donde se realice el tratamiento de los datos
personales se dispondrá de un sistema de antivirus que garantice en la medida de lo posible el
robo y destrucción de la información y tales datos personales. El sistema de antivirus deberá
estar actualizado permanentemente y gestionado de forma central.
3. Cortafuegos. Para evitar accesos remotos indebidos a los datos personales se velará para
garantizar la existencia de un cortafuego activado en aquellos sistemas en los que se realice el
almacenamiento y/o tratamiento de los mismos.
4. Cifrado de datos. Cuando se precise utilizar datos personales fuera del recinto donde se
realiza su tratamiento, ya sea por medios físicos o por medios electrónicos, se deberá valorar la
posibilidad de utilizar un método de cifrado para garantizar su confidencialidad.
5. Copia de seguridad. Periódicamente se realizará una copia de seguridad en un segundo
soporte distinto del que se utiliza para el trabajo diario. La copia se almacenará en un lugar
seguro, distinto de aquel en que esté ubicado el equipo con los ficheros originales, con el fin de
permitir la recuperación de los datos personales en caso de pérdida de la información.
C.5) Verificación, evaluación y valoración periódica de las medidas de seguridad.
El encargado implantará un procedimiento periódico que le permita verificar, evaluar y valorar, la eficacia de
las medidas técnicas y organizativas implantadas en los sistemas de tratamiento, centros de trabajo y
usuarios bajo su control.
De ese procedimiento periódico se derivarán la implantación de mecanismos adicionales para:
– Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resilencia permanentes de los
sistemas y servicios de tratamiento.
– Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de
incidente físico o técnico.
– Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso.
Las medidas de seguridad abarcarán la protección de los sistemas de información así como de los sistemas
de tratamiento manual y el archivo de la documentación.
La revisión podrá realizarse por mecanismos automáticos (software o programas informáticos) o de forma
manual.
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