Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alconchel. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01664/2025)
Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de régimen interno de las Escuelas Profesionales del Ayuntamiento de Alconchel
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Alconchel
Anuncio 1664/2025
de la jornada lectiva o laboral en que no sea festivo se compensará con 1,5 horas.
Artículo 9.- Vacaciones y licencias por asuntos propios.
Los/as participantes y equipo técnico del Programa ESCALA "Alminar XII Servicios de restaurante y catering Alqueva" tendrán
derecho a vacaciones retribuidas con un total de 17 días hábiles para el alumnado en función del período en que se vinculan
con la entidad promotora como alumnos/as trabajadores/as, y un total de 23 días retribuidos para el equipo técnico. Los/as
técnicos distribuirán su días de vacaciones de manera coordinada sin perjuicio de la programación y la planificación de la
formación y atendiendo al desfase entre los periodos de contratación por la entidad promotora con el equipo y con el
alumnado-trabajador.
Los participantes de los programas de formación y empleo ESCALA tendrán derecho a 4,5 días de asuntos propios que están
relacionados con el período correspondiente a la segunda etapa en calidad de alumnado trabajador. El equipo técnico
dispondrá de los días de asuntos propios que le correspondan por la duración de su contrato de 1 año y 13 días.
Artículo 10.- Ausencias, permisos y licencias.
Según el artículo 18.4 del Decreto 55/2024, de 18 de junio, las personas participantes tendrán la obligación de asistir y seguir
con aprovechamiento las enseñanzas teórico-prácticas que se impartan.
En aquellos proyectos conducentes a la obtención de un certificado profesional, la persona participante deberá asistir al
menos al 75% de las horas de cada uno de los módulos para poder acceder a la prueba de evaluación del mismo. En caso de
contenidos con programas formativos, distintos, se computará el 75% de asistencia sobre el total de horas del mismo para la
realización de la prueba final.
Para el cálculo del 75% de asistencia se descontarán todas las faltas de asistencia, sean o no justificadas.
◦ Faltas de asistencia justificadas.
Se podrán entender como faltas de asistencia justificadas los siguientes motivos:
a. Enfermedad, visita o atención médico sanitaria.
b. Nacimiento o enfermedad grave de un hijo.
c. Enfermedad grave o fallecimiento de parientes hasta el 2.ª grado de consanguinidad o afinidad.
d. Cumplimiento de deber inexcusable de carácter público o personal.
e. Traslado del domicilio habitual.
f. Concurrencia a exámenes para obtención del título académico o profesional.
Salvo en los supuestos de enfermedad, nacimiento o fallecimiento, la persona participante deberá comunicar previamente
la falta de asistencia.
En el supuesto del apartado "c" se deberá aportar el justificante médico o certificado de defunción y se podrá requerir la
documentación de la relación de parentesco.
En el caso de que la falta sea por enfermedad o reposo domiciliario, el justificante a presentar será el expedido por el
Servicio Extremeño de Salud o Mutualidad correspondiente. En los apartados 3, 4, 5, 6 y 7 se considerarán las causas que
según el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores justifican la ausencia del trabajo.
En todos los casos se deberá aportar con posterioridad el justificante, teniendo la persona participante hasta tres días
hábiles para presentarlo a la entidad promotora.
Importante: Para que la persona participante pueda ser evaluada ha de tener una asistencia igual o superior al 75% de cada
uno de los módulos. Por tanto, el número de ausencias (sean justificadas o no) no podrán superar el 25% del total de horas
de un módulo.
◦ Faltas de asistencia no justificadas.
Son todas aquellas que no se encuentran en el apartado anterior, o que, estándolo, no se acreditan documentalmente de la
forma debida. Las faltas no justificadas conllevarán, además de las medidas disciplinarias que procedan, la deducción
proporcional de haberes. Se considerarán faltas sin justificar las ausencias para la realización de gestiones y/o trámites que
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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de la jornada lectiva o laboral en que no sea festivo se compensará con 1,5 horas.
Artículo 9.- Vacaciones y licencias por asuntos propios.
Los/as participantes y equipo técnico del Programa ESCALA "Alminar XII Servicios de restaurante y catering Alqueva" tendrán
derecho a vacaciones retribuidas con un total de 17 días hábiles para el alumnado en función del período en que se vinculan
con la entidad promotora como alumnos/as trabajadores/as, y un total de 23 días retribuidos para el equipo técnico. Los/as
técnicos distribuirán su días de vacaciones de manera coordinada sin perjuicio de la programación y la planificación de la
formación y atendiendo al desfase entre los periodos de contratación por la entidad promotora con el equipo y con el
alumnado-trabajador.
Los participantes de los programas de formación y empleo ESCALA tendrán derecho a 4,5 días de asuntos propios que están
relacionados con el período correspondiente a la segunda etapa en calidad de alumnado trabajador. El equipo técnico
dispondrá de los días de asuntos propios que le correspondan por la duración de su contrato de 1 año y 13 días.
Artículo 10.- Ausencias, permisos y licencias.
Según el artículo 18.4 del Decreto 55/2024, de 18 de junio, las personas participantes tendrán la obligación de asistir y seguir
con aprovechamiento las enseñanzas teórico-prácticas que se impartan.
En aquellos proyectos conducentes a la obtención de un certificado profesional, la persona participante deberá asistir al
menos al 75% de las horas de cada uno de los módulos para poder acceder a la prueba de evaluación del mismo. En caso de
contenidos con programas formativos, distintos, se computará el 75% de asistencia sobre el total de horas del mismo para la
realización de la prueba final.
Para el cálculo del 75% de asistencia se descontarán todas las faltas de asistencia, sean o no justificadas.
◦ Faltas de asistencia justificadas.
Se podrán entender como faltas de asistencia justificadas los siguientes motivos:
a. Enfermedad, visita o atención médico sanitaria.
b. Nacimiento o enfermedad grave de un hijo.
c. Enfermedad grave o fallecimiento de parientes hasta el 2.ª grado de consanguinidad o afinidad.
d. Cumplimiento de deber inexcusable de carácter público o personal.
e. Traslado del domicilio habitual.
f. Concurrencia a exámenes para obtención del título académico o profesional.
Salvo en los supuestos de enfermedad, nacimiento o fallecimiento, la persona participante deberá comunicar previamente
la falta de asistencia.
En el supuesto del apartado "c" se deberá aportar el justificante médico o certificado de defunción y se podrá requerir la
documentación de la relación de parentesco.
En el caso de que la falta sea por enfermedad o reposo domiciliario, el justificante a presentar será el expedido por el
Servicio Extremeño de Salud o Mutualidad correspondiente. En los apartados 3, 4, 5, 6 y 7 se considerarán las causas que
según el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores justifican la ausencia del trabajo.
En todos los casos se deberá aportar con posterioridad el justificante, teniendo la persona participante hasta tres días
hábiles para presentarlo a la entidad promotora.
Importante: Para que la persona participante pueda ser evaluada ha de tener una asistencia igual o superior al 75% de cada
uno de los módulos. Por tanto, el número de ausencias (sean justificadas o no) no podrán superar el 25% del total de horas
de un módulo.
◦ Faltas de asistencia no justificadas.
Son todas aquellas que no se encuentran en el apartado anterior, o que, estándolo, no se acreditan documentalmente de la
forma debida. Las faltas no justificadas conllevarán, además de las medidas disciplinarias que procedan, la deducción
proporcional de haberes. Se considerarán faltas sin justificar las ausencias para la realización de gestiones y/o trámites que
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