Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01179/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión, como personal funcionario mediante concurso-oposición, de una plaza de Administrativo/a
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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada
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comunicaciones, ni siquiera apagados, pudiendo ser comprobado este extremo en cualquier momento por
parte de los miembros del Tribunal Calificador, a través de los medios que estime oportunos. Ante el
incumplimiento de esta condición, el Tribunal Calificador podrá acordar, motivadamente, la exclusión del
aspirante del proceso selectivo.
El Tribunal, salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios
sean corregidos sin conocer la identidad del aspirante.
De cada sesión que celebre el Tribunal, el/la Secretario/a levantará acta donde se harán constar las
calificaciones de los ejercicios de los aspirantes y las incidencias y votaciones que se produzcan.
Las actas, numeradas y rubricadas, constituirán el expediente de las pruebas selectivas. Juntamente con el
acta se unirá al expediente las hojas de examen o ejercicios realizados por los opositores.
6.3.- Fase de concurso.
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. Su valoración se realizará una vez finalizada la fase de
oposición para los aspirantes que hubieran superado dicha fase. La fecha de referencia para la valoración de
los méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los méritos alegados y acreditados
por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo, hasta un máximo de 4 puntos.
a) La experiencia profesional se valorará con un máximo de 2 puntos:
- Servicios prestados en administraciones públicas o entes del sector público
como personal funcionario o personal laboral en la categoría profesional (grupo
de cotización 05 o superior) y puesto de administrativo o superior con funciones
asimilables a cuerpos o escalas de administración general, hasta la fecha de
terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgará 0,05 puntos
por mes completo de servicios efectivos (a estos efectos se despreciarán las
fracciones), a jornada completa (si el porcentaje de jornada fuera inferior a la
jornada completa se valorará proporcionalmente), debiendo aportar
contratos/nombramientos, vida laboral y/o certificados de empresa.
- Servicios prestados en entidades privadas, en puestos de trabajo de
Administrativo o superior, con funciones asimilables a cuerpos o escalas de
administración general (grupo de cotización 05 o superior), se otorgará 0,025
puntos por mes completo de servicios efectivos (a estos efectos se despreciarán
las fracciones), a jornada completa (si el porcentaje de jornada fuera inferior a la
jornada completa se valorará proporcionalmente), debiendo aportar contratos,
vida laboral y/o certificados de empresa.
b) Titulación superior a la requerida, se valorará con un máximo de 1 punto:
Se valorará la titulación superior a la requerida en la convocatoria, con 1 punto
por licenciatura o diplomatura (o título de grado equivalente) y con 0,5 puntos
por título de técnico superior (o equivalente).
c) Cursos de formación, se valorarán hasta un máximo de 1 punto. No se tendrá en cuenta la
titulación ya valorada en el apartado b) anterior.
Se valorarán los títulos y/o cursos de perfeccionamiento y especialización y másteres realizados
en colaboración/convocados/financiados/impartidos por cualquier entidad del sector
público/centros de enseñanza autorizados por AAPP/asociaciones de utilidad pública,
debidamente acreditados, y en los que conste su duración, y que versen sobre materias
directamente relacionadas con la plaza/puesto que se opta (relacionado con las materias del
anexo I), atendiendo al siguiente desglose:
- De 5 horas a 9 horas: 0,05 puntos.
- De 10 horas a 24 horas: 0,10 puntos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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aspirante del proceso selectivo.
El Tribunal, salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios
sean corregidos sin conocer la identidad del aspirante.
De cada sesión que celebre el Tribunal, el/la Secretario/a levantará acta donde se harán constar las
calificaciones de los ejercicios de los aspirantes y las incidencias y votaciones que se produzcan.
Las actas, numeradas y rubricadas, constituirán el expediente de las pruebas selectivas. Juntamente con el
acta se unirá al expediente las hojas de examen o ejercicios realizados por los opositores.
6.3.- Fase de concurso.
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. Su valoración se realizará una vez finalizada la fase de
oposición para los aspirantes que hubieran superado dicha fase. La fecha de referencia para la valoración de
los méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los méritos alegados y acreditados
por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo, hasta un máximo de 4 puntos.
a) La experiencia profesional se valorará con un máximo de 2 puntos:
- Servicios prestados en administraciones públicas o entes del sector público
como personal funcionario o personal laboral en la categoría profesional (grupo
de cotización 05 o superior) y puesto de administrativo o superior con funciones
asimilables a cuerpos o escalas de administración general, hasta la fecha de
terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgará 0,05 puntos
por mes completo de servicios efectivos (a estos efectos se despreciarán las
fracciones), a jornada completa (si el porcentaje de jornada fuera inferior a la
jornada completa se valorará proporcionalmente), debiendo aportar
contratos/nombramientos, vida laboral y/o certificados de empresa.
- Servicios prestados en entidades privadas, en puestos de trabajo de
Administrativo o superior, con funciones asimilables a cuerpos o escalas de
administración general (grupo de cotización 05 o superior), se otorgará 0,025
puntos por mes completo de servicios efectivos (a estos efectos se despreciarán
las fracciones), a jornada completa (si el porcentaje de jornada fuera inferior a la
jornada completa se valorará proporcionalmente), debiendo aportar contratos,
vida laboral y/o certificados de empresa.
b) Titulación superior a la requerida, se valorará con un máximo de 1 punto:
Se valorará la titulación superior a la requerida en la convocatoria, con 1 punto
por licenciatura o diplomatura (o título de grado equivalente) y con 0,5 puntos
por título de técnico superior (o equivalente).
c) Cursos de formación, se valorarán hasta un máximo de 1 punto. No se tendrá en cuenta la
titulación ya valorada en el apartado b) anterior.
Se valorarán los títulos y/o cursos de perfeccionamiento y especialización y másteres realizados
en colaboración/convocados/financiados/impartidos por cualquier entidad del sector
público/centros de enseñanza autorizados por AAPP/asociaciones de utilidad pública,
debidamente acreditados, y en los que conste su duración, y que versen sobre materias
directamente relacionadas con la plaza/puesto que se opta (relacionado con las materias del
anexo I), atendiendo al siguiente desglose:
- De 5 horas a 9 horas: 0,05 puntos.
- De 10 horas a 24 horas: 0,10 puntos
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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