Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de Alcocer. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01084/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del programa de formación y empleo ESCALA "Alcocer V"
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Puebla de Alcocer
Anuncio 1084/2025
Artículo 12. Condiciones económicas.
Los salarios quedan fijados en cada contrato de trabajo según la resolución de la primera convocatoria de subvenciones de
la línea I a entidades promotoras de proyectos del Programa de formación y empleo ESCALA con fecha 23 de octubre de
2024 de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura.
En lo referente, a la primera etapa de formación inicial, el alumnado recibirá una beca por importe de 13,50€ por día lectivo
y alumno/a.
Artículo 13. Calendario laboral y vacaciones.
Apartado 1: El proyecto ESCALA "Alcocer V" se regirá por el calendario laboral que anualmente apruebe la administración, de
tal manera que se considerarán no laborables, además de los días considerados como tales a nivel nacional y regional, los
días establecidos por la entidad promotora para el ejercicio 2024/2025 siendo un total de 14 días.
En el caso de que alguno de los festivos, coincidan en sábado y/o domingo y no hayan sido sustituidos por un día hábil
podrán ser compensados por días de asuntos propios o vacaciones. Por la dirección se informará con la antelación debida a
todo el personal del proyecto.
Apartado 2: Las vacaciones anuales retribuidas serán de veintidós días laborables por año completo de servicio, o los días
que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicio durante el año es menor.
La dirección del proyecto, una vez analizados los itinerarios formativos y las unidades de obra encomendadas, podrá
restringir las fechas disponibles para el disfrute del período vacacional, cuando entienda que la suspensión de las
actividades en determinadas fechas repercute negativamente en el desarrollo del proyecto.
El calendario de vacaciones será pactado por el personal del proyecto ESCALA "Alcocer V", los representantes de la entidad
promotora y la dirección del proyecto, entendiendo en cualquier caso que los periodos establecidos afectan a la totalidad de
participantes. Las vacaciones anuales no podrán ser sustituidas por compensación económica alguna.
El calendario de vacaciones será expuesto con la suficiente antelación en lugar accesible a los/as interesados/as.
Los periodos vacacionales serán solicitados por escrito en el modelo oficial facilitado al respecto.
Apartado 3: Durante la primera etapa formativa el alumnado disfrutará de los festivos aprobados en días lectivos, no siendo
de aplicación los demás derechos laborales contenidos en este artículo.
Artículo 14. Permisos y licencias.
A este respecto el proyecto ESCALA "Alcocer V", se rige por el Convenio Colectivo del Ayuntamiento si lo hubiere como
entidad promotora y empleadora, así como por el Estatuto de los Trabajadores y el Estatuto Básico del Empleado Público.
Apartado 1: Las personas trabajadoras, previo aviso y justificación, podrán ausentarse del trabajo, con derecho a
remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
- 15 días naturales en caso de matrimonio o formación de pareja, que podrá disponerse con anterioridad o
posterioridad a su celebración, incluyendo el día de la boda. Para la formación de pareja se exigirá el
certificado de convivencia.
- Por traslado de domicilio sin cambio de residencia, un día.
- Por lactancia de un hijo menor de doce meses tendrá derecho a una hora de ausencia del trabajo que podrá
dividir en dos fracciones. Este derecho podrá sustituirse por una reducción de la jornada normal en media
hora al inicio y al final de la jornada o, en una hora al inicio o al final de la jornada, con la misma finalidad. Este
derecho podrá ser ejercido indistintamente por uno u otro de los progenitores, en el caso de que ambos
trabajen. Igualmente, la empleada o empleado podrá solicitar la sustitución del tiempo de lactancia por un
permiso.
- Por accidente o enfermedad grave, ingreso hospitalario o intervención quirúrgica sin hospitalización que
requiera de reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o familiar hasta el segundo grado de
consanguinidad o afinidad cinco días hábiles.
En el caso de fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiar hasta el segundo grado de consanguinidad
o afinidad, 2 días hábiles, ampliándose dicho plazo en 2 días si la persona trabajadora necesitase realizar
desplazamiento a tal efecto.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Artículo 12. Condiciones económicas.
Los salarios quedan fijados en cada contrato de trabajo según la resolución de la primera convocatoria de subvenciones de
la línea I a entidades promotoras de proyectos del Programa de formación y empleo ESCALA con fecha 23 de octubre de
2024 de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura.
En lo referente, a la primera etapa de formación inicial, el alumnado recibirá una beca por importe de 13,50€ por día lectivo
y alumno/a.
Artículo 13. Calendario laboral y vacaciones.
Apartado 1: El proyecto ESCALA "Alcocer V" se regirá por el calendario laboral que anualmente apruebe la administración, de
tal manera que se considerarán no laborables, además de los días considerados como tales a nivel nacional y regional, los
días establecidos por la entidad promotora para el ejercicio 2024/2025 siendo un total de 14 días.
En el caso de que alguno de los festivos, coincidan en sábado y/o domingo y no hayan sido sustituidos por un día hábil
podrán ser compensados por días de asuntos propios o vacaciones. Por la dirección se informará con la antelación debida a
todo el personal del proyecto.
Apartado 2: Las vacaciones anuales retribuidas serán de veintidós días laborables por año completo de servicio, o los días
que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicio durante el año es menor.
La dirección del proyecto, una vez analizados los itinerarios formativos y las unidades de obra encomendadas, podrá
restringir las fechas disponibles para el disfrute del período vacacional, cuando entienda que la suspensión de las
actividades en determinadas fechas repercute negativamente en el desarrollo del proyecto.
El calendario de vacaciones será pactado por el personal del proyecto ESCALA "Alcocer V", los representantes de la entidad
promotora y la dirección del proyecto, entendiendo en cualquier caso que los periodos establecidos afectan a la totalidad de
participantes. Las vacaciones anuales no podrán ser sustituidas por compensación económica alguna.
El calendario de vacaciones será expuesto con la suficiente antelación en lugar accesible a los/as interesados/as.
Los periodos vacacionales serán solicitados por escrito en el modelo oficial facilitado al respecto.
Apartado 3: Durante la primera etapa formativa el alumnado disfrutará de los festivos aprobados en días lectivos, no siendo
de aplicación los demás derechos laborales contenidos en este artículo.
Artículo 14. Permisos y licencias.
A este respecto el proyecto ESCALA "Alcocer V", se rige por el Convenio Colectivo del Ayuntamiento si lo hubiere como
entidad promotora y empleadora, así como por el Estatuto de los Trabajadores y el Estatuto Básico del Empleado Público.
Apartado 1: Las personas trabajadoras, previo aviso y justificación, podrán ausentarse del trabajo, con derecho a
remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
- 15 días naturales en caso de matrimonio o formación de pareja, que podrá disponerse con anterioridad o
posterioridad a su celebración, incluyendo el día de la boda. Para la formación de pareja se exigirá el
certificado de convivencia.
- Por traslado de domicilio sin cambio de residencia, un día.
- Por lactancia de un hijo menor de doce meses tendrá derecho a una hora de ausencia del trabajo que podrá
dividir en dos fracciones. Este derecho podrá sustituirse por una reducción de la jornada normal en media
hora al inicio y al final de la jornada o, en una hora al inicio o al final de la jornada, con la misma finalidad. Este
derecho podrá ser ejercido indistintamente por uno u otro de los progenitores, en el caso de que ambos
trabajen. Igualmente, la empleada o empleado podrá solicitar la sustitución del tiempo de lactancia por un
permiso.
- Por accidente o enfermedad grave, ingreso hospitalario o intervención quirúrgica sin hospitalización que
requiera de reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o familiar hasta el segundo grado de
consanguinidad o afinidad cinco días hábiles.
En el caso de fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiar hasta el segundo grado de consanguinidad
o afinidad, 2 días hábiles, ampliándose dicho plazo en 2 días si la persona trabajadora necesitase realizar
desplazamiento a tal efecto.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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