Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01075/2025)
Bases para la provisión por el procedimiento de concurso específico de méritos de un puesto de Ingeniero Técnico de Obras Públicas para el servicio de Urbanismo del Ayuntamiento de Don Benito
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Don Benito
Anuncio 1075/2025
localidad que aquel donde se encuentren destinados con carácter definitivo.
Tercera: Solicitudes.
1. El personal funcionario interesado en participar en esta convocatoria deberá presentar la solicitud mediante instancia
dirigida a la Sra. Alcaldesa-Presidenta, en el registro general de este Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto por el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Quienes
no presenten su solicitud directamente en el registro general de entrada del Ayuntamiento de Don Benito, y lo hagan por
ventanilla única o mediante envío por correo postal, asimismo deberán remitir a la Secretaría General del Ayuntamiento de
Don Benito copia de la solicitud vía fax al número siguiente: 924 81 32 29 (fax Ayuntamiento de Don Benito) o correo
electrónico: secretaria@donbenito.es (correo electrónico de la Secretaría General del Ayuntamiento de Don Benito).
2. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de un
extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, una vez que se hayan publicado íntegramente las bases en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
3. Las personas solicitantes habrán de manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a la
fecha de finalización del plazo de admisión de solicitudes. Estas condiciones deberán mantenerse a lo largo de todo el
proceso.
4. Necesariamente junto con las solicitudes de participación deberá acompañarse la relación de méritos alegados y una
memoria, en los términos que se detallan en la base sexta de esta convocatoria.
5. Las solicitudes de participación formuladas podrán ser renunciables por la persona peticionaria hasta el día después de la
publicación de la designación de las y los miembros que han de constituir la Comisión Técnica de Valoración.
Cuarta: Relación de admitidos y excluidos.
1. Expirado el plazo de presentación de instancias, por la Sra. Alcaldesa, se dictará resolución declarando aprobada la lista
provisional de personas admitidas y excluidas y la causa de exclusión, que se publicará en el en el tablón de empleo del área
actualidad/empleo de la página web del Ayuntamiento de Don Benito: www.donbenito.es, dándose un plazo de 5 días
hábiles de subsanación de las causas de exclusión que por su naturaleza sean subsanables y que comenzará a contar a
partir del día siguiente a dicha publicación.
2. En la resolución que apruebe la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, se designarán las y los miembros
que han de constituir la Comisión Técnica de Valoración y se publicará, de igual forma, en el tablón de empleo del área
actualidad/empleo de la página web del Ayuntamiento de Don Benito: www.donbenito.es.
Quinta: Comisión Técnica de Valoración.
1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 119.2 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, en
ningún caso, podrán formar parte de los órganos técnicos de valoración el personal de elección o de designación política, el
personal funcionario interino, el personal laboral o el personal eventual. La pertenencia a este órgano será siempre a título
individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.
2. Se constituirá una Comisión Técnica de Valoración que estará integrada por los siguientes miembros:
Presidente:
Un funcionario de la Corporación nombrado por la Alcaldía.
Vocales:
- Un empleado público de la Junta de Extremadura.
- Tres empleados públicos de este Ayuntamiento nombrados por la Alcaldía.
Secretario:
El de la Corporación o funcionario en quien delegue.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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localidad que aquel donde se encuentren destinados con carácter definitivo.
Tercera: Solicitudes.
1. El personal funcionario interesado en participar en esta convocatoria deberá presentar la solicitud mediante instancia
dirigida a la Sra. Alcaldesa-Presidenta, en el registro general de este Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto por el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Quienes
no presenten su solicitud directamente en el registro general de entrada del Ayuntamiento de Don Benito, y lo hagan por
ventanilla única o mediante envío por correo postal, asimismo deberán remitir a la Secretaría General del Ayuntamiento de
Don Benito copia de la solicitud vía fax al número siguiente: 924 81 32 29 (fax Ayuntamiento de Don Benito) o correo
electrónico: secretaria@donbenito.es (correo electrónico de la Secretaría General del Ayuntamiento de Don Benito).
2. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de un
extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, una vez que se hayan publicado íntegramente las bases en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
3. Las personas solicitantes habrán de manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a la
fecha de finalización del plazo de admisión de solicitudes. Estas condiciones deberán mantenerse a lo largo de todo el
proceso.
4. Necesariamente junto con las solicitudes de participación deberá acompañarse la relación de méritos alegados y una
memoria, en los términos que se detallan en la base sexta de esta convocatoria.
5. Las solicitudes de participación formuladas podrán ser renunciables por la persona peticionaria hasta el día después de la
publicación de la designación de las y los miembros que han de constituir la Comisión Técnica de Valoración.
Cuarta: Relación de admitidos y excluidos.
1. Expirado el plazo de presentación de instancias, por la Sra. Alcaldesa, se dictará resolución declarando aprobada la lista
provisional de personas admitidas y excluidas y la causa de exclusión, que se publicará en el en el tablón de empleo del área
actualidad/empleo de la página web del Ayuntamiento de Don Benito: www.donbenito.es, dándose un plazo de 5 días
hábiles de subsanación de las causas de exclusión que por su naturaleza sean subsanables y que comenzará a contar a
partir del día siguiente a dicha publicación.
2. En la resolución que apruebe la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, se designarán las y los miembros
que han de constituir la Comisión Técnica de Valoración y se publicará, de igual forma, en el tablón de empleo del área
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Quinta: Comisión Técnica de Valoración.
1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 119.2 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, en
ningún caso, podrán formar parte de los órganos técnicos de valoración el personal de elección o de designación política, el
personal funcionario interino, el personal laboral o el personal eventual. La pertenencia a este órgano será siempre a título
individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.
2. Se constituirá una Comisión Técnica de Valoración que estará integrada por los siguientes miembros:
Presidente:
Un funcionario de la Corporación nombrado por la Alcaldía.
Vocales:
- Un empleado público de la Junta de Extremadura.
- Tres empleados públicos de este Ayuntamiento nombrados por la Alcaldía.
Secretario:
El de la Corporación o funcionario en quien delegue.
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