Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01179/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión, como personal funcionario mediante concurso-oposición, de una plaza de Administrativo/a
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada
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6.1.- Fase de oposición.
Los/as aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos/as de la oposición quienes no
comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los/as opositores/as para que acrediten su identidad.
Los/as aspirantes deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o permiso de conducir.
Finalizada la oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios de los/as aspirantes que hayan
sido considerados como aptos/as en la citada fase de oposición.
A. Primera prueba: Prueba teórica, tipo test, consistente en contestar en una hora, un
cuestionario de ochenta preguntas (más 5 preguntas de reserva, para el caso de que alguna
pregunta fuera anulada), con cuatro respuestas alternativas, basadas en el temario (anexo II).
Tras la exposición de la lista provisional con el orden de puntuación se abrirá un plazo de 5 días
hábiles para posibles reclamaciones. Una vez resueltas, se procederá a publicar la lista
definitiva de aspirantes que hayan superado este primer ejercicio.
B. Segunda prueba: Prueba práctica, consistirá en dos partes diferenciadas, en las que el
Tribunal podrá dividir a los/as aspirantes en grupos, realizando los/as aspirantes los diferentes
ejercicios de forma simultánea; debiendo el tribunal garantizar la incomunicación entre los
aspirantes.
Las partes de la segunda prueba (con un tiempo máximo de una hora cada parte) consistirán
en:
- Superación de uno o varios supuestos prácticos, debiendo los/as aspirantes
acreditar los conocimientos que se posean en referencia a la plaza objeto de la
convocatoria, conocimientos que se hallan incluidos en el anexo II, pudiendo
consistir el examen en la redacción de documentos administrativos, resolución
de problemas prácticos, etc.
Tras la exposición de la lista provisional de los resultados de la segunda prueba por orden de
puntuación se abrirá un plazo de 5 días hábiles para posibles reclamaciones.
Una vez resueltas, se procederá a publicar la lista definitiva de aspirantes que hayan superado
esta primera fase.
6.2.- Determinación de la puntuación de la fase de oposición:
La primera prueba de la fase de oposición tiene carácter eliminatorio y su calificación se determinará por el
Tribunal otorgando un máximo de 10 puntos, debiendo obtener al menos una puntuación de 5 puntos para
superar el ejercicio. En la primera prueba, tipo test, cada respuesta correcta sumará 0,125 puntos y cada
respuesta incorrecta restará 0,04 puntos, no puntuando ni penalizando las preguntas no contestadas.
La segunda prueba se calificará con un máximo de 10 puntos, debiendo obtener para su superación un
mínimo de 5 puntos.
El segundo ejercicio se calificará con la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del
Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas exista una
diferencia igual o superior a dos puntos. En el supuesto de que haya más de dos notas emitidas que se
diferencien en dos o más puntos, sólo se eliminarán una de las calificaciones máximas y otra de las mínimas.
La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios práctico y
teórico.
El orden de actuación de los/as aspirantes será por orden alfabético, salvo que el Tribunal decida otro más
conveniente.
Los/as aspirantes no podrán acudir a la realización de las pruebas selectivas con dispositivos de telefonía
móvil, pulseras electrónicas, relojes ni cualquier otro sistema que permita la emisión o recepción de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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6.1.- Fase de oposición.
Los/as aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos/as de la oposición quienes no
comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los/as opositores/as para que acrediten su identidad.
Los/as aspirantes deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o permiso de conducir.
Finalizada la oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios de los/as aspirantes que hayan
sido considerados como aptos/as en la citada fase de oposición.
A. Primera prueba: Prueba teórica, tipo test, consistente en contestar en una hora, un
cuestionario de ochenta preguntas (más 5 preguntas de reserva, para el caso de que alguna
pregunta fuera anulada), con cuatro respuestas alternativas, basadas en el temario (anexo II).
Tras la exposición de la lista provisional con el orden de puntuación se abrirá un plazo de 5 días
hábiles para posibles reclamaciones. Una vez resueltas, se procederá a publicar la lista
definitiva de aspirantes que hayan superado este primer ejercicio.
B. Segunda prueba: Prueba práctica, consistirá en dos partes diferenciadas, en las que el
Tribunal podrá dividir a los/as aspirantes en grupos, realizando los/as aspirantes los diferentes
ejercicios de forma simultánea; debiendo el tribunal garantizar la incomunicación entre los
aspirantes.
Las partes de la segunda prueba (con un tiempo máximo de una hora cada parte) consistirán
en:
- Superación de uno o varios supuestos prácticos, debiendo los/as aspirantes
acreditar los conocimientos que se posean en referencia a la plaza objeto de la
convocatoria, conocimientos que se hallan incluidos en el anexo II, pudiendo
consistir el examen en la redacción de documentos administrativos, resolución
de problemas prácticos, etc.
Tras la exposición de la lista provisional de los resultados de la segunda prueba por orden de
puntuación se abrirá un plazo de 5 días hábiles para posibles reclamaciones.
Una vez resueltas, se procederá a publicar la lista definitiva de aspirantes que hayan superado
esta primera fase.
6.2.- Determinación de la puntuación de la fase de oposición:
La primera prueba de la fase de oposición tiene carácter eliminatorio y su calificación se determinará por el
Tribunal otorgando un máximo de 10 puntos, debiendo obtener al menos una puntuación de 5 puntos para
superar el ejercicio. En la primera prueba, tipo test, cada respuesta correcta sumará 0,125 puntos y cada
respuesta incorrecta restará 0,04 puntos, no puntuando ni penalizando las preguntas no contestadas.
La segunda prueba se calificará con un máximo de 10 puntos, debiendo obtener para su superación un
mínimo de 5 puntos.
El segundo ejercicio se calificará con la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del
Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas exista una
diferencia igual o superior a dos puntos. En el supuesto de que haya más de dos notas emitidas que se
diferencien en dos o más puntos, sólo se eliminarán una de las calificaciones máximas y otra de las mínimas.
La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios práctico y
teórico.
El orden de actuación de los/as aspirantes será por orden alfabético, salvo que el Tribunal decida otro más
conveniente.
Los/as aspirantes no podrán acudir a la realización de las pruebas selectivas con dispositivos de telefonía
móvil, pulseras electrónicas, relojes ni cualquier otro sistema que permita la emisión o recepción de
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