Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00572/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión, como funcionario de carrera, de una plaza de Técnico/a de Administración General, incluida en la oferta de empleo público para el año 2023
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Anuncio 572/2025
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, y podrán ser recusados, cuando concurran las
circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
Todos los acuerdos del Tribunal Calificador se insertarán en la página web del Ayuntamiento de Jerez de los
Caballeros.
Sexta. Actuación de aspirantes.
El orden de actuación de los/as aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente se
determinará, conforme a la resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública,
por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado, comenzando por los aspirantes que su primer apellido
comience por la letra «V», que estará vigente hasta el siguiente sorteo anual.
Junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará el lugar, fecha, y hora de
comienzo de las pruebas, así como la composición del Tribunal Calificador.
Desde la terminación de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 3
días hábiles y máximo de 45 días naturales.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas todos los anuncios sucesivos relacionados con la convocatoria se
harán públicos en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el tablón virtual de su sede electrónica
https://jerezdeloscaballeros.sedelectronica.es/info.
Los/as aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único y deberán ir provistos del DNI,
salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada discrecionalmente por el Tribunal
Calificador.
La no presentación de un/a aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado
determinará automáticamente el decaimiento de sus derechos a participar en el mismo y en los sucesivos,
quedando excluido, en consecuencia, del proceso selectivo.
Séptima. Procedimiento de selección.
El proceso de selección será el de concurso-oposición. Constará de las siguientes fases: fase de oposición y
fase de concurso.
Solamente se valorará la fase de concurso a aquellas personas aspirantes que previamente superen la fase de
oposición.
7.1.- Fase de oposición (hasta un máximo de 30 puntos):
Constará de tres pruebas o ejercicios, independientes y eliminatorios entre sí:
Primer ejercicio (10 puntos máximo): Consistirá en contestar por escrito en el plazo máximo de
dos horas, un cuestionario de un máximo de 100 preguntas tipo test, basado en la totalidad de
las materias del programa que figura como anexo I de la presente convocatoria. El cuestionario
estará compuesto por preguntas con tres o cuatro respuestas alternativas, de las cuales sólo
una de ellas es correcta. Para su realización, los aspirantes deberán señalar en la hoja de
examen las opciones de respuesta que estimen válidas de acuerdo con las instrucciones que se
faciliten.
Los cuestionarios que se propongan contendrán cinco preguntas adicionales que sustituirán
por su orden correlativo a aquellas que, en su caso, sean objeto de anulación.
La puntuación a obtener oscilará entre 0 y 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de
cinco puntos para superar este ejercicio y el criterio de corrección será el siguiente:
Por cada respuesta correcta se otorgarán 0,10 puntos, restándose de la puntuación así
obtenida 0,05 puntos por cada tres respuestas incorrectas, no puntuando ni penalizando las
preguntas no contestadas.
Finalizado el ejercicio, las personas que lo han realizado, podrán presentar alegaciones frente a
las preguntas o reclamar contra las respuestas dadas por correctas, desde el momento de la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
Todos los acuerdos del Tribunal Calificador se insertarán en la página web del Ayuntamiento de Jerez de los
Caballeros.
Sexta. Actuación de aspirantes.
El orden de actuación de los/as aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente se
determinará, conforme a la resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública,
por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado, comenzando por los aspirantes que su primer apellido
comience por la letra «V», que estará vigente hasta el siguiente sorteo anual.
Junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará el lugar, fecha, y hora de
comienzo de las pruebas, así como la composición del Tribunal Calificador.
Desde la terminación de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 3
días hábiles y máximo de 45 días naturales.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas todos los anuncios sucesivos relacionados con la convocatoria se
harán públicos en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el tablón virtual de su sede electrónica
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Calificador.
La no presentación de un/a aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado
determinará automáticamente el decaimiento de sus derechos a participar en el mismo y en los sucesivos,
quedando excluido, en consecuencia, del proceso selectivo.
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fase de concurso.
Solamente se valorará la fase de concurso a aquellas personas aspirantes que previamente superen la fase de
oposición.
7.1.- Fase de oposición (hasta un máximo de 30 puntos):
Constará de tres pruebas o ejercicios, independientes y eliminatorios entre sí:
Primer ejercicio (10 puntos máximo): Consistirá en contestar por escrito en el plazo máximo de
dos horas, un cuestionario de un máximo de 100 preguntas tipo test, basado en la totalidad de
las materias del programa que figura como anexo I de la presente convocatoria. El cuestionario
estará compuesto por preguntas con tres o cuatro respuestas alternativas, de las cuales sólo
una de ellas es correcta. Para su realización, los aspirantes deberán señalar en la hoja de
examen las opciones de respuesta que estimen válidas de acuerdo con las instrucciones que se
faciliten.
Los cuestionarios que se propongan contendrán cinco preguntas adicionales que sustituirán
por su orden correlativo a aquellas que, en su caso, sean objeto de anulación.
La puntuación a obtener oscilará entre 0 y 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de
cinco puntos para superar este ejercicio y el criterio de corrección será el siguiente:
Por cada respuesta correcta se otorgarán 0,10 puntos, restándose de la puntuación así
obtenida 0,05 puntos por cada tres respuestas incorrectas, no puntuando ni penalizando las
preguntas no contestadas.
Finalizado el ejercicio, las personas que lo han realizado, podrán presentar alegaciones frente a
las preguntas o reclamar contra las respuestas dadas por correctas, desde el momento de la
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