Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00751/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del programa de formación y empleo ESCALA Fregenal
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra

Anuncio 751/2025

considerará que puede volver al proyecto, tras la consulta.
En el caso de saberse con antelación que se va a faltar, deberá comunicarse tal extremo al personal técnico del proyecto con
una antelación mínima de dos días hábiles, además de rellenar la solicitud y aportar el justificante correspondiente.
Cuando se aporte justificante de ausencia donde se establezca claramente el período de tiempo justificado, no debe
transcurrir más de diez minutos hasta su incorporación a las actividades del programa si es dentro de la población y el
tiempo suficiente para llegar a su puesto de trabajo si es fuera de la localidad (presentar documento que justifique el tiempo
empleado).
La fecha tope para entregar los justificantes será el mismo día de asistencia al médico o día siguiente en caso de no dar
tiempo a volver al programa.
2.- Está totalmente prohibido fumar en el interior del edificio.
3.- Queda prohibida la entrada al interior de las instalaciones del centro de toda persona ajena al programa. Si algún familiar
necesita localizar a algún alumno/a de este proyecto, deberá preguntar en las oficinas por la persona que busca y se le
facilitará la comunicación.
4.-El uso del móvil en las horas de clase queda prohibido, si algún alumno necesita estar localizable durante ese periodo de
tiempo, por algún motivo especial, pueden llamar al teléfono del centro y el equipo directivo le pasará la comunicación
5.- Queda totalmente prohibido la ingesta de bebidas alcohólicas o cualesquiera otras sustancias que pueda alterar la
normal actividad en el desarrollo del programa.
Artículo 10.- Derechos.
Los/as alumnos/as-trabajadores/as del proyecto "ESCALA Fregenal" tienen derecho a:
- Que se respete su dignidad personal.
- Respeto a su conciencia cívica y moral.
- Recibir una formación conforme a los objetivos del proyecto y a las necesidades y posibilidades personales
de cada alumno/a.
- Que se cumplan los tiempos establecidos para la formación y trabajo real en cada una de las etapas.
- Realizar cuantas actividades culturales y complementarias ayuden a fomentar su formación integral.
- Utilizar las instalaciones, mobiliario y material del proyecto para los fines que les son propios.
- Disponer del vestuario y utensilios adecuados para el desempeño de sus tareas conforme a las normas de
seguridad e higiene en el trabajo.
- Elegir a sus delegados y representantes ante el equipo técnico del proyecto.
- Formular cuantas iniciativas, consultas, sugerencias y reclamaciones estimen oportuna, bien a título
personal o a través de sus delegados.
- Recibir información y orientación sobre su rendimiento.
- A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
- A su integridad física y a una adecuada puesta en práctica de las normas de seguridad higiene en el trabajo.
- A no ser discriminado por razón de sexo, estado civil, raza, edad, condición social, ideas religiosas o políticas,
disminución física… según lo establecido en la Ley.
- A la percepción de la remuneración legalmente establecida.
- Permisos y licencias retribuidas cuando no puedan llevarse a cabo en horario distinto de la jornada de
trabajo previstas en la legislación aplicable y previa solicitud.
Artículo 11.- Deberes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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