Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (00572/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión, como funcionario de carrera, de una plaza de Técnico/a de Administración General, incluida en la oferta de empleo público para el año 2023
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Anuncio 572/2025

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de Jerez de
los Caballeros dictará resolución, en el plazo máximo de dos meses, declarando aprobada la lista provisional
de admitidos/as y excluidos/as.
La resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, contendrá la relación alfabética de aspirantes admitidos/as y
excluidos/as, así como las causas de exclusión de los mismos, señalando el plazo de 10 días hábiles, contados
a partir de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, para la subsanación
de defectos y reclamaciones.
Si no existieren reclamaciones la lista provisional se considerará aprobada definitivamente y se publicará
nuevamente.
Los/as aspirantes excluidos/as que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o no aleguen
la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos/as, serán excluidos del proceso
selectivo.
Finalizado el plazo de subsanación, se publicará resolución elevando a definitiva la lista provisional con la
inclusión de las personas aspirantes que fueron excluidas y que hayan subsanado errores u omisiones. Así
mismo, se publicará con la debida antelación, el lugar, fecha y hora de inicio de los ejercicios, y los
componentes del Tribunal de Selección.
No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a
las personas aspirantes, ni en el caso de inasistencia al ejercicio.
Quinta. Tribunal Calificador.
Composición:
El Tribunal de Selección será designado por el Alcalde de la Corporación y estará integrado por cinco
miembros titulares, designándose igual número de suplentes, según el siguiente detalle:
- Presidente/a: Funcionario /a de carrera, designado por el Ayuntamiento de Jerez de los
Caballeros.
- Secretario/a: Funcionario/a de carrerra, designado por el Ayuntamiento de Jerez de los
Caballeros.
- Vocales: Tres empleados públicos, funcionarios/as de carrera o personal laboral fijo.
Asimismo actuarán como observadores, con voz pero sin voto, un representante de cada una de las
organizaciones sindicales con representación en este Ayuntamiento.
Todos los miembros del Tribunal, titulares y suplentes, habrán de ser empleados públicos de carácter fijo y
poseer una titulación igual o superior a la requerida para el acceso a la plaza convocada.
En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios de imparcialidad y de profesionalidad, y
se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres.
Actuación del Tribunal:
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o
suplentes, indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia de Presidente/a y Secretario/a. El Tribunal
Calificador podrá disponer la incorporación de asesores a sus trabajos como personas asesoras, en aquellas
pruebas que demanden oír la opinión de técnicos especialistas. Dichas personas asesoras se limitarán a la
colaboración que, en función de sus especialidades técnicas, les solicite el Tribunal, por lo que actuarán con
voz, pero sin voto.
La actuación del Tribunal habrá de ajustarse estrictamente a las bases de la convocatoria.
El Tribunal resolverá, por mayoría de votos de sus miembros presentes, todas las dudas y propuestas que
surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas bases, y estará facultado para resolver las
cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas
necesarias que garanticen el debido orden en las mismas en todo lo no previsto en las bases.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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