Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo (Badajoz). (01608/2025)
Bases específicas y convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la iniciativa empresarial por parte de personas jóvenes con titulación universitaria, Formación Profesional de Grado Superior o Certificado de Profesionalidad Nivel 3, año 2025
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Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo
Anuncio 1608/2025
producto y del proceso productivo, etc.), descripción de las instalaciones, listado de proveedores (ubicación,
etc.), descripción del proyecto de inversión para el que se solicita la subvención, rama de actividad
empresarial a desarrollar y previsiones de generación de empleo en la actividad a desarrollar.
2. Plan de inversiones (anexo III).
3. Declaración responsable de carácter general (anexo IV).
4. En el caso de los solicitantes que no consten ya inscritos en el registro de terceros de Diputación,
justificante de haber solicitado el alta en el mismo.
5. Copia del DNI del solicitante.
6. Informe de la vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
7. Copia del modelo de declaración de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos de la Segundad
Social, o en aquel que legal o estatutariamente le corresponda.
8. Copia del título universitario o resguardo acreditativo de su solicitud, del título de Formación Profesional de
Grado Superior o del Certificado de Profesionalidad Nivel 3.
9. Certificado de empadronamiento en algún municipio de la provincia de Badajoz a fecha de solicitud.
10. Copia del modelo 037 (o 036) de la AEAT donde se recoja el alta en la actividad.
11. Vida laboral de la empresa donde consten los trabajadores contratados y fechas de alta y baja.
No obstante lo indicado anteriormente, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1, de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de la documentación relacionada
anteriormente no necesariamente deben adjuntar a su solicitud los documentos ya aportados con anterioridad a cualquier
administración pública, bastando con que indique en el apartado destinado al efecto en el anexo de solicitud, de qué
documentos se trata, en qué fecha los presentó, ante qué órganos y en qué expedientes, para que los recabe de oficio el
órgano gestor. En cualquier caso, si no fuera posible recabar los documentos, se podrá solicitar su aportación al interesado.
Asimismo, a tenor de lo establecido en el artículo 28.2 del referido Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, el órgano gestor recabará de oficio las certificaciones acreditativas de que el solicitante no tiene
deudas pendientes con la Diputación Provincial en periodo ejecutivo ni con la Seguridad Social, salvo que conste su
oposición expresa al respecto en el correspondiente apartado de su solicitud, en cuyo caso deberá aportar junto a esta los
correspondientes certificados.
Por otra parte, de acuerdo con el artículo 95.1, k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en los términos
que contempla el artículo 2.4 de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 18 de noviembre de 1999, el solicitante
indicará en el correspondiente apartado de su solicitud la autorización o el consentimiento expreso para que el órgano
gestor pueda recabar directamente de la AEAT el certificado de que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias
frente a la Hacienda Estatal, y en el caso de no hacerlo deberá aportar dicho certificado junto con su solicitud.
Base 10. Solicitud de alta en el registro de terceros de Diputación.
Además de la documentación referida en el apartado anterior, y de forma independiente a esta, los solicitantes que no
consten ya inscritos en el registro de terceros de la Diputación, deberán tramitar la solicitud de alta en dicho registro.
Para ello, en el caso de los/as solicitantes que elijan voluntariamente relacionarse con la administración a través de medios
electrónicos deberán tramitar la solicitud de alta accediendo a la sede electrónica de Diputación a través de la dirección
electrónica:
https://sede.dip-badajoz.es/sede/tramitacionElectronica.do?asu_mod_cod=135&asu_cod=631&asunto=631&a
plcorreo=4&ent_id=10&idioma=1.
Y en el caso de la/os solicitantes que no deseen hacerlo por este medio, accederán a la página web de la Diputación
Provincial, donde podrán descargarse el formulario de solicitud de alta, en la dirección electrónica:
https://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc, clicando en el PDF "alta de terceros", para, una
vez descargado, cumplimentado y firmado, tramitarlo a través de las oficinas municipales de ubicación de las aplicaciones
informáticas que interactúen con el Sistema de Interconexión de Registros (SIR) o por cualquiera de los medios a los que se
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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producto y del proceso productivo, etc.), descripción de las instalaciones, listado de proveedores (ubicación,
etc.), descripción del proyecto de inversión para el que se solicita la subvención, rama de actividad
empresarial a desarrollar y previsiones de generación de empleo en la actividad a desarrollar.
2. Plan de inversiones (anexo III).
3. Declaración responsable de carácter general (anexo IV).
4. En el caso de los solicitantes que no consten ya inscritos en el registro de terceros de Diputación,
justificante de haber solicitado el alta en el mismo.
5. Copia del DNI del solicitante.
6. Informe de la vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
7. Copia del modelo de declaración de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos de la Segundad
Social, o en aquel que legal o estatutariamente le corresponda.
8. Copia del título universitario o resguardo acreditativo de su solicitud, del título de Formación Profesional de
Grado Superior o del Certificado de Profesionalidad Nivel 3.
9. Certificado de empadronamiento en algún municipio de la provincia de Badajoz a fecha de solicitud.
10. Copia del modelo 037 (o 036) de la AEAT donde se recoja el alta en la actividad.
11. Vida laboral de la empresa donde consten los trabajadores contratados y fechas de alta y baja.
No obstante lo indicado anteriormente, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1, de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de la documentación relacionada
anteriormente no necesariamente deben adjuntar a su solicitud los documentos ya aportados con anterioridad a cualquier
administración pública, bastando con que indique en el apartado destinado al efecto en el anexo de solicitud, de qué
documentos se trata, en qué fecha los presentó, ante qué órganos y en qué expedientes, para que los recabe de oficio el
órgano gestor. En cualquier caso, si no fuera posible recabar los documentos, se podrá solicitar su aportación al interesado.
Asimismo, a tenor de lo establecido en el artículo 28.2 del referido Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, el órgano gestor recabará de oficio las certificaciones acreditativas de que el solicitante no tiene
deudas pendientes con la Diputación Provincial en periodo ejecutivo ni con la Seguridad Social, salvo que conste su
oposición expresa al respecto en el correspondiente apartado de su solicitud, en cuyo caso deberá aportar junto a esta los
correspondientes certificados.
Por otra parte, de acuerdo con el artículo 95.1, k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en los términos
que contempla el artículo 2.4 de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 18 de noviembre de 1999, el solicitante
indicará en el correspondiente apartado de su solicitud la autorización o el consentimiento expreso para que el órgano
gestor pueda recabar directamente de la AEAT el certificado de que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias
frente a la Hacienda Estatal, y en el caso de no hacerlo deberá aportar dicho certificado junto con su solicitud.
Base 10. Solicitud de alta en el registro de terceros de Diputación.
Además de la documentación referida en el apartado anterior, y de forma independiente a esta, los solicitantes que no
consten ya inscritos en el registro de terceros de la Diputación, deberán tramitar la solicitud de alta en dicho registro.
Para ello, en el caso de los/as solicitantes que elijan voluntariamente relacionarse con la administración a través de medios
electrónicos deberán tramitar la solicitud de alta accediendo a la sede electrónica de Diputación a través de la dirección
electrónica:
https://sede.dip-badajoz.es/sede/tramitacionElectronica.do?asu_mod_cod=135&asu_cod=631&asunto=631&a
plcorreo=4&ent_id=10&idioma=1.
Y en el caso de la/os solicitantes que no deseen hacerlo por este medio, accederán a la página web de la Diputación
Provincial, donde podrán descargarse el formulario de solicitud de alta, en la dirección electrónica:
https://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc, clicando en el PDF "alta de terceros", para, una
vez descargado, cumplimentado y firmado, tramitarlo a través de las oficinas municipales de ubicación de las aplicaciones
informáticas que interactúen con el Sistema de Interconexión de Registros (SIR) o por cualquiera de los medios a los que se
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