Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alconchel. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01664/2025)
Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de régimen interno de las Escuelas Profesionales del Ayuntamiento de Alconchel
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Alconchel

Anuncio 1664/2025

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Alconchel
Alconchel (Badajoz)
Anuncio 1664/2025
Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de régimen interno de las Escuelas Profesionales del
Ayuntamiento de Alconchel

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local en concordancia con el artículo 65.2 de la citada Ley, se publica a continuación el texto íntegro del Reglamento de
régimen interno de las Escuelas Profesionales del Ayuntamiento de Alconchel, aprobada la modificación por acuerdo
plenario de la Corporación de fecha 31 de enero de 2025, habiendo transcurrido el plazo de exposición pública sin
reclamaciones ni alegaciones, cuya publicación inicial se produjo el 7 de febrero de 2025 (BOP de Badajoz número 26,
anuncio 409/2025):
«REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LAS ESCUELAS PROFESIONALES DEL AYUNTAMIENTO DE ALCONCHEL
Artículo 1.- Introducción.
El presente Reglamento pretende servir de norma que articule dentro de la legalidad vigente aquellos aspectos propios del
desempeño cotidiano de la labor encomendada al personal de cualquier Proyecto de formación en alternancia con el
empleo celebrado en el municipio de Alconchel, estableciendo las normas de funcionamiento y coordinación entre las
distintas especialidades que componen la misma.
El régimen interno propuesto por el Ayuntamiento de Alconchel, será de aplicación a la totalidad del personal Directivo,
Docente y Auxiliar, así como a los/as alumnos/as y alumnado trabajador de los programas de formación y empleo ESCALA
sin perjuicio de lo establecido en la normativa específica que regula los programas, y teniendo en cuenta que en todo caso
se estará a la normativa aplicable, en cada momento vigente, conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público que textualmente dice, en su artículo 7, en relación a la normativa aplicable al personal laboral de las
Administraciones Públicas: "El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas se rige, además de por la
legislación laboral y por las demás normas convencionalmente aplicables, por los preceptos de este Estatuto que así lo
dispongan". En caso de que estas instrucciones contradijeran, en algún extremo, a la normativa vigente en cada momento
aplicable, se estaría a lo dispuesto en la citada normativa, no aplicándose el extremo o extremos de las presentes
instrucciones que, en su caso, la vulneraran.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación.
La presente normativa regula las condiciones de las/os participantes y personal directivo y docente de los distintos
programas de formación y empleo que vengan celebrándose en esta entidad. Comenzando a resultar de aplicación en el
Programa de formación y empleo "Alminar XII Servicios de restaurante y catering de Alqueva" con fecha de inicio el día 10 de
diciembre de 2024 para el equipo técnico y fecha fin el día 22 de diciembre de 2025, y para el alumnado de aplicación
durante todo el período de vigencia del Programa mixto de formación y empleo ESCALA "Alminar XII Servicios de restaurante
y catering de Alqueva".
Artículo 3.- Vigencia.
Esta normativa entrará en vigor tan pronto sea aceptada y firmado el presente documento por los componentes del
Programa de formación y empleo, y aprobada en acuerdo de pleno municipal. Tan pronto sea posible será publicado su
texto definitivo e integro en el Boletín Oficial de la Provincia.
Artículo 4.- Definición.
1. Los proyectos del Programa de formación y empleo ESCALA tienen carácter temporal en los que el aprendizaje y la
cualificación se alternan con un trabajo productivo en actividades de utilidad pública o social junto con el acompañamiento y
tutorización profesional, que permita la inserción, a través de la profesionalización y adquisición de experiencia, de las
personas participantes.
2. Los proyectos constarán de una primera etapa de carácter formativo de iniciación y otra etapa de formación en
alternancia con el trabajo. La duración de la primera etapa será de tres meses, mientras que la segunda etapa tendrá una
duración de nueve meses.
En la segunda etapa las personas participantes son consideradas trabajadoras de la entidad, sin perder la condición de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 12