Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Albuera. (01133/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión, mediante concurso por el sistema de movilidad, de dos puestos de Agente de la Policía Local
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Ayuntamiento de La Albuera

Anuncio 1133/2025

Para participar en este proceso selectivo, además de los previstos por la legislación básica para acceder a la función pública,
las personas aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos recogidos en el artículo 55.5 de la Ley 7/2017, de 1 de
agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura:
a) Ser funcionario/a de carrera, perteneciente a la subescala de Servicios Especiales, categoría de Agente de
Policía Local u Oficial de Policía Local, grupo C1, de cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
b) Haber permanecido, como mínimo, tres años en situación administrativa de servicio activo en la misma
categoría como funcionario de carrera en el Cuerpo o plantilla de Policía Local del Ayuntamiento de
procedencia.
c) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes
funciones.
d) Acreditar la aptitud física mediante la presentación de un certificado médico extendido en impreso oficial y
firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el aspirante reúne las
condiciones físicas y sanitarias necesarias para el ejercicio de la función policial.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de la
administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas. De producirse la
suspensión o la inhabilitación con posterioridad a la resolución del concurso por un procedimiento iniciado
con anterioridad a la fecha de convocatoria del concurso, se entenderán anuladas todas las actuaciones
respecto del aspirante.
f) No exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa para el acceso al empleo público (52 años).
g) Estar en posesión del permiso de conducir de las clases A2 y B.
h) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos, procediendo a su acreditación mediante certificado.
i) No encontrarse en situación de segunda actividad, y que resten como mínimo 3 años para pasar a esa
situación por petición propia.
j) No hallarse en situación administrativa de suspensión de funciones.
k) No hallarse en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar en tanto
no haya transcurrido el plazo de dos años desde el pase a la misma.
l) No hallarse en situación de expectativa de destino o en la situación de excedencia forzosa.
m) Prestar el compromiso de portar armas, y en su caso, llegar a utilizarlas en los casos previstos en la ley.
Todos los requisitos precedentes deberán ser reunidos por el aspirante el día en que finalice el plazo de presentación
solicitudes para tomar parte en la convocatoria, mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma
de posesión, y acreditarse, en caso de resultar seleccionado, del modo indicado en las bases de la convocatoria.
Tercera.- Solicitudes.
3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en solicitud, según modelo recogido
en el anexo I de estas bases, dirigida al señor Alcalde-Presidente, manifestando en la misma que reúnen todos y cada uno
de los requisitos exigidos en la convocatoria, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de
solicitudes.
El anexo I se podrá obtener en la página web municipal https://sede.laalbuera.es/ (prodirect seguridad.com/transparenciaalbuera.
3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del
extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Asimismo, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
3.3. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en el artículo 16.4 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes presentadas a través de las oficinas de Correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por
el personal funcionario de dicho organismo antes de ser certificadas. Si la solicitud se presentara en otro registro distinto al
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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