Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios La Serena (Castuera). Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00821/2025)
Aprobación inicial del Reglamento de régimen interno del programa de formación y empleo ESCALA "La Serena: Somos Comarca"
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Mancomunidad de Municipios La Serena
Anuncio 821/2025
física, ideológica, religiosa, étnica o sexual.
Respeto a su conciencia cívica y moral.
Respeto a su dignidad personal.
Recibir una educación integral y una formación profesional (alumnos-as/trabajadores-as) que les capacite en el
conocimiento de un oficio para su futura inserción laboral, conforme a los objetivos de la escuela profesional y a las
necesidades y posibilidades personales de cada uno.
Utilizar con la corrección debida las instalaciones, mobiliario y material de la escuela profesional.
Disponer de las herramientas, equipos y utillaje adecuados para el desempeño de sus tareas conforme a las normas de
seguridad y salud laboral en el trabajo.
A su integridad física y a una adecuada puesta en práctica de las normas de seguridad e higiene en el trabajo.
Realizar actividades culturales diversas que contribuyan a su formación integral.
A ser asesorados en la adquisición de técnicas de autoempleo y fórmulas para su inserción laboral.
A participar en la organización de la escuela, a través de la formulación de sugerencias y opiniones, bien de forma individual
o colectiva.
A no ser discriminados por razón de sexo, estado civil, raza, edad, condición social, orientación sexual, ideas religiosas o
políticas, disminución física, psíquica o sensorial... según lo establecido en la Ley.
A la percepción de la remuneración legalmente establecida.
A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
Artículo 8.- Deberes.
Los que a continuación se relacionan:
Cumplir con los horarios que rigen en el centro, estableciéndose hasta diez minutos de demora, pasados los cuáles se
considerarán retraso y acumulables como falta.
Respetar la dignidad de cuantas personas forman parte de la escuela de aprendizaje laboral, así como mantener una actitud
cívica en su comportamiento personal.
Cumplir las obligaciones establecidas para su trabajo de todo el personal de la escuela profesional de conformidad con las
reglas de buena fe y diligencia.
Obedecer las órdenes de la autoridad competente del servicio escuela profesional, además del respeto y obediencia debida
al conducto reglamentario de la escuela de aprendizaje laboral (dirección, coordinación, gestión, monitores y personal de
apoyo).
Adoptar medidas de seguridad e higiene en el trabajo, utilizando correctamente las protecciones y medios que la escuela de
aprendizaje laboral pone a su disposición.
Realizar las tareas concretas que le sean encomendadas bajo la dirección de cualquier miembro del equipo técnico (directivo
y/o docente), pudiendo ser adoptadas por el equipo de formadores las oportunas medidas de vigilancia y control para
verificar tanto el cumplimiento de las obligaciones como el grado de aplicación del alumno-trabajador participante.
Participar activamente en las clases teóricas complementarias de su formación integral, cumpliendo con las tareas que les
sean encomendadas por los profesores, ya sean miembros integrantes del proyecto como aquellos colaboradores del
mismo.
Guardar el debido respeto a los/as compañeros/as, manteniendo un trato de corrección y colaborando con ellos en el
trabajo cuando sea necesario.
Respetar las instalaciones, mobiliario y demás material de la escuela y de la entidad promotora.
Hacerse responsables del vestuario, herramienta, utillaje o maquinaria al uso que les sean entregadas para su trabajo,
cuidándola y guardándola de modo conveniente y haciéndose cargo de su reposición en caso de pérdida o deterioro por
mal uso de la misma, siempre que se demuestre la falta de diligencia por parte del usuario en tales circunstancias. En tal
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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física, ideológica, religiosa, étnica o sexual.
Respeto a su conciencia cívica y moral.
Respeto a su dignidad personal.
Recibir una educación integral y una formación profesional (alumnos-as/trabajadores-as) que les capacite en el
conocimiento de un oficio para su futura inserción laboral, conforme a los objetivos de la escuela profesional y a las
necesidades y posibilidades personales de cada uno.
Utilizar con la corrección debida las instalaciones, mobiliario y material de la escuela profesional.
Disponer de las herramientas, equipos y utillaje adecuados para el desempeño de sus tareas conforme a las normas de
seguridad y salud laboral en el trabajo.
A su integridad física y a una adecuada puesta en práctica de las normas de seguridad e higiene en el trabajo.
Realizar actividades culturales diversas que contribuyan a su formación integral.
A ser asesorados en la adquisición de técnicas de autoempleo y fórmulas para su inserción laboral.
A participar en la organización de la escuela, a través de la formulación de sugerencias y opiniones, bien de forma individual
o colectiva.
A no ser discriminados por razón de sexo, estado civil, raza, edad, condición social, orientación sexual, ideas religiosas o
políticas, disminución física, psíquica o sensorial... según lo establecido en la Ley.
A la percepción de la remuneración legalmente establecida.
A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
Artículo 8.- Deberes.
Los que a continuación se relacionan:
Cumplir con los horarios que rigen en el centro, estableciéndose hasta diez minutos de demora, pasados los cuáles se
considerarán retraso y acumulables como falta.
Respetar la dignidad de cuantas personas forman parte de la escuela de aprendizaje laboral, así como mantener una actitud
cívica en su comportamiento personal.
Cumplir las obligaciones establecidas para su trabajo de todo el personal de la escuela profesional de conformidad con las
reglas de buena fe y diligencia.
Obedecer las órdenes de la autoridad competente del servicio escuela profesional, además del respeto y obediencia debida
al conducto reglamentario de la escuela de aprendizaje laboral (dirección, coordinación, gestión, monitores y personal de
apoyo).
Adoptar medidas de seguridad e higiene en el trabajo, utilizando correctamente las protecciones y medios que la escuela de
aprendizaje laboral pone a su disposición.
Realizar las tareas concretas que le sean encomendadas bajo la dirección de cualquier miembro del equipo técnico (directivo
y/o docente), pudiendo ser adoptadas por el equipo de formadores las oportunas medidas de vigilancia y control para
verificar tanto el cumplimiento de las obligaciones como el grado de aplicación del alumno-trabajador participante.
Participar activamente en las clases teóricas complementarias de su formación integral, cumpliendo con las tareas que les
sean encomendadas por los profesores, ya sean miembros integrantes del proyecto como aquellos colaboradores del
mismo.
Guardar el debido respeto a los/as compañeros/as, manteniendo un trato de corrección y colaborando con ellos en el
trabajo cuando sea necesario.
Respetar las instalaciones, mobiliario y demás material de la escuela y de la entidad promotora.
Hacerse responsables del vestuario, herramienta, utillaje o maquinaria al uso que les sean entregadas para su trabajo,
cuidándola y guardándola de modo conveniente y haciéndose cargo de su reposición en caso de pérdida o deterioro por
mal uso de la misma, siempre que se demuestre la falta de diligencia por parte del usuario en tales circunstancias. En tal
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