Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera de Vargas. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00752/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del programa de formación y empleo ESCALA "Ayuda Higuera"
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Ayuntamiento de Higuera de Vargas
Anuncio 752/2025
- Coordinador/a Técnico/a Tutor/a de Acompañamiento.
- Monitor/a de Atención Sociosanitaria.
Artículo 4.- Funciones y responsabilidades de los miembros del equipo directivo- docente.
Las funciones y responsabilidades de los miembros del equipo directivo-docente del programa/proyecto son,
entre otras:
a) Director/a-Gestor/a.
Administrar operativamente la gestión de la formación y de los recursos humanos a
través del correcto tratamiento, la transmisión de la información, el seguimiento y la
evaluación del desempeño profesional.
Dentro del ámbito de competencias asignadas por la entidad promotora: previsión,
elaboración, y control presupuestario de las cantidades consignadas para el desarrollo
de las actividades, así como de las cantidades atípicas, teniendo en cuenta los conceptos
de gastos subvencionables, cuantía de la subvención, pago de las subvenciones y
justificación de la subvención.
Mantenimiento actualizado del conjunto de documentos e informaciones
administrativo-laborales de la plantilla, el control de los procesos de elaboración de
nóminas y documentación derivada.
Apoyo, control y seguimiento de las actuaciones en el ámbito de la seguridad e higiene.
Desarrollo de los procesos de comunicación y archivo documental generados en la
actividad del proyecto.
Organización de los recursos humanos y materiales que garanticen la impartición de los
módulos complementarios.
Implementación de una dinámica de equipo que fomente la competencia profesional y
personal a través de las habilidades de escucha, asertivas, de autocontrol y de
resolución de conflictos, para conseguir una mayor eficacia en el proceso de enseñanzaaprendizaje, trabajando en un entorno cooperativo y colaborativo.
Desarrollo de acciones que promuevan la incorporación del alumnado trabajador al
mercado laboral incluyendo entre otras actuaciones la orientación profesional, la
dinamización de la búsqueda de empleo y el contacto con posibles empleadores/oras.
Dentro del ámbito de competencias asignadas por la entidad promotora:
Asesoramiento en la previsión y elaboración del presupuesto; ejecución del
presupuesto, especialmente en los conceptos de gastos subvencionables, cuantía de la
subvención, pago de las subvenciones y justificación de la subvención, así como de la
documentación administrativa y contable que se deriven.
La elaboración, o en su caso el control, de los contratos laborales, nóminas y
cotizaciones a la Tesorería General de la Seguridad Social.
Cumplimentación de la justificación económica en la aplicación GETCOTEX.
Colaborar en el desarrollo de acciones que promuevan la incorporación al mercado
laboral del alumnado trabajador incluyendo entre otras actuaciones la orientación
profesional, la dinamización de la búsqueda de empleo y el contacto con posibles
empleadores.
b) Coordinador/a Técnico/a Tutor/a de Acompañamiento.
Coordinación del equipo docente en relación con la planificación, programación,
seguimiento y evaluación de los contenidos teórico prácticos y de los trabajos a realizar
por el alumnado trabajador en su aspecto formativo, con el objetivo de conseguir una
gestión conjunta y unificada, y en particular según lo establecido en el Real Decreto
659/2023, de 19 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de
Formación Profesional y en lo no derogado de la Orden ESS/1894/2013, de 10 de
octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se
regulan los certificados de profesionalidad, y los reales decretos por los que se
establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.
Adaptación del programa formativo a las características de aprobación y a la situación
real de los objetivos. Asesoramiento metodológico a los/as monitores/as.
Establecer un plan individualizado para el alumnado trabajador que no haya alcanzado
los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria, que le permita incorporarse a la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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- Coordinador/a Técnico/a Tutor/a de Acompañamiento.
- Monitor/a de Atención Sociosanitaria.
Artículo 4.- Funciones y responsabilidades de los miembros del equipo directivo- docente.
Las funciones y responsabilidades de los miembros del equipo directivo-docente del programa/proyecto son,
entre otras:
a) Director/a-Gestor/a.
Administrar operativamente la gestión de la formación y de los recursos humanos a
través del correcto tratamiento, la transmisión de la información, el seguimiento y la
evaluación del desempeño profesional.
Dentro del ámbito de competencias asignadas por la entidad promotora: previsión,
elaboración, y control presupuestario de las cantidades consignadas para el desarrollo
de las actividades, así como de las cantidades atípicas, teniendo en cuenta los conceptos
de gastos subvencionables, cuantía de la subvención, pago de las subvenciones y
justificación de la subvención.
Mantenimiento actualizado del conjunto de documentos e informaciones
administrativo-laborales de la plantilla, el control de los procesos de elaboración de
nóminas y documentación derivada.
Apoyo, control y seguimiento de las actuaciones en el ámbito de la seguridad e higiene.
Desarrollo de los procesos de comunicación y archivo documental generados en la
actividad del proyecto.
Organización de los recursos humanos y materiales que garanticen la impartición de los
módulos complementarios.
Implementación de una dinámica de equipo que fomente la competencia profesional y
personal a través de las habilidades de escucha, asertivas, de autocontrol y de
resolución de conflictos, para conseguir una mayor eficacia en el proceso de enseñanzaaprendizaje, trabajando en un entorno cooperativo y colaborativo.
Desarrollo de acciones que promuevan la incorporación del alumnado trabajador al
mercado laboral incluyendo entre otras actuaciones la orientación profesional, la
dinamización de la búsqueda de empleo y el contacto con posibles empleadores/oras.
Dentro del ámbito de competencias asignadas por la entidad promotora:
Asesoramiento en la previsión y elaboración del presupuesto; ejecución del
presupuesto, especialmente en los conceptos de gastos subvencionables, cuantía de la
subvención, pago de las subvenciones y justificación de la subvención, así como de la
documentación administrativa y contable que se deriven.
La elaboración, o en su caso el control, de los contratos laborales, nóminas y
cotizaciones a la Tesorería General de la Seguridad Social.
Cumplimentación de la justificación económica en la aplicación GETCOTEX.
Colaborar en el desarrollo de acciones que promuevan la incorporación al mercado
laboral del alumnado trabajador incluyendo entre otras actuaciones la orientación
profesional, la dinamización de la búsqueda de empleo y el contacto con posibles
empleadores.
b) Coordinador/a Técnico/a Tutor/a de Acompañamiento.
Coordinación del equipo docente en relación con la planificación, programación,
seguimiento y evaluación de los contenidos teórico prácticos y de los trabajos a realizar
por el alumnado trabajador en su aspecto formativo, con el objetivo de conseguir una
gestión conjunta y unificada, y en particular según lo establecido en el Real Decreto
659/2023, de 19 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de
Formación Profesional y en lo no derogado de la Orden ESS/1894/2013, de 10 de
octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se
regulan los certificados de profesionalidad, y los reales decretos por los que se
establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.
Adaptación del programa formativo a las características de aprobación y a la situación
real de los objetivos. Asesoramiento metodológico a los/as monitores/as.
Establecer un plan individualizado para el alumnado trabajador que no haya alcanzado
los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria, que le permita incorporarse a la
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