Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendral. (00459/2025)
Bases y convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones y hermandades locales
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Ayuntamiento de Almendral
Anuncio 459/2025
5. Régimen de otorgamiento de las ayudas.
La subvención objeto de la presente convocatoria se otorgará en régimen de concurrencia competitiva, por orden de
presentación de los proyectos y solicitudes, con un mínimo de seiscientos euros por cada solicitante que cumpla las
condiciones y objetivos y hasta un máximo de novecientos euros por beneficiario, siempre hasta el límite del crédito
presupuestario retenido.
6. Requisitos para solicitar la subvención.
Podrán solicitar las subvenciones objeto de esta convocatoria, únicamente las entidades que reúnan los siguientes
requisitos:
a. Estar legalmente constituidas y registradas como tal, con sede social y ámbito de actuación en esta
localidad y que desarrollen de manera efectiva y real actividades comprendidas dentro de los ámbitos de
actuación descritos en estas bases en el término municipal de Almendral.
b. Tener capacidad de obrar y estar al corriente de sus obligaciones, tanto tributarias como administrativas
con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Almendral (Badajoz).
c. Acreditar que sus fines y actividades coinciden con la finalidad de la convocatoria y presentar relación de
actividades proyectadas para el ejercicio 2025 con las que se pretenda justificar el cumplimiento de los
ámbitos de actuación comprendidos en estas bases.
d. No estar incurso en ninguna de las circunstancias que imposibilitan la obtención de la condición de
beneficiario de subvenciones, según el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
e. Las entidades que propongan actividades directamente con menores deberán disponer del certificado de
delitos de naturaleza sexual, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/1996, de Protección
Jurídica del Menor, modificada por la Ley 26/2015 y la Ley 45/2015 de voluntariado, que establecen la
obligación de que se aporten certificado negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
f. Los solicitantes deberán reunir los anteriores requisitos previamente a la fecha de la aprobación de la
resolución de concesión y mantenerse durante la ejecución del conjunto de proyectos subvencionados hasta
la finalización del mismo.
g. Solo podrá presentarse una solicitud de ayuda por entidad.
7. Órganos competentes.
A los efectos de instrucción y valoración del expediente de subvención, se designa órgano colegiado compuesto por la
Concejal delegada del Área de Cultura y Asociaciones, por la Trabajadora Social que presta sus servicios en el Ayuntamiento
de Almendral de la Mancomunidad de Servicio Social de Base y por el Alcalde-Presidente de la Corporación o concejal o
funcionario en quien delegue.
La competencia para resolver el expediente corresponde a la Alcaldía-Presidencia.
8. Plazo de presentación de solicitudes y documentación.
a. Las solicitudes deberán presentarse a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Almendral o en la
oficina auxiliar del registro municipal.
b. El plazo de presentación de las solicitudes deberá efectuarse en el plazo de 15 días hábiles a contar desde
el mismo día de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz del extracto de la convocatoria
de estas ayudas.
9. Documentación necesaria para tramitar la solicitud de subvención:
a. Impreso de solicitud cumplimentada dirigida a la Alcaldía del Ayuntamiento de Almendral. La solicitud
deberá formalizarse utilizando obligatoriamente el modelo del anexo I de esta convocatoria.
Las solicitudes deben estar suscritas por la Presidencia de la entidad o persona que ostente la representación
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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5. Régimen de otorgamiento de las ayudas.
La subvención objeto de la presente convocatoria se otorgará en régimen de concurrencia competitiva, por orden de
presentación de los proyectos y solicitudes, con un mínimo de seiscientos euros por cada solicitante que cumpla las
condiciones y objetivos y hasta un máximo de novecientos euros por beneficiario, siempre hasta el límite del crédito
presupuestario retenido.
6. Requisitos para solicitar la subvención.
Podrán solicitar las subvenciones objeto de esta convocatoria, únicamente las entidades que reúnan los siguientes
requisitos:
a. Estar legalmente constituidas y registradas como tal, con sede social y ámbito de actuación en esta
localidad y que desarrollen de manera efectiva y real actividades comprendidas dentro de los ámbitos de
actuación descritos en estas bases en el término municipal de Almendral.
b. Tener capacidad de obrar y estar al corriente de sus obligaciones, tanto tributarias como administrativas
con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Almendral (Badajoz).
c. Acreditar que sus fines y actividades coinciden con la finalidad de la convocatoria y presentar relación de
actividades proyectadas para el ejercicio 2025 con las que se pretenda justificar el cumplimiento de los
ámbitos de actuación comprendidos en estas bases.
d. No estar incurso en ninguna de las circunstancias que imposibilitan la obtención de la condición de
beneficiario de subvenciones, según el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
e. Las entidades que propongan actividades directamente con menores deberán disponer del certificado de
delitos de naturaleza sexual, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/1996, de Protección
Jurídica del Menor, modificada por la Ley 26/2015 y la Ley 45/2015 de voluntariado, que establecen la
obligación de que se aporten certificado negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
f. Los solicitantes deberán reunir los anteriores requisitos previamente a la fecha de la aprobación de la
resolución de concesión y mantenerse durante la ejecución del conjunto de proyectos subvencionados hasta
la finalización del mismo.
g. Solo podrá presentarse una solicitud de ayuda por entidad.
7. Órganos competentes.
A los efectos de instrucción y valoración del expediente de subvención, se designa órgano colegiado compuesto por la
Concejal delegada del Área de Cultura y Asociaciones, por la Trabajadora Social que presta sus servicios en el Ayuntamiento
de Almendral de la Mancomunidad de Servicio Social de Base y por el Alcalde-Presidente de la Corporación o concejal o
funcionario en quien delegue.
La competencia para resolver el expediente corresponde a la Alcaldía-Presidencia.
8. Plazo de presentación de solicitudes y documentación.
a. Las solicitudes deberán presentarse a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Almendral o en la
oficina auxiliar del registro municipal.
b. El plazo de presentación de las solicitudes deberá efectuarse en el plazo de 15 días hábiles a contar desde
el mismo día de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz del extracto de la convocatoria
de estas ayudas.
9. Documentación necesaria para tramitar la solicitud de subvención:
a. Impreso de solicitud cumplimentada dirigida a la Alcaldía del Ayuntamiento de Almendral. La solicitud
deberá formalizarse utilizando obligatoriamente el modelo del anexo I de esta convocatoria.
Las solicitudes deben estar suscritas por la Presidencia de la entidad o persona que ostente la representación
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