Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Magacela. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Dirección de la Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (01991/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento regulador del funcionamiento de la pista de pádel
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Ayuntamiento de Magacela

Anuncio 1991/2025

3.- Los usuarios/as podrán realizar la reserva de las instalaciones de pistas de pádel como máximo con 48 horas de
antelación al día de uso de la misma.
4.- La reserva de pista se realizará por un período mínimo de una hora y 30 minutos, pudiéndose incrementar en fracciones
mínimas de treinta minutos, sin superar el máximo de dos consecutivas.
5.- El límite diario de uso de las instalaciones por cada usuario se establece en tres horas.
6.- Los usuarios/as que realicen una reserva y no se presenten, sin avisar previamente, serán sancionados y no podrán
realizar reservas durante un mes.
7.- Existirá un registro de reservas. En él se escribirá el nombre y apellidos del usuario/a que hace la reserva y la fecha de la
misma.
Artículo 6.- Sistema de cancelación o anulación de reservas.
1.- Para proceder a la anulación por el usuario de una reserva previamente realizada se contactará con el Ayuntamiento, con
una antelación mínima de 24 horas, indicando el nombre del titular de la reserva, así como la fecha y la hora reservada. Si se
comunica con una antelación inferior no podrá ofrecerse al usuario la posibilidad de cambio de fecha.
2.- De ninguna manera la anulación de la reserva implicará la devolución del importe de las tasas, dándose la opción al
usuario/a para realizar el cambio de la fecha y la hora reservada sin coste alguno.
Artículo 7.- Pago de las tasas.
1.- El abono de las tasas, a excepción de las relativas al alquiler de pista para torneos y competiciones, se efectuará
abonando la misma con carácter previo al acceso a las instalaciones deportivas de la pista de pádel.
2.- El sujeto pasivo a efectos de la tasa deberá presentar su Documento Nacional de Identidad o documentación que
legalmente lo sustituya.
3.- Al efectuar el abono de la tasa correspondiente, de la forma establecida en el punto 1 de este artículo, se expedirá el
resguardo de reserva y pago, el cual deberá ser presentado para el acceso a la pista.
4.- El sujeto pasivo está obligado a conservar el resguardo hasta la salida de la pista de pádel. Asimismo, podrá ser requerido
dicho resguardo durante el desarrollo de la actividad por el personal encargado o por la autoridad municipal competente.
Título III. Normas de funcionamiento
Artículo 8.- Responsabilidad del usuario.
1.- El Ayuntamiento declina toda responsabilidad de las lesiones que se pudieran originar derivadas de la práctica deportiva.
2.- Los participantes en el momento de hacer la reserva, manifiestan estar físicamente aptos para realizar actividad físicodeportiva.
3.- Una vez concluida la sesión, los usuarios deberán abandonar la pista y recoger todas sus pertenencias, ropa, palas,
pelotas, botellas, botes, etc. El Ayuntamiento no se hará responsable de la pérdida, robo o extravío de cualquier objeto que
se deje en la mismo.
Artículo 9.- Prerrogativas del Ayuntamiento para el desarrollo de actividades (torneos, competiciones, cursos, etc.).
1.- El Ayuntamiento, por sí o a través de las entidades con que convenga, podrá desarrollar actividades deportivas, tales
como torneos, competiciones, etc., quedando anulado o modificado el sistema de reservas hasta la conclusión de dichas
actividades.
2. El Ayuntamiento podrá organizar cursos de pádel, en cuyo caso, durante el horario en que se desarrollen los cursos, la
pista quedará reservada para tal fin.
3.- Asimismo el Ayuntamiento podrá restringir las reservas en determinadas horas o días para la realización de otras
actividades programadas o labores de mantenimiento de las pistas.
Artículo 10.- Conservación de la pista.
1.- Antes de entrar en la pista los jugadores deberán eliminar los restos de tierra o barro que pudieran llevar sus zapatillas.
Igualmente, al salir de la pista procurarán no dejar abandonados utensilios, complementos, ropas, botes de pelotas o
botellas que hayan utilizado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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