Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendral. (00459/2025)
Bases y convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones y hermandades locales
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Ayuntamiento de Almendral
Anuncio 459/2025
4. Objeto, condiciones y finalidad.
La subvención tiene por finalidad fomentar las siguientes actividades desarrolladas dentro del término municipal de
Almendral (Badajoz).
a) Cultura: En el área de cultura son subvencionables cualquier actividad cultural programada relacionada con
las letras, ciencias, artes, el teatro, la imagen, las artes plásticas, la cultura tradicional del medio rural,
encuentros y especialmente las actividades de animación destinadas al fomento de la creatividad y el ingenio
entre los locales así como la participación de la comunidad vecinal.
b) Música: Son subvencionables los espectáculos de los diversos estilos musicales, clásicos, canción, jazz, rock,
música, folk, corales, bandas de música y, preferentemente, los programas de formación práctica musical.
c) Deportes: Son subvencionables los gastos de las asociaciones organizadoras de actos y actividades
deportivas, actos tendentes a promocionar el deporte, gozando de especial protección la promoción del
deporte en la infancia, la juventud y el envejecimiento activo, la promoción del deporte igualitario en la lucha
contra la brecha de género y, en particular, la promoción de la caza como deporte y medio de conocimiento
del medio rural.
d) Educación: Serán subvencionables los cursos, seminarios y otras actividades relacionadas con la formación.
e) Juventud: Serán subvencionables la organización de semanas de la juventud, programas de enseñanza o
cursos y actividades dedicadas a la inserción laboral de este colectivo.
f) Servicios sociales: Son subvencionables las actividades encaminadas a la atención y promoción del
bienestar de la familia, de la infancia y adolescencia, así como las dedicadas a la integración y el
envejecimiento activo de las personas de la tercera edad.
g) Sanidad y consumo: Actividades de prevención y sensibilización contra la drogodependencia, el cáncer y
aquellas que fomenten la recuperación e integración social de delincuentes.
h) Medio ambiente: Cursos y actividades de sensibilización con el medio ambiente, conocimiento y puesta en
valor de la fauna y flora local así como del conjunto municipal que integra la red de caminos y senderos del
término municipal de Almendral.
i) Participación ciudadana: Con destino a subvencionar a las entidades ciudadanas, las asociaciones locales de
vecinos, federaciones o hermandades que promuevan cualquiera de los objetivos descritos en los apartados
anteriores (del 4.a al 4.h) y que desempeñen su actividad de una manera real, plena y efectiva en el término
municipal de Almendral.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Podrán ser objeto de subvención la organización de las actividades descritas anteriormente, siempre que sean realizadas
dentro del término municipal de Almendral acreditándose la realización de las mismas en el periodo comprendido entre el 1
de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025.
El destino de los fondos concedidos en la resolución de concesión deberá destinarse a los conceptos o gastos corrientes de
la organización de las actividades comprendidas entre el apartado 4.a y 4.i y su gasto está indubitadamente condicionado a
la realización efectiva de las actividades que la asociación, federación, hermandad o entidad exponga en la relación con la
que solicita la subvención.
NO SON GASTOS SUBVENCIONABLES
a) Los gastos y pagos que hayan sido realizados fuera de los plazos de ejecución de la relación de actividades
presentada en la solicitud de subvención y todos los que se realicen en un periodo que no sea el
comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025.
b) Indemnizaciones por despidos.
La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad,
transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de los
objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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4. Objeto, condiciones y finalidad.
La subvención tiene por finalidad fomentar las siguientes actividades desarrolladas dentro del término municipal de
Almendral (Badajoz).
a) Cultura: En el área de cultura son subvencionables cualquier actividad cultural programada relacionada con
las letras, ciencias, artes, el teatro, la imagen, las artes plásticas, la cultura tradicional del medio rural,
encuentros y especialmente las actividades de animación destinadas al fomento de la creatividad y el ingenio
entre los locales así como la participación de la comunidad vecinal.
b) Música: Son subvencionables los espectáculos de los diversos estilos musicales, clásicos, canción, jazz, rock,
música, folk, corales, bandas de música y, preferentemente, los programas de formación práctica musical.
c) Deportes: Son subvencionables los gastos de las asociaciones organizadoras de actos y actividades
deportivas, actos tendentes a promocionar el deporte, gozando de especial protección la promoción del
deporte en la infancia, la juventud y el envejecimiento activo, la promoción del deporte igualitario en la lucha
contra la brecha de género y, en particular, la promoción de la caza como deporte y medio de conocimiento
del medio rural.
d) Educación: Serán subvencionables los cursos, seminarios y otras actividades relacionadas con la formación.
e) Juventud: Serán subvencionables la organización de semanas de la juventud, programas de enseñanza o
cursos y actividades dedicadas a la inserción laboral de este colectivo.
f) Servicios sociales: Son subvencionables las actividades encaminadas a la atención y promoción del
bienestar de la familia, de la infancia y adolescencia, así como las dedicadas a la integración y el
envejecimiento activo de las personas de la tercera edad.
g) Sanidad y consumo: Actividades de prevención y sensibilización contra la drogodependencia, el cáncer y
aquellas que fomenten la recuperación e integración social de delincuentes.
h) Medio ambiente: Cursos y actividades de sensibilización con el medio ambiente, conocimiento y puesta en
valor de la fauna y flora local así como del conjunto municipal que integra la red de caminos y senderos del
término municipal de Almendral.
i) Participación ciudadana: Con destino a subvencionar a las entidades ciudadanas, las asociaciones locales de
vecinos, federaciones o hermandades que promuevan cualquiera de los objetivos descritos en los apartados
anteriores (del 4.a al 4.h) y que desempeñen su actividad de una manera real, plena y efectiva en el término
municipal de Almendral.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Podrán ser objeto de subvención la organización de las actividades descritas anteriormente, siempre que sean realizadas
dentro del término municipal de Almendral acreditándose la realización de las mismas en el periodo comprendido entre el 1
de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025.
El destino de los fondos concedidos en la resolución de concesión deberá destinarse a los conceptos o gastos corrientes de
la organización de las actividades comprendidas entre el apartado 4.a y 4.i y su gasto está indubitadamente condicionado a
la realización efectiva de las actividades que la asociación, federación, hermandad o entidad exponga en la relación con la
que solicita la subvención.
NO SON GASTOS SUBVENCIONABLES
a) Los gastos y pagos que hayan sido realizados fuera de los plazos de ejecución de la relación de actividades
presentada en la solicitud de subvención y todos los que se realicen en un periodo que no sea el
comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025.
b) Indemnizaciones por despidos.
La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad,
transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de los
objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
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