Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valle de la Serena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01790/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa de formación y empleo "Valle Emplea-T"
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Ayuntamiento de Valle de la Serena

Anuncio 1790/2025

y de los organismos públicos encargados del seguimiento de las actividades formativas).
5. Las personas participantes con responsabilidades familiares y de cuidado, podrán conciliar su participación en este
programa con el cuidado de hijos menores de 12 años o de familiares hasta el segundo grado en situación de
dependencia o de enfermedad muy grave, utilizando las ayudas previstas para la conciliación de la vida personal,
familiar y laboral conforme a su normativa específica.
Así mismo, tienen los siguientes deberes laborales:
Los trabajadores tienen como deberes básicos:
1. Respetar la dignidad y el trabajo de las personas relacionadas con el proyecto, tanto directa como indirectamente.
2. Cumplir con las obligaciones derivadas del puesto de trabajo de conformidad con las reglas de la buena fe y
diligencia.
3. Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
4. Cumplir las órdenes e instrucciones impartidas por los superiores en el ejercicio de sus funciones.
5. Cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo de formación en alternancia establecido y demás
disposiciones concordantes.
Además, los beneficiarios del programa quedarán obligados a:
1. Cumplir con las obligaciones derivadas del Plan formativo y ejecutar de forma responsable las tareas que se
contemplan en el mismo.
2. Participar activamente en la vida y funcionamiento del centro.
3. Respetar las instalaciones y medios puestos a su disposición.
FALTAS Y SANCIONES
• Faltas:
Las faltas cometidas por los participantes/beneficiarios de la, Programa de formación y empleo ESCALA "Valle Emplea-T" en
el ejercicio de sus funciones, se podrán clasificar en leves, graves y muy graves.
A) Faltas leves:
El retraso, negligencia o descuido en el cumplimiento de sus funciones.
La ligera incorrección leve en el trato o falta de respeto con cualquiera de las personas que participan
en el programa (compañeros, personal técnico docente directivo y de apoyo), directa o indirectamente
(personal vinculado a colaboraciones o alianzas).
Falta de asistencia sin causa justificada de un día.
No seguir con aprovechamiento las mencionadas enseñanzas que permita la inserción a través de la
profesionalización y adquisición de experiencia de los participantes.
Se entiende por incumplimiento horario tanto el retraso en la hora de entrada como en la salida
anticipada o las ausencias durante parte de las horas lectivas, en los términos en que se establezcan
en la guía de gestión.
Se considerará falta de asistencia no justificada todo retraso o ausencia, que exceda de 20 minutos, en
el transcurso de la jornada lectiva, y no esté debidamente justificado.
El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada.
El descuido en la conservación de las instalaciones, maquinaria, herramientas o materiales, así como
del vestuario y equipos de protección individual entregados.
La falta de interés o aprovechamiento en el ejercicio de las tareas encomendadas.
La no presentación en tiempo oportuno (tres días) de los justificantes de las faltas al trabajo, a no ser
que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
El uso de elementos distractores en horario laboral o fuera de los tiempos de descanso (teléfono
móvil, tablets, y demás elementos de similar índole).
En general, el incumplimiento de los deberes por negligencia o descuido inexcusable.
B) Faltas graves:
La falta de obediencia en cuanto a acatar órdenes, normas, reglas, disposiciones, y demás
instrumentos establecidos para el desarrollo de las actividades, tareas y colaboraciones que se lleven a
cabo en el desarrollo de este proyecto.
El abuso de autoridad en el ejercicio del cargo.
Más de tres faltas de puntualidad sin causa justificada en el plazo de un mes.
La comisión de tres faltas leves consecutivas en un mismo trimestre.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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