Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Tecnología y Digitalización (Badajoz). (00517/2025)
Convenio de encomienda de gestión para la designación del Delegado de Protección de Datos por parte de los ayuntamientos de la provincia
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Delegación de Tecnología y Digitalización
Anuncio 517/2025
- Establecimiento de mecanismos de recepción y gestión integral de las solicitudes de ejercicio de derechos
por parte de los interesados.
- Asistencia en la contratación de encargados de tratamiento, incluido el contenido de los contratos o actos
jurídicos que regulen la relación responsable-encargado y revisión de pliegos administrativos.
- Diseño e implantación de políticas de protección de datos.
- Auditorías de protección de datos.
- Establecimiento y gestión de los registros de actividades de tratamiento.
- Implantación de las medidas de protección de datos desde el diseño y por defecto adecuadas a los riesgos y
naturaleza de los tratamientos.
- Implantación de las medidas de seguridad adecuadas a los riesgos y naturaleza de los tratamientos.
- Establecimiento de procedimientos de gestión de violaciones de seguridad de los datos, incluida la
evaluación del riesgo para los derechos y libertades de los afectados y los procedimientos de notificación a las
autoridades de supervisión y a los afectados.
- Determinación de la necesidad de realización de evaluaciones de impacto sobre la protección de datos y
análisis de riesgo en los tratamientos realizados.
- Relaciones con las autoridades de supervisión.
- Implantación de programas de formación y sensibilización del personal en materia de protección de datos.
- Impartir formación al personal municipal o colaborar en ella.
2. Colaborar en la realización del registro de actividades de tratamiento, evaluación de impacto en protección de riesgos y
análisis de riesgo conforme a lo establecido en RGPD, incluyendo los datos correspondientes a esta Entidad Local y a su
sector público institucional.
3. Asistir en la implantación y desarrollo del Esquema Nacional de Seguridad, y de manera concreta categorizar los sistemas
de información de las entidades que se convenien a nivel bajo.
4. Realizar cuantas revisiones sean precisas para mantener actualizada dicha información.
Cuarta. Compromisos que asume la Entidad Local.
1. La entidad local se compromete a dar la información que se le solicite para la realización del registro de actividades de
tratamiento, evaluación de impacto en protección de datos y análisis de riesgo.
2. Designar el mismo DPD de la institución provincial para realizar dichas funciones en la entidad local.
3. Garantizar que, como DPD, la Diputación de Badajoz participe de manera adecuada y en tiempo oportuno en todas las
cuestiones y decisiones que afecten a la protección de datos de carácter personal, especialmente en los casos en que el
diseño o la realización de nuevas actividades o competencias puedan dar lugar a afectación de datos de carácter personal.
4. Transmitir íntegramente y con la antelación suficiente las informaciones y documentos que puedan dar lugar a la
actuación y colaboración del DPD en todas aquellas cuestiones relacionadas con la protección de datos.
5. Tomar en consideración la opinión e informes emitidos por el DPD, debiendo documentar y justificar necesariamente las
discrepancias o el apartamiento de las propuestas emitidas por la Diputación de Badajoz.
6. Realizar las evaluaciones de riesgos necesarias o que sean obligatorias, o transmitir toda la información necesaria a la
Diputación para su realización.
7. Informar tan pronto como sea posible a la Diputación de Badajoz de los incidentes o violaciones de seguridad que se
produzcan.
8. Comunicar a todo el personal la designación de la Diputación de Badajoz como DPD de la organización y dar la difusión
adecuada para una mejor coordinación y cooperación en materia de protección de datos.
9. Garantizar la independencia del DPD en el ejercicio de sus funciones, debiendo la entidad local adoptar las medidas y
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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por parte de los interesados.
- Asistencia en la contratación de encargados de tratamiento, incluido el contenido de los contratos o actos
jurídicos que regulen la relación responsable-encargado y revisión de pliegos administrativos.
- Diseño e implantación de políticas de protección de datos.
- Auditorías de protección de datos.
- Establecimiento y gestión de los registros de actividades de tratamiento.
- Implantación de las medidas de protección de datos desde el diseño y por defecto adecuadas a los riesgos y
naturaleza de los tratamientos.
- Implantación de las medidas de seguridad adecuadas a los riesgos y naturaleza de los tratamientos.
- Establecimiento de procedimientos de gestión de violaciones de seguridad de los datos, incluida la
evaluación del riesgo para los derechos y libertades de los afectados y los procedimientos de notificación a las
autoridades de supervisión y a los afectados.
- Determinación de la necesidad de realización de evaluaciones de impacto sobre la protección de datos y
análisis de riesgo en los tratamientos realizados.
- Relaciones con las autoridades de supervisión.
- Implantación de programas de formación y sensibilización del personal en materia de protección de datos.
- Impartir formación al personal municipal o colaborar en ella.
2. Colaborar en la realización del registro de actividades de tratamiento, evaluación de impacto en protección de riesgos y
análisis de riesgo conforme a lo establecido en RGPD, incluyendo los datos correspondientes a esta Entidad Local y a su
sector público institucional.
3. Asistir en la implantación y desarrollo del Esquema Nacional de Seguridad, y de manera concreta categorizar los sistemas
de información de las entidades que se convenien a nivel bajo.
4. Realizar cuantas revisiones sean precisas para mantener actualizada dicha información.
Cuarta. Compromisos que asume la Entidad Local.
1. La entidad local se compromete a dar la información que se le solicite para la realización del registro de actividades de
tratamiento, evaluación de impacto en protección de datos y análisis de riesgo.
2. Designar el mismo DPD de la institución provincial para realizar dichas funciones en la entidad local.
3. Garantizar que, como DPD, la Diputación de Badajoz participe de manera adecuada y en tiempo oportuno en todas las
cuestiones y decisiones que afecten a la protección de datos de carácter personal, especialmente en los casos en que el
diseño o la realización de nuevas actividades o competencias puedan dar lugar a afectación de datos de carácter personal.
4. Transmitir íntegramente y con la antelación suficiente las informaciones y documentos que puedan dar lugar a la
actuación y colaboración del DPD en todas aquellas cuestiones relacionadas con la protección de datos.
5. Tomar en consideración la opinión e informes emitidos por el DPD, debiendo documentar y justificar necesariamente las
discrepancias o el apartamiento de las propuestas emitidas por la Diputación de Badajoz.
6. Realizar las evaluaciones de riesgos necesarias o que sean obligatorias, o transmitir toda la información necesaria a la
Diputación para su realización.
7. Informar tan pronto como sea posible a la Diputación de Badajoz de los incidentes o violaciones de seguridad que se
produzcan.
8. Comunicar a todo el personal la designación de la Diputación de Badajoz como DPD de la organización y dar la difusión
adecuada para una mejor coordinación y cooperación en materia de protección de datos.
9. Garantizar la independencia del DPD en el ejercicio de sus funciones, debiendo la entidad local adoptar las medidas y
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