Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (01008/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del programa de escuela de aprendizaje laboral ESCALA "Manteniendo La Torre"
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Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero

Anuncio 1008/2025

básica de apoyo, además de participar de acciones de orientación y asesoramiento y de adquisición de competencias
genéricas y transversales.
La fase de formación inicial tendrá una duración de 3 meses y contará con una jornada lectiva de 7 horas de duración, de
lunes a viernes, según consta en el proyecto aprobado.
En esta fase, el alumnado percibe una beca de asistencia diaria por un importe de 13,50 euros/día de asistencia al proyecto.
Estas becas serán compatibles con la percepción de prestaciones o cualquier tipo de subsidios o rentas contempladas
dentro del sistema de protección por desempleo, si bien su percepción será incompatible con la realización de trabajos por
cuenta propia o ajena. Las alumnas y alumnos que cesen en su trabajo por cuenta propia o ajena podrán recibir a partir de
dicha fecha la beca correspondiente.
Las becas no computarán como renta a efectos de lo establecido en el artículo 275.4 del Texto Refundido de la Ley General
de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, siendo estas liquidadas
mensualmente por parte de la entidad promotora siguiendo el protocolo establecido a tal fin.
El alumnado no percibirá las becas correspondientes a los días lectivos que no se asista a la formación sin causa justificada.
Según el artículo 29 del decreto 55/2024, de 18 de junio, en el supuesto de que la entidad promotora decida cubrir las bajas
de participantes se podrá proceder a su sustitución siempre que no haya transcurrido la primera etapa de desarrollo del
proyecto.
Las vacantes serán cubiertas por aquellas personas candidatas incluidas en el listado definitivo de seleccionados/as del
proceso selectivo que figuren como reservas, o en su defecto, por los procedimientos de selección previstos en el artículo 26
del decreto 55/2024, de 18 de junio, previo informe del personal del proyecto que acredite que la persona sustituta podrá
superar el itinerario formativo según el modelo 11 (informe sustitución alumnado) a la sección del Servicio de Programas
Mixtos de Formación y Empleo de Badajoz.
Las bajas del alumnado-trabajador podrán ser cubiertas únicamente en el caso de que se pueda impartir a la persona
sustituta el itinerario formativo completo, que a fecha de contratación no haya transcurrido la primera etapa de desarrollo
del proyecto y siempre que la persona sustituta cumpla los requisitos para poder acceder a la formación del itinerario
formativo del proyecto (artículos 15 y 29 del decreto 55/2024, de 18 de junio).
Si durante el desarrollo de la etapa formativa inicial alguna persona participante desempleada pasa a la situación laboral de
ocupada, podrá continuar asistiendo al proyecto siempre que haya compatibilidad entre el horario formativo y el laboral, de
manera que le permita cumplir los requisitos de asistencia y finalizar con aprovechamiento la acción formativa.
Fase 2 (etapa de formación en alternancia con el trabajo), a la que se accede una vez superado con calificación de apto el
itinerario formativo laboral desarrollado en la fase 1. Esta fase tiene una duración de 9 meses y lleva aparejado la
formalización de un contrato temporal para la formación en alternancia en programas de empleo y formación por la
duración de la etapa de formación en alternancia con el trabajo del proyecto del programa formación y empleo ESCALA, es
decir, de 9 meses, no pudiendo exceder de la fecha final del proyecto.
Podrán acceder a esta etapa del proyecto las personas participantes en la etapa formativa inicial que:
- Figuren de alta en el proyecto el último día de la primera etapa, siempre que hayan superado la evaluación
de los módulos formativos cursados en esta etapa.
- Cumplan los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato de formación
en alternancia con el empleo.
- No padezcan enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño normal de las funciones
propias del puesto, ni cualquier otro impedimento personal, o de cualquier otra índole, para la realización de
las actividades propias de la ocupación laboral a desempeñar, de acuerdo con la normativa de aplicación.
En aquellos proyectos conducentes a la obtención de un certificado profesional, el alumno/a deberá asistir al menos al 75%
de las horas de cada uno de los módulos para poder acceder a la prueba de evaluación del mismo. En caso de acciones con
programas formativos, se computará el 75% de la asistencia sobre el total de horas del proyecto para la realización de la
prueba final.
Para el cálculo del 75% de la asistencia se descontarán todas las faltas de asistencia, sean o no justificadas.
Durante esta etapa, con una duración de 9 meses, el alumnado-trabajador recibirá formación con una duración mínima del
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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