Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00751/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del programa de formación y empleo ESCALA Fregenal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
Anuncio 751/2025
Funciones:
Recoger quejas y sugerencias de los alumnados/as–trabajadores/as.
Actuar como testigo en la comunicación de sanciones.
Firma de acuerdos establecidos entre todos los componentes del programa Escala.
Otras establecidas de mutuo acuerdo con el equipo técnico, para el buen desarrollo del proyecto.
Artículo 4.- Condiciones del personal Directivo y docente.
El personal directivo y docente mantiene con la entidad promotora una relación regulada formalmente por un contrato de
duración determinada, por lo que son considerados trabajadores/as, según condiciones de cada contrato suscrito entre
ambas partes y hasta el final del contrato.
Artículo 5.- Horario de trabajo.
La jornada lectiva para la etapa formativa inicial tendrá una duración de 7 horas al día de lunes a viernes, el horario de
comienzo será a las 7:30 y finaliza a las 14:30.
La jornada laboral del equipo técnico y directivo y en la segunda etapa del alumnado-trabajador se establece en 37 horas y
30 minutos semanales, que se distribuirán de lunes a domingo.
Se considera jornada laboral tanto las horas dedicadas a la formación teórico-práctica, como las dedicadas a trabajos reales.
El horario de trabajo comienza a las 7:30 y finaliza a las 15:00.
A las 7:30 horas en punto, el alumno/a trabajador/a y el equipo técnico deben de estar en las aulas, o lugar indicado por la
dirección del programa.
A la hora que mejor se adapte a las necesidades y eficacia del programa, se establecerá, un descanso de media hora.
Salvo causas debidamente justificadas no se permitirá la incorporación a las actividades del programa de formación y
empleo ESCALA pasados 20 minutos del inicio de la jornada, considerándose, por tanto, falta injustificada de asistencia de
esa jornada. Todo tiempo de falta injustificada se traducirá en disminución salarial.
Compensación de horas, cuando se realicen unidades de servicio a la comunidad en días festivos o fuera del horario
habitual de lunes a viernes, las horas serán compensadas por horas de descanso. Estas horas de descanso deberán
disfrutarlas el conjunto de los alumnos consensualmente y en una misma fecha para todos/as con el fin del buen
funcionamiento y desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje del certificado de profesionalidad.
Artículo 6.- Calendario laboral.
El programa se regirá por el calendario laboral que anualmente elabora la Administración, de tal forma que se considerarán
no laborables, además de los días considerados como tales a nivel Nacional, Regional, los dos días establecidos por la
entidad promotora para el ejercicio 2024/2025, que afectan al desarrollo del proyecto.
Artículo 7.- Vacaciones anuales.
El personal del programa tendrá derecho a vacaciones anuales retribuidas con duración de veintidós días hábiles, que se
decidirán a criterio del equipo técnico docente y siempre con la autorización de la Alcaldesa del ayuntamiento de Fregenal
de la Sierra.
El periodo de disfrute de las vacaciones anuales se fijará prioritariamente en un periodo que atienda a las necesidades del
proceso formativo y de ejecución de los proyectos de obra del programa. Dicho periodo se determinará a propuesta del
equipo técnico y sometido a consenso y será autorizado por el/la Alcalde/a.
Artículo 8.- Permisos y licencias.
Se estará a lo establecido en la legislación Vigente en la materia.
Artículo 9.- Normas generales.
1.- Justificación documental de la ausencia o falta de asistencia al proyecto Escala Fregenal. Toda ausencia al programa debe
ser justificada documentalmente.
Cuando se aporte un justificante médico y la dolencia impida al interesado reincorporarse al proyecto con normalidad
después de la consulta, deberá constar en el parte facultativo el día o los días que el paciente debe permanecer en reposo
domiciliario o baja médica en el caso que nos encontremos en la etapa de formación en alternancia. De no ser así, se
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Actuar como testigo en la comunicación de sanciones.
Firma de acuerdos establecidos entre todos los componentes del programa Escala.
Otras establecidas de mutuo acuerdo con el equipo técnico, para el buen desarrollo del proyecto.
Artículo 4.- Condiciones del personal Directivo y docente.
El personal directivo y docente mantiene con la entidad promotora una relación regulada formalmente por un contrato de
duración determinada, por lo que son considerados trabajadores/as, según condiciones de cada contrato suscrito entre
ambas partes y hasta el final del contrato.
Artículo 5.- Horario de trabajo.
La jornada lectiva para la etapa formativa inicial tendrá una duración de 7 horas al día de lunes a viernes, el horario de
comienzo será a las 7:30 y finaliza a las 14:30.
La jornada laboral del equipo técnico y directivo y en la segunda etapa del alumnado-trabajador se establece en 37 horas y
30 minutos semanales, que se distribuirán de lunes a domingo.
Se considera jornada laboral tanto las horas dedicadas a la formación teórico-práctica, como las dedicadas a trabajos reales.
El horario de trabajo comienza a las 7:30 y finaliza a las 15:00.
A las 7:30 horas en punto, el alumno/a trabajador/a y el equipo técnico deben de estar en las aulas, o lugar indicado por la
dirección del programa.
A la hora que mejor se adapte a las necesidades y eficacia del programa, se establecerá, un descanso de media hora.
Salvo causas debidamente justificadas no se permitirá la incorporación a las actividades del programa de formación y
empleo ESCALA pasados 20 minutos del inicio de la jornada, considerándose, por tanto, falta injustificada de asistencia de
esa jornada. Todo tiempo de falta injustificada se traducirá en disminución salarial.
Compensación de horas, cuando se realicen unidades de servicio a la comunidad en días festivos o fuera del horario
habitual de lunes a viernes, las horas serán compensadas por horas de descanso. Estas horas de descanso deberán
disfrutarlas el conjunto de los alumnos consensualmente y en una misma fecha para todos/as con el fin del buen
funcionamiento y desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje del certificado de profesionalidad.
Artículo 6.- Calendario laboral.
El programa se regirá por el calendario laboral que anualmente elabora la Administración, de tal forma que se considerarán
no laborables, además de los días considerados como tales a nivel Nacional, Regional, los dos días establecidos por la
entidad promotora para el ejercicio 2024/2025, que afectan al desarrollo del proyecto.
Artículo 7.- Vacaciones anuales.
El personal del programa tendrá derecho a vacaciones anuales retribuidas con duración de veintidós días hábiles, que se
decidirán a criterio del equipo técnico docente y siempre con la autorización de la Alcaldesa del ayuntamiento de Fregenal
de la Sierra.
El periodo de disfrute de las vacaciones anuales se fijará prioritariamente en un periodo que atienda a las necesidades del
proceso formativo y de ejecución de los proyectos de obra del programa. Dicho periodo se determinará a propuesta del
equipo técnico y sometido a consenso y será autorizado por el/la Alcalde/a.
Artículo 8.- Permisos y licencias.
Se estará a lo establecido en la legislación Vigente en la materia.
Artículo 9.- Normas generales.
1.- Justificación documental de la ausencia o falta de asistencia al proyecto Escala Fregenal. Toda ausencia al programa debe
ser justificada documentalmente.
Cuando se aporte un justificante médico y la dolencia impida al interesado reincorporarse al proyecto con normalidad
después de la consulta, deberá constar en el parte facultativo el día o los días que el paciente debe permanecer en reposo
domiciliario o baja médica en el caso que nos encontremos en la etapa de formación en alternancia. De no ser así, se
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