Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (00570/2025)
Bases reguladoras de la convocatoria de concesión de ayudas destinadas al transporte de personas mayores con dificultades de movilidad durante el año 2025
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

Anuncio 570/2025

Las ayudas se materializarán conforme al siguiente procedimiento:
1. El Servicio de Política Social expedirá a la persona beneficiaria la tarjeta de bono-taxi que contemple la
resolución por la que se conceda la ayuda, informándole en la misma de aquellos taxistas con licencia en el
municipio y acogidos al programa de estas ayudas mediante el correspondiente documento de adhesión
voluntaria.
2. La persona usuaria del servicio deberá entregar al taxista el número de bonos utilizados en su
desplazamiento.
3. Por cada desplazamiento realizado, el taxista presentará en el registro municipal la factura con la
descripción del servicio realizado y la identidad de la persona desplazada, acompañado del bono o bonos
correspondientes debidamente diligenciados.
4. En el caso de que el Ayuntamiento tuviera conocimiento de que el taxista no prestase su servicio
exclusivamente para la finalidad y objeto de la ayuda otorgada, se prescindirá de sus servicios.
Los desplazamientos realizados a los diferentes centros sanitarios de la Zona de Salud Don Benito-Villanueva de la Serena se
abonarán conforme a la siguiente tarifa de precios:
- Centros de Salud de Villanueva de la Serena: Seis (6,00) euros el desplazamiento (ida y vuelta doce -12,00euros).
- Hospital Don Benito-Villanueva de la Serena: Nueve (9,00) euros el desplazamiento (ida y vuelta dieciocho
-18,00- euros).
- Centro de Especialidades del nuevo Hospital Don Benito-Villanueva de la Serena: Nueve (9,00) euros el
desplazamiento (ida y vuelta dieciocho -18,00- euros).
Novena.- Obligaciones de las personas beneficiarias.
- Comunicar al Servicio de Política Social, en plazo máximo de diez días hábiles desde que se produzca,
cualquier modificación de las circunstancias económicas, de convivencia o de cualquier otro tipo, que pudiera
dar lugar a la modificación o extinción de la ayuda reconocida.
- Reintegrar las cantidades indebidamente percibidas como consecuencia de no haber comunicado en plazo
la variación de las circunstancias que dieron lugar a la concesión de la ayuda.
- Adecuado uso, cuidado y conservación de la tarjeta de bono-taxi. El Ayuntamiento no se responsabilizará de
las situaciones de extravío, deterioro o sustracción de la tarjeta.
Décima.- Extinción e incompatibilidades.
Serán motivos de extinción de las ayudas los siguientes:
a) Unidad familiar que supere el límite de ingresos establecidos.
b) Convivir con familiares menores de 65 años.
c) Contar con apoyo familiar suficiente.
d) No presentar dificultades de movilidad.
e) Uso inadecuado para la finalidad de la prestación del servicio.
Undécima.- Causas de nulidad y anulabilidad.
1. Serán causas de nulidad de las resoluciones de concesión de las ayudas contempladas en estas bases las siguientes:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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