Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alconchel. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01664/2025)
Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de régimen interno de las Escuelas Profesionales del Ayuntamiento de Alconchel
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Ayuntamiento de Alconchel
Anuncio 1664/2025
alumnos en ningún caso. Una vez transcurrido el tiempo de duración previsto en la correspondiente resolución aprobatoria
se entenderá finalizado el Proyecto.
Artículo 5.- Asistencia, horario de trabajo y descansos.
Los/as participantes de estos programas en la etapa 1.ª y 2.ª asistirán a las enseñanzas teórico-prácticas que se imparten en
los programas de formación y empleo ESCALA en el horario determinado en la misma. El horario del Proyecto es de 07:45h a
15:15h de lunes a viernes.
Los descansos en la jornada formativa y de realizaciones teórico-práctica necesariamente atenderán a la propuesta que
efectúe la Coordinadora-Tutora y Monitora consensuada con el alumnado.
Se establece un descanso de 30 minutos para el desayuno que se establecerá por equipo técnico y alumnado de forma
consensuada.
Artículo 6.- Control de asistencia.
La entidad beneficiaria deberá realizar el seguimiento de la participación del alumnado, su aprendizaje y evaluación. En las
acciones presenciales se deberá llevar un control de asistencia diario según el modelo que se establezca por el SEXPE.
- El cuadrante de firmas semanal será el instrumento válido para el control de la asistencia al Proyecto en el
que las personas participantes deberán firmar todos los días lectivos.
- Las personas participantes firmarán al inicio y a la finalización de cada jornada lectiva, responsabilizándose
la entidad promotora de consignar las faltas y ausencias de las personas participantes.
- En ningún caso se aceptará que la persona firme con antelación por días aún no impartidos, ni con
posterioridad por días en los que no haya asistido, asumiendo la entidad promotora toda la responsabilidad
en el caso de producirse dichas situaciones.
- La persona designada como responsable del control de asistencia, señalará cada día las faltas habidas en los
recuadros correspondientes a la firma de las personas participantes que no hayan asistido. Si la falta
posteriormente es justificada se anotará también en el mismo recuadro. Los justificantes de las faltas de
asistencia se adjuntarán a la hoja de la semana en que se haya producido.
- En cualquier caso, la entidad promotora deberá registrar las ausencias producidas, así como el motivo o
causa de las mismas y restará de las horas de asistencia de la persona participante el tiempo de retraso o
ausencia, esté justificado o no.
- Los partes de asistencia deben reflejar las personas participantes incorporadas al Proyecto y su firma en el
lugar que corresponda a cada uno de ellos, debiendo evitarse enmiendas, tachaduras o errores que pongan
en entredicho la autenticidad de las mismas.
- Los cuadrantes de firmas se gestionarán según indica el apartado 6.4 de la guía de gestión de proyectos de
los programas de formación y empleo escala y que estará a disposición del alumnado.
Atendiendo a la especialidad del Programa de formación y empleo ESCALA aprobado, el equipo técnico programará las
realizaciones teórico-prácticas contenidas en la memoria Proyecto aprobada, que podrán desarrollarse en jornadas de fin de
semana o festivos, en su caso; circunstancias que se recogerá en los contratos de trabajo del equipo técnico y alumnadotrabajador en la segunda etapa.
Artículo 7.- Calendario laboral.
Será el dictado por la entidad promotora del Proyecto. Para el año 2025, y mientras no se especifiquen otras fechas, se
establecen 2 días de fiesta local: 19 de mayo y 12 de septiembre, aprobadas en sesión plenaria del Ayuntamiento de
Alconchel.
Artículo 8.- Descanso semanal.
El alumnado tendrá derecho a un descanso semanal de 2 días comprendiendo sábados y domingo, a no ser que memoria
técnica o propuesta acordada de realizaciones teórico-prácticas u otros eventos propuestos por entidad/es promotor/as
precisen de realizar trabajos los sábados, domingos y festivos, en cuyo caso las horas trabajadas serán compensadas según
se regula en el presente Reglamento. A tal efecto: 1 hora de realizaciones teórico-prácticas desarrollada en día festivo,
sábado, domingo y nocturnas, se compensará con 2 horas de jornada lectiva-laboral. Las realizaciones desarrolladas fuera
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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alumnos en ningún caso. Una vez transcurrido el tiempo de duración previsto en la correspondiente resolución aprobatoria
se entenderá finalizado el Proyecto.
Artículo 5.- Asistencia, horario de trabajo y descansos.
Los/as participantes de estos programas en la etapa 1.ª y 2.ª asistirán a las enseñanzas teórico-prácticas que se imparten en
los programas de formación y empleo ESCALA en el horario determinado en la misma. El horario del Proyecto es de 07:45h a
15:15h de lunes a viernes.
Los descansos en la jornada formativa y de realizaciones teórico-práctica necesariamente atenderán a la propuesta que
efectúe la Coordinadora-Tutora y Monitora consensuada con el alumnado.
Se establece un descanso de 30 minutos para el desayuno que se establecerá por equipo técnico y alumnado de forma
consensuada.
Artículo 6.- Control de asistencia.
La entidad beneficiaria deberá realizar el seguimiento de la participación del alumnado, su aprendizaje y evaluación. En las
acciones presenciales se deberá llevar un control de asistencia diario según el modelo que se establezca por el SEXPE.
- El cuadrante de firmas semanal será el instrumento válido para el control de la asistencia al Proyecto en el
que las personas participantes deberán firmar todos los días lectivos.
- Las personas participantes firmarán al inicio y a la finalización de cada jornada lectiva, responsabilizándose
la entidad promotora de consignar las faltas y ausencias de las personas participantes.
- En ningún caso se aceptará que la persona firme con antelación por días aún no impartidos, ni con
posterioridad por días en los que no haya asistido, asumiendo la entidad promotora toda la responsabilidad
en el caso de producirse dichas situaciones.
- La persona designada como responsable del control de asistencia, señalará cada día las faltas habidas en los
recuadros correspondientes a la firma de las personas participantes que no hayan asistido. Si la falta
posteriormente es justificada se anotará también en el mismo recuadro. Los justificantes de las faltas de
asistencia se adjuntarán a la hoja de la semana en que se haya producido.
- En cualquier caso, la entidad promotora deberá registrar las ausencias producidas, así como el motivo o
causa de las mismas y restará de las horas de asistencia de la persona participante el tiempo de retraso o
ausencia, esté justificado o no.
- Los partes de asistencia deben reflejar las personas participantes incorporadas al Proyecto y su firma en el
lugar que corresponda a cada uno de ellos, debiendo evitarse enmiendas, tachaduras o errores que pongan
en entredicho la autenticidad de las mismas.
- Los cuadrantes de firmas se gestionarán según indica el apartado 6.4 de la guía de gestión de proyectos de
los programas de formación y empleo escala y que estará a disposición del alumnado.
Atendiendo a la especialidad del Programa de formación y empleo ESCALA aprobado, el equipo técnico programará las
realizaciones teórico-prácticas contenidas en la memoria Proyecto aprobada, que podrán desarrollarse en jornadas de fin de
semana o festivos, en su caso; circunstancias que se recogerá en los contratos de trabajo del equipo técnico y alumnadotrabajador en la segunda etapa.
Artículo 7.- Calendario laboral.
Será el dictado por la entidad promotora del Proyecto. Para el año 2025, y mientras no se especifiquen otras fechas, se
establecen 2 días de fiesta local: 19 de mayo y 12 de septiembre, aprobadas en sesión plenaria del Ayuntamiento de
Alconchel.
Artículo 8.- Descanso semanal.
El alumnado tendrá derecho a un descanso semanal de 2 días comprendiendo sábados y domingo, a no ser que memoria
técnica o propuesta acordada de realizaciones teórico-prácticas u otros eventos propuestos por entidad/es promotor/as
precisen de realizar trabajos los sábados, domingos y festivos, en cuyo caso las horas trabajadas serán compensadas según
se regula en el presente Reglamento. A tal efecto: 1 hora de realizaciones teórico-prácticas desarrollada en día festivo,
sábado, domingo y nocturnas, se compensará con 2 horas de jornada lectiva-laboral. Las realizaciones desarrolladas fuera
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