Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Garrovilla. (01109/2025)
Bases reguladoras de la convocatoria del Ayuntamiento de La Garrovilla para la concesión de ayudas para suministros mínimos vitales 2025
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Ayuntamiento de La Garrovilla

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f) Certificado de pensiones, positivo o negativo, emitido por el INSS o, en el caso de ser beneficiario de
pensión no contributiva o del régimen de clases pasivas, certificado de la pensión emitido por la
administración correspondiente, de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años.
g) En el caso de ser o haber sido perceptor de alguna prestación pública en los 3 meses inmediatamente
anteriores a la fecha de solicitud (maternidad, paternidad, incapacidad temporal, prestaciones familiares de
pago único, etc.), certificado emitido por la entidad pagadora de la prestación, de los miembros de la unidad
de convivencia mayores de 16 años.
h) Certificado de prestaciones o subsidios por desempleo, positivo o negativo, emitido por el SEPE, de los
miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años.
i) Alta a terceros de la entidad bancaria.
3. Los interesados deberán aportar la documentación justificativa de los ingresos percibidos por todos los miembros de la
unidad de convivencia en los 3 meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda (nóminas,
certificados…).
4. Cuando en la solicitud se indique que algún miembro de la unidad de convivencia tiene reconocido un grado de
discapacidad igual o superior al 65% o tuviera reconocida la situación de dependencia, deberá aportarse copia compulsada
de la correspondiente resolución de reconocimiento o certificado. Si no se aportara, no se tendrá en cuenta tal circunstancia
a la hora de resolver.
5. Cuando en la solicitud se indique que se está afrontando el pago de un préstamo hipotecario sobre la vivienda habitual,
deberá aportarse fotocopia compulsada del contrato de préstamo (o certificado emitido por la entidad financiera) y de los
recibos de pago de los 3 meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud. Si no se aportara esta documentación, no
se tendrá en cuenta tal circunstancia a la hora de resolver.
6. Cuando en la solicitud se indique que se está afrontando el pago de un alquiler sobre la vivienda habitual, deberá
aportarse fotocopia compulsada del contrato de alquiler y de los recibos de pago de los 3 meses inmediatamente anteriores
a la fecha de solicitud. Si no se aportara esta documentación, no se tendrá en cuenta tal circunstancia a la hora de resolver.
7. Cuando el solicitante haya estado empadronado durante el año en el que presente la solicitud en otro municipio de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, deberá aportar certificado del Ayuntamiento de ese municipio que indique si ha
percibido o no ayudas para suministros mínimos vitales, en caso de haberlas percibido, el certificado deberá indicar las
cantidades totales reconocidas y abonadas.
Artículo 8. Procedimiento de concesión de las ayudas del Programa de colaboración económica municipal para suministros
mínimos vitales.
1. Las ayudas serán resueltas por orden de registro de entrada de la solicitud en el registro del Ayuntamiento de La
Garrovilla, a partir del momento en el que estuviera completa.
2. La instrucción del procedimiento se realizará por los Servicios Sociales del Ayuntamiento de La Garrovilla, comprobando la
solicitud y documentación presentada, así como el cumplimiento de los requisitos específicos para la concesión de ayudas
para suministros mínimos vitales.
A tales efectos, podrán pedir cuantos datos e informes sean necesarios a otras instituciones o entidades públicas y privadas
o a la propia persona solicitante, limitándose a aquellos que resulten imprescindibles para la comprobación del
cumplimiento por parte de la persona solicitante de los requisitos que se exigen para acceder a la prestación.
3. Las propuestas de resolución serán elevadas a la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de La Garrovilla, que será el
órgano encargado de resolver. La resolución será notificada individualmente al solicitante y contendrá el concepto y el
importe de la ayuda concedida.
4. Los beneficiarios de las ayudas están obligados a suministrar toda la información que se les requiera por parte del
Ayuntamiento de La Garrovilla.
Artículo 9. Régimen de concesión y normativa aplicable.
1.- Conforme al artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con carácter excepcional,
podrán concederse de forma directa aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público social,
económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
La presente convocatoria regula la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva y de adjudicación directa, hasta
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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