Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo (Badajoz). (01608/2025)
Bases específicas y convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la iniciativa empresarial por parte de personas jóvenes con titulación universitaria, Formación Profesional de Grado Superior o Certificado de Profesionalidad Nivel 3, año 2025
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Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo
Anuncio 1608/2025
refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Base 11. Subsanación de solicitudes.
En los supuestos en que la solicitud presentada o la documentación que la acompañe no reúna los requisitos exigidos, se
requerirá al/la solicitante para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane los defectos observados, con indicación de
que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos
del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Este trámite de subsanación de la solicitud se efectuará a través del registro electrónico ubicado en la sede electrónica de la
Diputación de Badajoz en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
El acceso deberá realizarse con certificado digital, mediante los siguientes pasos:
1. Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
2. Acceder al apartado de "ciudadanos y empresas".
3. En trámites por delegaciones seleccionar Formación y Capacitación para el Empleo.
4. Seleccionar el trámite remisión de documentación para la subsanación de la solicitud de subvenciones para
el fomento del emprendimiento empresarial por parte de personas jóvenes con titulación universitaria,
Formación Profesional de Grado Superior o con Certificado de Profesionalidad Nivel 3, año 2025.
5. Identificarse con el certificado digital.
6. Cumplimentar los datos correspondientes al interesado.
7. Adjuntar los documentos indicados en el requerimiento de subsanación de la solicitud.
8. Verificar los datos del Interesado, y los documentos adjuntados.
9. Firmar y finalizar.
Alternativamente, la documentación de subsanación requerida podrá tramitarla a través de las oficinas municipales de
ubicación de las aplicaciones informáticas que interactúen con el Sistema de Interconexión de Registros (SIR), e igualmente,
de conformidad con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, por la que se regula el
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá tramitarla a través de cualesquiera de los
lugares y por los medios establecidos en dicho precepto.
En el caso de que se requiera la subsanación o presentación de alguno de los anexos a las bases, éstos deberán ser los
correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán descargar las direcciones web que se indican en la base 9.
Base 12. Criterios de valoración.
Como se establece en la base 4, el régimen de concesión de estas subvenciones es el de concurrencia competitiva,
entendiendo por tal el procedimiento en el que la concesión de las subvenciones se realiza mediante la comparación previa
de las solicitudes presentadas, con el fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con unos criterios de
valoración prefijados en las bases reguladoras, y la asignación posterior de las subvenciones, con los límites individuales por
empresa y el del crédito disponible para esta convocatoria, a aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación
de los citados criterios.
A tales efectos, cada solicitud recibida se evaluará y valorará hasta un máximo de 50 puntos conforme a los siguientes
criterios:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Base 11. Subsanación de solicitudes.
En los supuestos en que la solicitud presentada o la documentación que la acompañe no reúna los requisitos exigidos, se
requerirá al/la solicitante para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane los defectos observados, con indicación de
que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos
del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Este trámite de subsanación de la solicitud se efectuará a través del registro electrónico ubicado en la sede electrónica de la
Diputación de Badajoz en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
El acceso deberá realizarse con certificado digital, mediante los siguientes pasos:
1. Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
2. Acceder al apartado de "ciudadanos y empresas".
3. En trámites por delegaciones seleccionar Formación y Capacitación para el Empleo.
4. Seleccionar el trámite remisión de documentación para la subsanación de la solicitud de subvenciones para
el fomento del emprendimiento empresarial por parte de personas jóvenes con titulación universitaria,
Formación Profesional de Grado Superior o con Certificado de Profesionalidad Nivel 3, año 2025.
5. Identificarse con el certificado digital.
6. Cumplimentar los datos correspondientes al interesado.
7. Adjuntar los documentos indicados en el requerimiento de subsanación de la solicitud.
8. Verificar los datos del Interesado, y los documentos adjuntados.
9. Firmar y finalizar.
Alternativamente, la documentación de subsanación requerida podrá tramitarla a través de las oficinas municipales de
ubicación de las aplicaciones informáticas que interactúen con el Sistema de Interconexión de Registros (SIR), e igualmente,
de conformidad con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, por la que se regula el
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá tramitarla a través de cualesquiera de los
lugares y por los medios establecidos en dicho precepto.
En el caso de que se requiera la subsanación o presentación de alguno de los anexos a las bases, éstos deberán ser los
correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán descargar las direcciones web que se indican en la base 9.
Base 12. Criterios de valoración.
Como se establece en la base 4, el régimen de concesión de estas subvenciones es el de concurrencia competitiva,
entendiendo por tal el procedimiento en el que la concesión de las subvenciones se realiza mediante la comparación previa
de las solicitudes presentadas, con el fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con unos criterios de
valoración prefijados en las bases reguladoras, y la asignación posterior de las subvenciones, con los límites individuales por
empresa y el del crédito disponible para esta convocatoria, a aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación
de los citados criterios.
A tales efectos, cada solicitud recibida se evaluará y valorará hasta un máximo de 50 puntos conforme a los siguientes
criterios:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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