Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente de Cantos. (00975/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de la Escuela de Aprendizaje Laboral "Resbar 24.25"
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Fuente de Cantos

Anuncio 975/2025

Realización de acciones de acompañamiento/tutorización, como un proceso de guía y motivación continuada en el
desarrollo personal y profesional de cada participante, fortaleciendo su papel social, contribuyendo a mejorar su
capacidad para la toma de decisiones y a la realización de las acciones y actividades previstas.
Realizar sesiones de evaluación individualizada. Se analizará el perfil formativo y/o laboral, su situación personal, se
identificarán cuáles son sus carencias y motivaciones y se adaptarán a sus expectativas. Se completará el diagnóstico
realizado en el itinerario previo en función de los objetivos del programa.
Realizar sesiones de orientación y talleres de desarrollo de aspectos personales para el empleo. La persona
orientadora llevará a cabo actuaciones de asesoramiento y/o información y se trabajará el autoconocimiento, la
gestión de las emociones, la orientación del proceso personal de formación, el descubrimiento de las fortalezas y las
motivaciones para abordar el presente y el futuro, las preferencias profesionales y el conocimiento del mundo
laboral, entre otros.
Desarrollar la adquisición de competencias genéricas y transversales mediante dinámicas, técnicas u otros recursos
que se consideren adecuados, y mediante el desarrollo de un proyecto de Aprendizaje-Servicio (ApS) que tutelará.
Todas estas funciones se realizarán colaborando en la implementación de estrategias metodológicas con todo el
equipo directivo y docente, basadas en el trabajo por competencias, de forma transversal, apoyándose en
estructuras de trabajo cooperativo y colaborativo, así como el establecimiento de sinergias entre los mismos.
Monitores.
Planificación, programación, seguimiento y evaluación de los contenidos teórico-prácticos de su especialidad,
incluyendo la relacionada con los cursos monográficos de su especialidad para los cuales se encuentren
suficientemente cualificados, según lo establecido en las normas por las que se regulan los certificados de
profesionalidad.
Participar en la metodología que utilice todo el equipo para que el proyecto formativo facilite el trabajo por
competencias, de forma transversal, utilizando, entre otras, las orientaciones establecidas en la difusión pública y en
la orden de 26 de noviembre de 2020.
Planificación y ejecución de las unidades de obra/prestación de servicios según redacción del proyecto aprobado.
Colaborar en la adaptación del programa formativo a las características de aprobación y a la situación real de los
objetivos.
Jefe/a de taller y de las actuaciones en obra asignadas.
Uso y custodia de la maquinaria, herramientas y materiales asignados.
Control de asistencia diaria de los alumnos trabajadores.
Aplicación de la normativa en prevención de riesgos laborales.
Colaboración en la elaboración e implantación del plan de inserción laboral de los alumnos trabajadores y de
posibles proyectos emprendedores transformadores del entorno.
Colaborar en el desarrollo de acciones que promuevan la incorporación al mercado laboral del alumnado trabajador.
Colaborar en el desarrollo de un proyecto de Aprendizaje-Servicio (ApS): Aprender haciendo un servicio a la
comunidad. En este proyecto, se trabajará la adquisición o mejora de las siguientes competencias: Autoconfianza,
comunicación, cumplimiento de tareas, gestión del tiempo, capacidad de relación, flexibilidad y tolerancia a la
frustración, análisis y resolución de problemas y fomento de la iniciativa y espíritu emprendedor.
Artículo 9.- Derechos.
- Dirigir e impartir las clases de acuerdo con su criterio, teniendo en cuenta las directrices del proyecto.
- Ser informado de cualquier problema o situación que le afecte a él o a sus clases.
- Reunirse en el centro para tratar temas de carácter profesional y laboral, siempre que no se perturbe el
desarrollo normal de las actividades.
- Formular cuantas reclamaciones estime oportunas.
- Formación para el puesto de trabajo.
Artículo 10.- Deberes.
- Asistir al centro y permanecer en él durante las horas asignadas en su horario. De sus ausencias darán parte
a la dirección del centro.
- Prestar un servicio docente y técnico de calidad.
- Respetar la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión de los alumnos y compañeros.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 6 de 12