Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuentes de León. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (00951/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno para el Programa ESCALA "Santa Ana" de Fuentes de León
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Fuentes de León
Anuncio 951/2025
- Asamblea: Estará compuesta por el equipo directivo, técnico y docente y por la representación del
alumnado, que recae en el delegado/a y subdelegado/a. Representa al órgano conjunto, y velará por la
eficacia del Programa, así como el seguimiento del mismo para su buen funcionamiento. Se reunirán en
sesión extraordinaria cuando los componentes del mismo lo crean necesario y oportuno.
IV. ORGANIZACIÓN OPERATIVA
Artículo 5: La organización operativa responde a la distribución de funciones del personal que lo compone, funciones que
quedan recogidas en sus condiciones contractuales con el Ayuntamiento de Fuentes de León.
Las funciones y responsabilidades de los miembros del equipo, son, entre otras:
Director/a siendo las funciones las siguientes:
- Administrar operativamente la gestión de la formación y de los recursos humanos a través del
correcto tratamiento, la transmisión de la información, el seguimiento y la evaluación del
desempeño profesional.
- Dentro del ámbito de competencias asignadas por la entidad promotora: Previsión,
elaboración, y control presupuestario de las cantidades consignadas para el desarrollo de las
actividades, así como de las cantidades atípicas, teniendo en cuenta los conceptos de gastos
subvencionables, cuantía de la subvención, pago de las subvenciones y justificación de la
subvención.
- Mantenimiento actualizado del conjunto de documentos e informaciones administrativo
laborales de la plantilla, el control de los procesos de elaboración de nóminas y documentación
derivada.
- Apoyo, control y seguimiento de las actuaciones en el ámbito de la seguridad e higiene.
- Desarrollo de los procesos de comunicación y archivo documental generados en la actividad
del proyecto.
- Organización de los recursos humanos y materiales que garanticen la impartición de los
módulos complementarios.
- Implementación de una dinámica de equipo que fomente la competencia profesional y
personal a través de las habilidades de escucha, asertivas, de autocontrol y de resolución de
conflictos, para conseguir una mayor eficacia en el proceso de enseñanza aprendizaje,
trabajando en un entorno cooperativo y colaborativo.
- Desarrollo de acciones que promuevan la incorporación del alumnado trabajador al mercado
laboral incluyendo entre otras actuaciones la orientación profesional, la dinamización de la
búsqueda de empleo y el contacto con posibles empleadores/oras.
- Cumplimentación de la justificación económica en la aplicación GETCOTEX.
Coordinador/a de Formación/Tutora:
- Coordinación del equipo docente en relación con la planificación, programación, seguimiento
y evaluación de los contenidos teórico prácticos y de los trabajos a realizar por el alumnado
trabajador en su aspecto formativo, con el objetivo de conseguir una gestión conjunta y
unificada, y en particular según lo establecido en el Real Decreto 659/2023, de 19 de julio, por el
que se desarrolla la ordenación del sistema de Formación Profesional y en lo no derogado de la
Orden ESS/1894/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18
de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los
que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.
- Adaptación del programa formativo a las características de aprobación y a la situación real de
los objetivos. Asesoramiento metodológico a los/as monitores/as.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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- Asamblea: Estará compuesta por el equipo directivo, técnico y docente y por la representación del
alumnado, que recae en el delegado/a y subdelegado/a. Representa al órgano conjunto, y velará por la
eficacia del Programa, así como el seguimiento del mismo para su buen funcionamiento. Se reunirán en
sesión extraordinaria cuando los componentes del mismo lo crean necesario y oportuno.
IV. ORGANIZACIÓN OPERATIVA
Artículo 5: La organización operativa responde a la distribución de funciones del personal que lo compone, funciones que
quedan recogidas en sus condiciones contractuales con el Ayuntamiento de Fuentes de León.
Las funciones y responsabilidades de los miembros del equipo, son, entre otras:
Director/a siendo las funciones las siguientes:
- Administrar operativamente la gestión de la formación y de los recursos humanos a través del
correcto tratamiento, la transmisión de la información, el seguimiento y la evaluación del
desempeño profesional.
- Dentro del ámbito de competencias asignadas por la entidad promotora: Previsión,
elaboración, y control presupuestario de las cantidades consignadas para el desarrollo de las
actividades, así como de las cantidades atípicas, teniendo en cuenta los conceptos de gastos
subvencionables, cuantía de la subvención, pago de las subvenciones y justificación de la
subvención.
- Mantenimiento actualizado del conjunto de documentos e informaciones administrativo
laborales de la plantilla, el control de los procesos de elaboración de nóminas y documentación
derivada.
- Apoyo, control y seguimiento de las actuaciones en el ámbito de la seguridad e higiene.
- Desarrollo de los procesos de comunicación y archivo documental generados en la actividad
del proyecto.
- Organización de los recursos humanos y materiales que garanticen la impartición de los
módulos complementarios.
- Implementación de una dinámica de equipo que fomente la competencia profesional y
personal a través de las habilidades de escucha, asertivas, de autocontrol y de resolución de
conflictos, para conseguir una mayor eficacia en el proceso de enseñanza aprendizaje,
trabajando en un entorno cooperativo y colaborativo.
- Desarrollo de acciones que promuevan la incorporación del alumnado trabajador al mercado
laboral incluyendo entre otras actuaciones la orientación profesional, la dinamización de la
búsqueda de empleo y el contacto con posibles empleadores/oras.
- Cumplimentación de la justificación económica en la aplicación GETCOTEX.
Coordinador/a de Formación/Tutora:
- Coordinación del equipo docente en relación con la planificación, programación, seguimiento
y evaluación de los contenidos teórico prácticos y de los trabajos a realizar por el alumnado
trabajador en su aspecto formativo, con el objetivo de conseguir una gestión conjunta y
unificada, y en particular según lo establecido en el Real Decreto 659/2023, de 19 de julio, por el
que se desarrolla la ordenación del sistema de Formación Profesional y en lo no derogado de la
Orden ESS/1894/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18
de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los
que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.
- Adaptación del programa formativo a las características de aprobación y a la situación real de
los objetivos. Asesoramiento metodológico a los/as monitores/as.
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