Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendral. (00459/2025)
Bases y convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones y hermandades locales
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Almendral

Anuncio 459/2025

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Almendral
Almendral (Badajoz)
Anuncio 459/2025
Bases y convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones y hermandades locales

BASES Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES Y HERMANDADES LOCALES
En virtud del decreto de Alcaldía que obra en el expediente de referencia, se aprueba la convocatoria de subvenciones en
materia de promoción:
a) Cultura.
b) Música.
c) Deportes.
d) Educación.
e) Juventud.
f) Servicios sociales.
g) Turismo social.
h) Sanidad y consumo.
i) Medio ambiente.
j) Participación ciudadana.
k) Otras actividades de interés público, social, empresarial o comercial.
De este Ayuntamiento con arreglo a las siguientes:
1. Bases reguladoras: Las subvenciones convocadas se regirán por las siguientes bases reguladoras para la concesión de las
subvenciones a asociaciones y hermandades locales 2025.
2. Carácter condicionado de las subvenciones.
La concesión de las presentes subvenciones tiene carácter condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en
el ejercicio presupuestario 2025, en el que se ejecutará el gasto que supone el pago de las mismas, así como al
cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases.
3. Créditos presupuestarios y cuantía total máxima de carácter estimado.
Las ayudas concedidas se abonarán de acuerdo con la normativa presupuestaria, en el ejercicio 2025, en el cual se adquirirá
el compromiso de gasto. Por ello, se ha habilitado la aplicación presupuestario e importe que se indica más abajo, de
acuerdo con la estimación de créditos para el año 2025.

Aplicación
925 489.01

Concepto y área

Importe (€)

Otras transf. a familias e inst sin fines de lucro

25.500,00

Total presupuesto:

25.500,00

El límite individual será de un máximo de novecientos euros (900,00 €) por cada asociación o hermandad
beneficiaria/solicitante.
Esta cuantía total máxima tiene carácter estimado, puesto que está condicionada a la existencia de crédito adecuado y
suficiente en el momento de resolución de la concesión, que, como se ha señalado, tendrá lugar de acuerdo con el ejercicio
presupuestario 2025. En todo caso, la ejecución del gasto se realizará en la misma anualidad en la que se produzca la
concesión.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 11