Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valle de la Serena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01790/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa de formación y empleo "Valle Emplea-T"
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Valle de la Serena
Anuncio 1790/2025
Si el abandono se produce por incorporación a un puesto de trabajo, la persona participante deberá cumplimentar la
comunicación de renuncia/abandono en el momento en que este se produzca, aportando copia del contrato de trabajo o
vida laboral en el momento en que se disponga y como máximo en un plazo no superior al mes a contar desde el último día
de asistencia a la acción formativa, si la incorporación al puesto de trabajo es posterior.
Si el abandono se produce por enfermedad o accidente la persona participante deberá acreditarlo debidamente y
cumplimentar la comunicación de renuncia/abandono.
Una vez comunicada la baja de la persona participante y aportada la documentación según sea el caso. La entidad
cumplimentará la ficha de incidencia correspondiente.
2.- Etapa de formación en alternancia con el trabajo.
Acceso a la etapa de formación en alternancia con el trabajo
Podrán acceder a esta etapa del proyecto las personas participantes en la etapa formativa inicial que:
◦ El alumnado que figure de alta en el proyecto el último día de la primera etapa tendrá derecho a acceder a
la segunda etapa de formación en alternancia con el trabajo siempre que haya superado la evaluación, al
menos, de los módulos formativos cursados en esta etapa. Y figure de alta en el proyecto el último día de la
primera etapa (etapa formativa inicial).
Ultimo día de primera etapa: 15/03/2025.
◦ Siempre que haya superado la evaluación de cada uno de los módulos formativos completos cursados en la
etapa formativa inicial.
◦ Cumpla los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato de formación
en alternancia con el empleo.
◦ No padezca enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño normal de las funciones
propias del puesto, ni cualquier otro impedimento personal o de cualquier otra índole para la realización de
las actividades propias de la ocupación laboral a desempeñar de acuerdo con la normativa de aplicación.
◦ En aquellos proyectos conducentes a la obtención de un certificado profesional, la persona participante
deberá asistir al menos al 75% de las horas de cada uno de los módulos para poder acceder a la prueba de
evaluación del mismo.
Por tanto, el número de ausencias (sean justificadas o no) no podrán superar el 25% del total de horas de un
módulo.
◦ Para el cálculo del 75% de asistencia se descontarán todas las faltas de asistencia, sean o no justificadas.
• Características generales.
Durante esta etapa con una duración de nueve meses, el alumnado-trabajador recibirá formación con una duración mínima
del 35 por ciento y estará contratado por la entidad promotora (Ayuntamiento de Valle de la Serena), en la modalidad del
contrato de formación en alternancia, por lo que deberá reunir, para formalizar dicho contrato, los requisitos a los que
aluden los apartados 2 y 4 del artículo 11 y la disposición adicional segunda del texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y de conformidad con lo dispuesto en la
disposición adicional primera del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la
formación y aprendizaje y se establecen las bases de la formación.
El alumnado trabajador percibirá las retribuciones salariales que le correspondan de conformidad con lo previsto en la
normativa aplicable.
La duración de los contratos de trabajo suscritos con el alumnado trabajador por las entidades promotoras no podrá
exceder de la fecha del final del proyecto.
Las tareas que constituyan el trabajo efectivo deberán ser suficientes y apropiadas para la adquisición de las competencias
profesionales previstas, contemplando una adecuada correlación entre dichas actividades con los módulos formativos de
referencia.
NORMAS GENERALES
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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comunicación de renuncia/abandono en el momento en que este se produzca, aportando copia del contrato de trabajo o
vida laboral en el momento en que se disponga y como máximo en un plazo no superior al mes a contar desde el último día
de asistencia a la acción formativa, si la incorporación al puesto de trabajo es posterior.
Si el abandono se produce por enfermedad o accidente la persona participante deberá acreditarlo debidamente y
cumplimentar la comunicación de renuncia/abandono.
Una vez comunicada la baja de la persona participante y aportada la documentación según sea el caso. La entidad
cumplimentará la ficha de incidencia correspondiente.
2.- Etapa de formación en alternancia con el trabajo.
Acceso a la etapa de formación en alternancia con el trabajo
Podrán acceder a esta etapa del proyecto las personas participantes en la etapa formativa inicial que:
◦ El alumnado que figure de alta en el proyecto el último día de la primera etapa tendrá derecho a acceder a
la segunda etapa de formación en alternancia con el trabajo siempre que haya superado la evaluación, al
menos, de los módulos formativos cursados en esta etapa. Y figure de alta en el proyecto el último día de la
primera etapa (etapa formativa inicial).
Ultimo día de primera etapa: 15/03/2025.
◦ Siempre que haya superado la evaluación de cada uno de los módulos formativos completos cursados en la
etapa formativa inicial.
◦ Cumpla los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato de formación
en alternancia con el empleo.
◦ No padezca enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño normal de las funciones
propias del puesto, ni cualquier otro impedimento personal o de cualquier otra índole para la realización de
las actividades propias de la ocupación laboral a desempeñar de acuerdo con la normativa de aplicación.
◦ En aquellos proyectos conducentes a la obtención de un certificado profesional, la persona participante
deberá asistir al menos al 75% de las horas de cada uno de los módulos para poder acceder a la prueba de
evaluación del mismo.
Por tanto, el número de ausencias (sean justificadas o no) no podrán superar el 25% del total de horas de un
módulo.
◦ Para el cálculo del 75% de asistencia se descontarán todas las faltas de asistencia, sean o no justificadas.
• Características generales.
Durante esta etapa con una duración de nueve meses, el alumnado-trabajador recibirá formación con una duración mínima
del 35 por ciento y estará contratado por la entidad promotora (Ayuntamiento de Valle de la Serena), en la modalidad del
contrato de formación en alternancia, por lo que deberá reunir, para formalizar dicho contrato, los requisitos a los que
aluden los apartados 2 y 4 del artículo 11 y la disposición adicional segunda del texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y de conformidad con lo dispuesto en la
disposición adicional primera del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la
formación y aprendizaje y se establecen las bases de la formación.
El alumnado trabajador percibirá las retribuciones salariales que le correspondan de conformidad con lo previsto en la
normativa aplicable.
La duración de los contratos de trabajo suscritos con el alumnado trabajador por las entidades promotoras no podrá
exceder de la fecha del final del proyecto.
Las tareas que constituyan el trabajo efectivo deberán ser suficientes y apropiadas para la adquisición de las competencias
profesionales previstas, contemplando una adecuada correlación entre dichas actividades con los módulos formativos de
referencia.
NORMAS GENERALES
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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