Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zalamea de la Serena. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01152/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno para el programa ESCALA "Triángulo de la Serena"
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Ayuntamiento de Zalamea de la Serena

Anuncio 1152/2025

Z) Transmitir sugerencias, quejas o/y necesidades directamente al equipo directivo y docente del proyecto, en
ningún caso a los responsables o trabajadores de la entidad.
Artículo 10.- Permisos y licencias.
El personal adscrito al proyecto ESCALA "Triángulo de la Serena", previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo,
con derecho a remuneración, en los siguientes casos:
A) Cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización
que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta segundo grado por
consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier
otra persona distinta a los anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que
requiera el cuidado efectivo de aquella.
B) Dos días por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de
consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento
al efecto, el plazo se ampliará dos días.
Se consideran a estos efectos parientes en primer grado a los padres, hijos, suegros, yernos y nueras y de
segundo a los abuelos, nietos, hermanos y cuñados.
C) Por traslado de domicilio sin cambio de residencia, durante un día.
D) Por lactancia, durante una hora diaria, pudiéndose dividir en dos fracciones dentro de la jornada de
trabajo. Se podrá solicitar la sustitución del tiempo de lactancia por un permiso acumulado en jornadas
completas en el caso de hijos menores de 9 meses (etapa de formación en alternancia con el trabajo).
E) Por hospitalización de hijos prematuros a continuación del parto, durante una hora diaria mientras dure el
ingreso.
F) Por el cumplimiento de un deber de carácter inexcusable, durante el tiempo necesario para su realización.
G) Por la asistencia a consulta médica, durante el tiempo necesario para su realización.
H) Por el acompañamiento a consulta médica de hijos menores de edad o personas bajo custodia legal,
durante el tiempo necesario para su realización.
I) Por reposo domiciliario prescrito por facultativo médico, hasta 4 días al año (personal directivo y docente y 3
días el alumnado).
J) Para urgencias familiares imprevisibles, relacionados con familiares o convivientes, en caso de enfermedad
o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata, se tendrá derecho hasta cuatro días.
k) Para el cuidado de hijos menores de ocho años, hasta ocho semanas, con carácter de permiso no retribuido
(etapa de formación en alternancia con el trabajo).
l) A la adaptación de jornada y teletrabajo en aquellos trabajadores que tengan hijos menores de doce años.
M) Para la realización de exámenes (permiso de circulación, oposiciones, exámenes de centros oficiales de
formación) durante el tiempo necesario para su realización.
N) Por la comparecencia a juzgados y tribunales, durante el tiempo necesario para su realización.
O) Por matrimonio o pareja de hecho, quince días naturales (etapa de formación en alternancia con el
trabajo).
P) Por parto, adopción o acogimiento, dieciséis semanas ininterrumpidas, ampliándose en dos semanas en
casos de incapacidad y por cada hijo a partir del segundo (etapa de formación en alternancia con el trabajo).
Q) A seis días de libre disposición para el personal técnico y docente y cuatro días para el alumnado, que no
podrán unirse al periodo de vacaciones y cuya aprobación por parte de la dirección del programa queda
supeditada a necesidades del servicio.
La dirección podrá denegar su concesión cuando se acumulen para una misma jornada peticiones que
superen el 30% de la plantilla del taller o al entender que lesionan gravemente el funcionamiento del mismo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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