Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Tecnología y Digitalización (Badajoz). (00517/2025)
Convenio de encomienda de gestión para la designación del Delegado de Protección de Datos por parte de los ayuntamientos de la provincia
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Delegación de Tecnología y Digitalización
Anuncio 517/2025
actividad de DPD por parte de varias entidades como prestación de servicios o el establecimiento de servicios de DPD a
disposición de los municipios en las diputaciones provinciales.
En todo caso, debe asegurarse que los DPD designados reúnen los requisitos de cualificación y competencia establecidos
por el RGPD y que su actividad en relación con las entidades en las que desempeñen sus funciones debe también seguir los
criterios marcados por el RGPD.
La designación del DPD debe comunicarse a las autoridades de protección de datos. Asimismo, deben establecerse
mecanismos para que los interesados puedan contactar con el DPD.
V.- Que para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que la nueva normativa impone en materia de protección de
datos a los ayuntamientos de nuestra provincia, se ha redactado acuerdo de encomienda de gestión para la prestación del
servicio de DPD del citado RGPD, contemplando las obligaciones o compromisos de naturaleza más perentoria y relevante,
tales como el denominado registro de actividades de tratamiento, la evaluación de impacto en protección de datos y el
análisis de riesgo, funciones relacionadas con el DPD.
Estas funciones serán las siguientes:
a) Informar y asesorar al responsable o al encargado del tratamiento y a los empleados que se ocupen del
tratamiento de las obligaciones que les incumben en virtud del presente Reglamento y de otras disposiciones
de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros.
b) Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Reglamento, de otras disposiciones de
protección de datos de la Unión o de los Estados miembros y de las políticas del responsable o del encargado
del tratamiento en materia de protección de datos personales, incluida la asignación de responsabilidades, la
concienciación y formación del personal que participa en las operaciones de tratamiento, y las auditorías
correspondientes.
c) Ofrecer el asesoramiento que se le solicite acerca de la evaluación de impacto relativa a la protección de
datos y supervisar su aplicación de conformidad con el artículo 35.
d) Cooperar con la autoridad de control.
e) Actuar como punto de contacto de la autoridad de control para cuestione relativas al tratamiento, incluida
la consulta previa a que se refiere el artículo 36, y realizar consultas, en su caso, sobre cualquier otro asunto.
Por todo ello, se establecen las siguientes:
ESTIPULACIONES
Primera. Objeto del acuerdo.
Este acuerdo tiene por objeto regular la encomienda de gestión entre la Diputación de Badajoz y el Ayuntamiento para la
prestación por parte de aquella del servicio de DPD.
Segunda. Ámbito de aplicación y vigencia.
El plazo de vigencia del acuerdo es de 4 años.
La denuncia expresa de alguna de las administraciones intervinientes deberá ser realizada con una antelación mínima de
tres meses a la fecha de extinción.
También podrá extinguirse la vigencia del convenio por el mutuo acuerdo de las administraciones intervinientes, así como
por lo dispuesto en cláusula quinta del presente acuerdo.
Tercera. Compromisos que asume la Diputación de Badajoz.
1. Asumir las funciones de DPD, comunicándolo a la AEPD. Esta asunción de funciones incluye las tareas de asesoramiento y
supervisión siguientes:
- Asistir en el cumplimiento de principios relativos al tratamiento, como los de limitación de finalidad,
minimización o exactitud de los datos.
- Diseño e implantación de medidas de información a los afectados por los tratamientos de datos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 6 de 9
Anuncio 517/2025
actividad de DPD por parte de varias entidades como prestación de servicios o el establecimiento de servicios de DPD a
disposición de los municipios en las diputaciones provinciales.
En todo caso, debe asegurarse que los DPD designados reúnen los requisitos de cualificación y competencia establecidos
por el RGPD y que su actividad en relación con las entidades en las que desempeñen sus funciones debe también seguir los
criterios marcados por el RGPD.
La designación del DPD debe comunicarse a las autoridades de protección de datos. Asimismo, deben establecerse
mecanismos para que los interesados puedan contactar con el DPD.
V.- Que para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que la nueva normativa impone en materia de protección de
datos a los ayuntamientos de nuestra provincia, se ha redactado acuerdo de encomienda de gestión para la prestación del
servicio de DPD del citado RGPD, contemplando las obligaciones o compromisos de naturaleza más perentoria y relevante,
tales como el denominado registro de actividades de tratamiento, la evaluación de impacto en protección de datos y el
análisis de riesgo, funciones relacionadas con el DPD.
Estas funciones serán las siguientes:
a) Informar y asesorar al responsable o al encargado del tratamiento y a los empleados que se ocupen del
tratamiento de las obligaciones que les incumben en virtud del presente Reglamento y de otras disposiciones
de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros.
b) Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Reglamento, de otras disposiciones de
protección de datos de la Unión o de los Estados miembros y de las políticas del responsable o del encargado
del tratamiento en materia de protección de datos personales, incluida la asignación de responsabilidades, la
concienciación y formación del personal que participa en las operaciones de tratamiento, y las auditorías
correspondientes.
c) Ofrecer el asesoramiento que se le solicite acerca de la evaluación de impacto relativa a la protección de
datos y supervisar su aplicación de conformidad con el artículo 35.
d) Cooperar con la autoridad de control.
e) Actuar como punto de contacto de la autoridad de control para cuestione relativas al tratamiento, incluida
la consulta previa a que se refiere el artículo 36, y realizar consultas, en su caso, sobre cualquier otro asunto.
Por todo ello, se establecen las siguientes:
ESTIPULACIONES
Primera. Objeto del acuerdo.
Este acuerdo tiene por objeto regular la encomienda de gestión entre la Diputación de Badajoz y el Ayuntamiento para la
prestación por parte de aquella del servicio de DPD.
Segunda. Ámbito de aplicación y vigencia.
El plazo de vigencia del acuerdo es de 4 años.
La denuncia expresa de alguna de las administraciones intervinientes deberá ser realizada con una antelación mínima de
tres meses a la fecha de extinción.
También podrá extinguirse la vigencia del convenio por el mutuo acuerdo de las administraciones intervinientes, así como
por lo dispuesto en cláusula quinta del presente acuerdo.
Tercera. Compromisos que asume la Diputación de Badajoz.
1. Asumir las funciones de DPD, comunicándolo a la AEPD. Esta asunción de funciones incluye las tareas de asesoramiento y
supervisión siguientes:
- Asistir en el cumplimiento de principios relativos al tratamiento, como los de limitación de finalidad,
minimización o exactitud de los datos.
- Diseño e implantación de medidas de información a los afectados por los tratamientos de datos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 6 de 9