Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00735/2025)
Aprobación de la modificación del Comité de Seguridad de la Información
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Ayuntamiento de Almendralejo

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Política de Seguridad del Ayuntamiento.
El Responsable del Sistema se establece a nivel operativo. Se pueden designar Delegados de dicho responsable según lo
establecido en la Política de Seguridad del Ayuntamiento.
2. Los roles de seguridad y la descripción de los puestos que los ocuparán son los siguientes:
Responsable de Información y de Servicios: Alcalde
Responsable de Seguridad: Concejalía Delegada de Administración Electrónica
Responsable del Sistema: Jefatura de la Sección de Informática y Nuevas Tecnologías
3. Las competencias atribuidas al puesto se integrarán en la descripción de funciones de los puestos del Ayuntamiento, en
su caso.
Artículo 8.- Responsable del Servicio.
• Al Responsable del Servicio se le atribuyen las siguientes funciones:
• Establecer y aprobar los requisitos de seguridad aplicables al servicio dentro del marco establecido en el
anexo I del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, previa propuesta del Responsable de Seguridad y/o Comité de
Seguridad de la Información.
• Aceptar los niveles de riesgo residual que afecten al Servicio.
Artículo 9.- Responsable de la Información.
Al Responsable de la Información se le atribuyen las siguientes funciones:
• Establecer y aprobar los requisitos de seguridad aplicables a la información dentro del marco establecido en
el anexo I del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, previa propuesta del Responsable de Seguridad y/o Comité
de Seguridad de la Información.
• Aceptar los niveles de riesgo residual que afecten a la Información.
Artículo 10.- Responsable de Seguridad.
El Responsable de Seguridad desempeñará las siguientes funciones:
• Mantener y verificar el nivel adecuado de seguridad de la Información manejada y de los servicios
electrónicos prestados por los sistemas de información.
• Promover la formación y concienciación en materia de seguridad de la información.
• Designar responsables de la ejecución del análisis de riesgos, de la declaración de aplicabilidad; identificar
medidas de seguridad; determinar configuraciones necesarias; elaborar documentación del sistema.
• Proporcionar asesoramiento para la determinación de la categoría del sistema en colaboración con el
Responsable del Sistema y/o Comité de Seguridad de la Información de la Información.
• Participar en la elaboración e implantación de los planes de mejora de la seguridad y, llegado el caso, en los
planes de continuidad, procediendo a su validación.
• Gestionar las revisiones externas o internas del sistema.
• Gestionar los procesos de certificación.
• Elevar al Comité de Seguridad la aprobación de cambios y otros requisitos del sistema.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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