Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera de Vargas. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00752/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del programa de formación y empleo ESCALA "Ayuda Higuera"
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Higuera de Vargas
Anuncio 752/2025
desarrollo de un proyecto de aprendizaje-servicio (ApS): aprender haciendo un servicio a
la comunidad.
Todas estas funciones se realizarán colaborando en la implementación de estrategias
metodológicas con todo el equipo directivo y docente, basadas en el trabajo por
competencias, de forma transversal, apoyándose en estructuras de trabajo cooperativo
y colaborativo, así como el establecimiento de sinergias entre los mismos.
Según el artículo 17.2 del Decreto 55/2024, de 18 de junio, estas acciones tendrán como
referencia la Guía de Herramientas de Acompañamiento/Tutorización elaborada por la
Dirección General del SEXPE competente en la gestión de programas públicos de
empleo formación. Esta guía está disponible en el siguiente enlace:
https://extremaduratrabaja.juntaex.es/escala.
c) Monitores/as:
Planificación, programación, seguimiento y evaluación de los contenidos teórico prácticos de su especialidad, incluyendo la relacionada con los cursos monográficos de
su especialidad para los cuales se encuentren suficientemente cualificados, según lo
establecido en el Real Decreto 659/2023, de 19 de julio, por el que se desarrolla la
ordenación del Sistema de Formación Profesional y en lo no derogado de la Orden
ESS/1894/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de
18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales
decretos y las órdenes por los que se establecen certificados de profesionalidad
dictados en su aplicación.
Participar en la metodología que utilice todo el equipo para que el proyecto formativo
facilite el trabajo por competencias, de forma transversal, utilizando, entre otras, las
siguientes orientaciones metodológicas: que el alumnado trabajador conozca los
objetivos del proyecto, qué va a aprender, y qué va a obtener una vez finalizado el
mismo; que se utilice una metodología activa que se apoye en estructuras de
aprendizaje cooperativo y solidario, de forma que a través de la resolución conjunta de
las tareas, cada participante conozca las estrategias utilizadas por sus compañeros/as y
pueda aplicarlas a situaciones similares; que se favorezca el trabajo individual y grupal,
fomentando la motivación, la comunicación, las habilidades sociales, el trabajo en
equipo en la consecución de un fin común "encontrar empleo", ya sea por cuenta propia
o ajena, utilizando las nuevas tecnologías de la información y la comunicación; que se
utilicen los recursos materiales que posibiliten una óptica abierta, una metodología
participativa y grupal, dinamismo, cohesión de grupo y corresponsabilidad; que el papel
del alumnado trabajador en este proceso sea activo y autónomo, y que sea consciente
de ser la persona responsable de su propio aprendizaje y que el personal docente se
implique como elemento orientador, promotor y facilitador de experiencias y del
desarrollo competencial en el alumnado.
Planificación y ejecución de las unidades de obra / prestación de servicios según
redacción del proyecto aprobado.
Colaborar en la adaptación del programa formativo a las características de aprobación y
a la situación real de los objetivos.
Jefe/a de taller y de las actuaciones en obra asignadas.
Uso y custodia de la maquinaria, herramientas y materiales asignados.
Control de asistencia diaria del alumnado trabajador asignado.
Aplicación de la normativa en prevención de riesgos laborales.
Colaborar en el desarrollo de acciones que promuevan la incorporación al mercado
laboral del alumnado trabajador.
Colaborar en el desarrollo de un proyecto de aprendizaje-servicio (ApS): aprender
haciendo un servicio a la comunidad. En este proyecto, se trabajará la adquisición o
mejora de las siguientes competencias: Autoconfianza, comunicación, cumplimiento de
tareas, gestión del tiempo, capacidad de relación, flexibilidad y tolerancia a la
frustración, análisis y resolución de problemas y fomento de la iniciativa y espíritu
emprendedor.
Artículo 5.- Delegados/as del alumnado.
Durante el primer mes del programa/proyecto serán elegidos/as un/a delegado/a y un/a subdelegado/a de
cada especialidad formativa del programa/proyecto. Entre las funciones de los/as delegados/as, están las
siguientes:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 17
Anuncio 752/2025
desarrollo de un proyecto de aprendizaje-servicio (ApS): aprender haciendo un servicio a
la comunidad.
Todas estas funciones se realizarán colaborando en la implementación de estrategias
metodológicas con todo el equipo directivo y docente, basadas en el trabajo por
competencias, de forma transversal, apoyándose en estructuras de trabajo cooperativo
y colaborativo, así como el establecimiento de sinergias entre los mismos.
Según el artículo 17.2 del Decreto 55/2024, de 18 de junio, estas acciones tendrán como
referencia la Guía de Herramientas de Acompañamiento/Tutorización elaborada por la
Dirección General del SEXPE competente en la gestión de programas públicos de
empleo formación. Esta guía está disponible en el siguiente enlace:
https://extremaduratrabaja.juntaex.es/escala.
c) Monitores/as:
Planificación, programación, seguimiento y evaluación de los contenidos teórico prácticos de su especialidad, incluyendo la relacionada con los cursos monográficos de
su especialidad para los cuales se encuentren suficientemente cualificados, según lo
establecido en el Real Decreto 659/2023, de 19 de julio, por el que se desarrolla la
ordenación del Sistema de Formación Profesional y en lo no derogado de la Orden
ESS/1894/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de
18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales
decretos y las órdenes por los que se establecen certificados de profesionalidad
dictados en su aplicación.
Participar en la metodología que utilice todo el equipo para que el proyecto formativo
facilite el trabajo por competencias, de forma transversal, utilizando, entre otras, las
siguientes orientaciones metodológicas: que el alumnado trabajador conozca los
objetivos del proyecto, qué va a aprender, y qué va a obtener una vez finalizado el
mismo; que se utilice una metodología activa que se apoye en estructuras de
aprendizaje cooperativo y solidario, de forma que a través de la resolución conjunta de
las tareas, cada participante conozca las estrategias utilizadas por sus compañeros/as y
pueda aplicarlas a situaciones similares; que se favorezca el trabajo individual y grupal,
fomentando la motivación, la comunicación, las habilidades sociales, el trabajo en
equipo en la consecución de un fin común "encontrar empleo", ya sea por cuenta propia
o ajena, utilizando las nuevas tecnologías de la información y la comunicación; que se
utilicen los recursos materiales que posibiliten una óptica abierta, una metodología
participativa y grupal, dinamismo, cohesión de grupo y corresponsabilidad; que el papel
del alumnado trabajador en este proceso sea activo y autónomo, y que sea consciente
de ser la persona responsable de su propio aprendizaje y que el personal docente se
implique como elemento orientador, promotor y facilitador de experiencias y del
desarrollo competencial en el alumnado.
Planificación y ejecución de las unidades de obra / prestación de servicios según
redacción del proyecto aprobado.
Colaborar en la adaptación del programa formativo a las características de aprobación y
a la situación real de los objetivos.
Jefe/a de taller y de las actuaciones en obra asignadas.
Uso y custodia de la maquinaria, herramientas y materiales asignados.
Control de asistencia diaria del alumnado trabajador asignado.
Aplicación de la normativa en prevención de riesgos laborales.
Colaborar en el desarrollo de acciones que promuevan la incorporación al mercado
laboral del alumnado trabajador.
Colaborar en el desarrollo de un proyecto de aprendizaje-servicio (ApS): aprender
haciendo un servicio a la comunidad. En este proyecto, se trabajará la adquisición o
mejora de las siguientes competencias: Autoconfianza, comunicación, cumplimiento de
tareas, gestión del tiempo, capacidad de relación, flexibilidad y tolerancia a la
frustración, análisis y resolución de problemas y fomento de la iniciativa y espíritu
emprendedor.
Artículo 5.- Delegados/as del alumnado.
Durante el primer mes del programa/proyecto serán elegidos/as un/a delegado/a y un/a subdelegado/a de
cada especialidad formativa del programa/proyecto. Entre las funciones de los/as delegados/as, están las
siguientes:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 17