Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alconchel. (00552/2025)
Bases y convocatoria para la provisión, en comisión de servicios, de una plaza vacante de Agente de la Policía Local
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Ayuntamiento de Alconchel

Anuncio 552/2025

Comunidad Autónoma de Extremadura que no hayan constituido Cuerpo, categoría de Agente.
b) Encontrarse en servicio activo, faltándole al menos dos años para el pase a la situación de segunda
actividad por razón de edad.
c) Llevar un mínimo de un año prestando servicios en el último puesto adquirido con carácter definitivo.
d) Contar con la conformidad de la Alcaldía del ayuntamiento de procedencia.
e) Carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en su expediente personal, en virtud de resolución
firme, no teniéndose en cuenta a estos efectos las ya canceladas.
f) No encontrarse cumpliendo una sanción disciplinaria impuesta por resolución firme a través del
correspondiente procedimiento, así como no haber sido separado del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública en virtud de
resolución disciplinaria o judicial firmes.
Cuarto.- Plazo y presentación de solicitudes.
4.1. Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo, deberán estar debidamente cumplimentadas.
Los aspirantes manifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en la base tercera de la
convocatoria o en disposición de obtenerlos, referidos al día en que concluya el plazo de su presentación, y que se
comprometen a prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones inherentes al cargo con lealtad al Rey,
guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado.
Se ajustarán al modelo anexo a las presentes bases, debiendo dirigirse a la Alcaldía de este Ayuntamiento, y se presentarán
en el registro general del mismo o en los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-, dentro del plazo de 10 días hábiles,
contados a efecto del cómputo de plazos, a partir del siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia, publicándose asimismo, para mayor difusión, en la Web y sede municipal.
4.2. Junto con la instancia se aportará:
a) Fotocopia del DNI, compulsado.
b) Curriculum vitae, en el que consten títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados
en la administración, estudios y cursos realizados, así como otros méritos que estimen oportunos, junto con
los documentos justificativos del curriculum vitae, originales o debidamente compulsados.
c) Documento acreditativo de la conformidad de la Alcaldía del Ayuntamiento de procedencia.
d) Certificación expedida por el Sr. Secretario o la Sra. Secretaria del Ayuntamiento de procedencia
acreditativa de que el aspirante es funcionario del Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento respectivo con
la categoría de Agente, así como de que se encuentra en servicio activo, faltándole al menos 2 años para el
pase a la situación de segunda actividad por razón de edad.
4.3. Las personas solicitantes deberán indicar en su solicitud una dirección de correo electrónico y número de teléfono, que
se considerarán los canales de comunicación a efectos de notificaciones, así como de contestaciones a recursos y/o
reclamaciones.
4.4. Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Alconchel.
Quinta.- Admisión de personas aspirantes.
Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía, dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando
aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará oficialmente en el tablón de anuncios de
este Ayuntamiento, y para mayor difusión en la página web y sede electrónica, con indicación de las causas de exclusión, así
como el plazo de subsanación de defectos y presentación de reclamaciones que se concede a los aspirantes excluidos, que
será de 10 días hábiles.
Si se formularan reclamaciones, serán resueltas en el mismo acto administrativo que apruebe la lista definitiva, que se hará
pública, en la forma indicada para la lista provisional, así como composición del Tribunal Calificador. En la resolución,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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