Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alconchel. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01664/2025)
Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de régimen interno de las Escuelas Profesionales del Ayuntamiento de Alconchel
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Alconchel
Anuncio 1664/2025
1. Respetar la dignidad y funciones de cuantas personas formen parte.
2. de estos programas mixtos, así como mantener una actitud cívica en su comportamiento personal.
3. Cumplir con las obligaciones derivadas de los programas ESCALA y realizar de forma responsable las tareas
efectivas que se deriven del mismo.
4. Realizar las tareas concretas que le sean encomendadas bajo la dirección del Monitor, pudiendo ser
adoptadas por el equipo de formadores las oportunas medidas de vigilancia y control para verificar tanto el
cumplimiento de las obligaciones como el grado de aplicación del trabajador participante.
5. Obedecer las instrucciones del personal encargado de su formación, monitores y profesores, en el ejercicio
regular de sus funciones.
6. Cumplir los horarios establecidos en el centro, asistiendo con puntualidad a cuantas actividades y clases se
realicen durante la jornada.
7. Participar activamente en la vida formativa y sistema organizativo de los programas de formación y empleo
que tuviera fijado.
8. Colaborar con los/as compañeros/as en cuantas actividades o trabajos que se desarrollen en los programas
mixtos de formación y empleo.
9. Respetar el edificio, las instalaciones, mobiliario, herramientas, material y maquinaria de los programas de
formación y empleo ESCALA.
10. Usar y cuidar adecuadamente el vestuario y material personal del que disponen para el desarrollo de su
trabajo.
11. Adoptar medidas de seguridad e higiene en el trabajo, utilizando correctamente las protecciones y medios
que el Proyecto pone a su disposición.
12. Cumplir con las obligaciones de carácter administrativo que se deriven por su pertenencia en los
programas de formación y empleo ESCALA.
13. Se prohíbe la tenencia, uso y exhibición de cualquier tipo de arma blanca u objetos similares en los
entornos de trabajo y formación.
14. Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que desempeñan, siendo conscientes en
todo momento que de ello depende la imagen que el Proyecto ofrece a los municipios y su entorno.
Artículo 15.- Comportamientos y actitudes.
El alumnado y alumnos/as trabajadores/as ha de mantener, dentro y fuera de la escuela, actitudes y comportamientos
respetuosos con sus compañeros, profesores y terceros (vecinos, proveedores, técnicos, etc.) en general, y en particular:
1. Deberá conservar y utilizar correctamente las instalaciones, máquinas, materiales y herramientas.
2. No está permitido el consumo de alcohol o drogas.
3. Solo se puede fumar en los lugares establecidos y durante el tiempo de descanso o fuera del horario
lectivo.
4. Deberá llevarse en todo momento el vestuario laboral de forma correcta y completa, siendo además por
cuenta del alumno/a la limpieza y conservación del mismo.
5. No se permite la utilización de teléfonos móviles fuera de los periodos de descanso, salvo circunstancias
excepcionales.
6. No se permite el uso de reproductores musicales, con o sin auriculares, durante las clases o el tiempo de
trabajo.
7. El alumno/trabajador deberá de reponer por su cuenta los elementos del equipo personal (vestuario,
protecciones personales o herramientas personales) en caso de extravío o por deterioro no derivado de su
uso.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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1. Respetar la dignidad y funciones de cuantas personas formen parte.
2. de estos programas mixtos, así como mantener una actitud cívica en su comportamiento personal.
3. Cumplir con las obligaciones derivadas de los programas ESCALA y realizar de forma responsable las tareas
efectivas que se deriven del mismo.
4. Realizar las tareas concretas que le sean encomendadas bajo la dirección del Monitor, pudiendo ser
adoptadas por el equipo de formadores las oportunas medidas de vigilancia y control para verificar tanto el
cumplimiento de las obligaciones como el grado de aplicación del trabajador participante.
5. Obedecer las instrucciones del personal encargado de su formación, monitores y profesores, en el ejercicio
regular de sus funciones.
6. Cumplir los horarios establecidos en el centro, asistiendo con puntualidad a cuantas actividades y clases se
realicen durante la jornada.
7. Participar activamente en la vida formativa y sistema organizativo de los programas de formación y empleo
que tuviera fijado.
8. Colaborar con los/as compañeros/as en cuantas actividades o trabajos que se desarrollen en los programas
mixtos de formación y empleo.
9. Respetar el edificio, las instalaciones, mobiliario, herramientas, material y maquinaria de los programas de
formación y empleo ESCALA.
10. Usar y cuidar adecuadamente el vestuario y material personal del que disponen para el desarrollo de su
trabajo.
11. Adoptar medidas de seguridad e higiene en el trabajo, utilizando correctamente las protecciones y medios
que el Proyecto pone a su disposición.
12. Cumplir con las obligaciones de carácter administrativo que se deriven por su pertenencia en los
programas de formación y empleo ESCALA.
13. Se prohíbe la tenencia, uso y exhibición de cualquier tipo de arma blanca u objetos similares en los
entornos de trabajo y formación.
14. Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que desempeñan, siendo conscientes en
todo momento que de ello depende la imagen que el Proyecto ofrece a los municipios y su entorno.
Artículo 15.- Comportamientos y actitudes.
El alumnado y alumnos/as trabajadores/as ha de mantener, dentro y fuera de la escuela, actitudes y comportamientos
respetuosos con sus compañeros, profesores y terceros (vecinos, proveedores, técnicos, etc.) en general, y en particular:
1. Deberá conservar y utilizar correctamente las instalaciones, máquinas, materiales y herramientas.
2. No está permitido el consumo de alcohol o drogas.
3. Solo se puede fumar en los lugares establecidos y durante el tiempo de descanso o fuera del horario
lectivo.
4. Deberá llevarse en todo momento el vestuario laboral de forma correcta y completa, siendo además por
cuenta del alumno/a la limpieza y conservación del mismo.
5. No se permite la utilización de teléfonos móviles fuera de los periodos de descanso, salvo circunstancias
excepcionales.
6. No se permite el uso de reproductores musicales, con o sin auriculares, durante las clases o el tiempo de
trabajo.
7. El alumno/trabajador deberá de reponer por su cuenta los elementos del equipo personal (vestuario,
protecciones personales o herramientas personales) en caso de extravío o por deterioro no derivado de su
uso.
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