Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Burguillos del Cerro. (01505/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno Escuela de Aprendizaje Laboral (ESCALA) "Deber Social Burguillos"
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Ayuntamiento de Burguillos del Cerro
Anuncio 1505/2025
Podrán acceder a esta etapa del proyecto las personas participantes en la etapa formativa inicial que:
- El alumnado que figure de alta en el proyecto el último día de la primera etapa tendrá
derecho a acceder a la segunda etapa de formación en alternancia con el trabajo siempre que
haya superado la evaluación, al menos, de los módulos formativos cursados en esta etapa. Y
figure de alta en el proyecto el último día de la primera etapa (etapa formativa inicial).
- Siempre que haya superado la evaluación de cada uno de los módulos formativos completos
cursados en la etapa formativa inicial.
- Cumpla los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato
de formación en alternancia con el empleo.
- No padezca enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño normal de las
funciones propias del puesto, ni cualquier otro impedimento personal o de cualquier otra
índole para la realización de las actividades propias de la ocupación laboral a desempeñar de
acuerdo a la normativa de aplicación.
- Las personas participantes en el proyecto deberán asistir al menos al 75%de las horas de cada
uno de los módulos para poder acceder a la prueba de evaluación del mismo.
Artículo 9. Características generales, faltas y sanciones. Segunda etapa (contrato de trabajo).
9.- Características generales.
Durante esta etapa con una duración de nueve meses, el alumnado-trabajador recibirá formación con una
duración mínima del 35% y estará contratado por la entidad promotora, en la modalidad del contrato de
formación en alternancia, por lo que deberá reunir, para formalizar dicho contrato, los requisitos a los que
aluden los apartados 2 y 4 del artículo 11.
El alumnado trabajador percibirá las retribuciones salariales que le correspondan de conformidad con lo
previsto en la normativa aplicable.
La duración de los contratos de trabajo suscritos con el alumnado trabajador por las entidades promotoras
no podrá exceder de la fecha del final del proyecto.
Las tareas que constituyan el trabajo efectivo deberán ser suficientes y apropiadas para la adquisición de las
competencias profesionales previstas, contemplando una adecuada correlación entre dichas actividades con
los módulos formativos de referencia.
9.1. Faltas.
Las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves.
9.2. Son faltas leves:
- Hasta tres faltas de puntualidad sin causa justificada en el plazo de un mes entendiendo por
falta de puntualidad todo retraso superior a 10 minutos.
- Una falta de asistencia sin causa justificada.
- El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada.
- Tardanzas injustificadas a la hora de iniciar los trabajos.
- El descuido en la conservación de las instalaciones, maquinaria, herramientas, materiales, así
como la ropa laboral y equipos de protección individual entregados.
- La falta de interés o aprovechamiento en el ejercicio de las tareas encomendadas.
- La incorrección libre en el trato o falta de respeto con cualquiera de las personas que
participan en el Programa.
- La no presentación en tiempo oportuno (tres días) y de los justificantes de las faltas al trabajo,
a no ser que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
- La utilización de teléfonos móviles fuera de los periodos de descanso salvo circunstancias muy
excepcionales.
- El uso de reproductores musicales, con o sin auriculares, durante las clases o el tiempo de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Podrán acceder a esta etapa del proyecto las personas participantes en la etapa formativa inicial que:
- El alumnado que figure de alta en el proyecto el último día de la primera etapa tendrá
derecho a acceder a la segunda etapa de formación en alternancia con el trabajo siempre que
haya superado la evaluación, al menos, de los módulos formativos cursados en esta etapa. Y
figure de alta en el proyecto el último día de la primera etapa (etapa formativa inicial).
- Siempre que haya superado la evaluación de cada uno de los módulos formativos completos
cursados en la etapa formativa inicial.
- Cumpla los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato
de formación en alternancia con el empleo.
- No padezca enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño normal de las
funciones propias del puesto, ni cualquier otro impedimento personal o de cualquier otra
índole para la realización de las actividades propias de la ocupación laboral a desempeñar de
acuerdo a la normativa de aplicación.
- Las personas participantes en el proyecto deberán asistir al menos al 75%de las horas de cada
uno de los módulos para poder acceder a la prueba de evaluación del mismo.
Artículo 9. Características generales, faltas y sanciones. Segunda etapa (contrato de trabajo).
9.- Características generales.
Durante esta etapa con una duración de nueve meses, el alumnado-trabajador recibirá formación con una
duración mínima del 35% y estará contratado por la entidad promotora, en la modalidad del contrato de
formación en alternancia, por lo que deberá reunir, para formalizar dicho contrato, los requisitos a los que
aluden los apartados 2 y 4 del artículo 11.
El alumnado trabajador percibirá las retribuciones salariales que le correspondan de conformidad con lo
previsto en la normativa aplicable.
La duración de los contratos de trabajo suscritos con el alumnado trabajador por las entidades promotoras
no podrá exceder de la fecha del final del proyecto.
Las tareas que constituyan el trabajo efectivo deberán ser suficientes y apropiadas para la adquisición de las
competencias profesionales previstas, contemplando una adecuada correlación entre dichas actividades con
los módulos formativos de referencia.
9.1. Faltas.
Las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves.
9.2. Son faltas leves:
- Hasta tres faltas de puntualidad sin causa justificada en el plazo de un mes entendiendo por
falta de puntualidad todo retraso superior a 10 minutos.
- Una falta de asistencia sin causa justificada.
- El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada.
- Tardanzas injustificadas a la hora de iniciar los trabajos.
- El descuido en la conservación de las instalaciones, maquinaria, herramientas, materiales, así
como la ropa laboral y equipos de protección individual entregados.
- La falta de interés o aprovechamiento en el ejercicio de las tareas encomendadas.
- La incorrección libre en el trato o falta de respeto con cualquiera de las personas que
participan en el Programa.
- La no presentación en tiempo oportuno (tres días) y de los justificantes de las faltas al trabajo,
a no ser que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
- La utilización de teléfonos móviles fuera de los periodos de descanso salvo circunstancias muy
excepcionales.
- El uso de reproductores musicales, con o sin auriculares, durante las clases o el tiempo de
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