Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00440/2025)
Aprobación del Reglamento de régimen interno de la Escuela Aprendizaje Laboral "Valdequemao XII" del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Anuncio 440/2025
gestora para cuestiones de organización, u otro miembro del equipo, y cuando concurra la existencia de
incidencias que requieran decisiones competentes a este órgano. Sus conclusiones serán recogidas en acta.
Tiene, entre sus funciones, las de aprobar y debatir los aspectos organizativos generales del centro, aprobar
los aspectos formativos y docentes, fijar criterios de evaluación general, elaborar y aprobar los planes y
programaciones de la escuela de aprendizaje laboral, aprobando el proyecto común, pautas de
funcionamiento y organización, hacer el seguimiento del programa, el proyecto, las acciones, actividades y
tareas.
Las funciones que competen de manera general al Claustro:
- Elaborar la programación de su materia para ser incluida en el proyecto general de la escuela
de aprendizaje laboral, teniendo en cuenta para las materias específicas las propias exigidas en
los certificados de profesionalidad.
- Celebrar reuniones mensuales para evaluar el desarrollo del proyecto y aplicar medidas
correctoras. Al final de la etapa se elaborará una memoria con la valoración de los contenidos y
de la programación.
- Realizar el seguimiento individualizado de cada alumno/a, para la toma de decisiones, tales
como la continuidad en el proyecto, teniendo en cuenta tanto sus aptitudes como sus
actitudes, así como la implementación de las evaluaciones formativas realizadas al efecto.
- Facilitar el trabajo conjunto y coordinado en la organización, planificación y ejecución de las
actividades y de la programación.
3) Comisión de convivencia.
Es el órgano de representación de todos los implicados en el proyecto, entidad promotora, equipo técnico y
alumnado.
A la Comisión de convivencia asisten: Representante de la entidad promotora, la Directora-gestora y la
coordinadora tutora de acompañamiento y algún otro miembro del equipo si fuese necesario.
Son competencias de la Comisión de convivencia:
Fomentar un buen ambiente de trabajo, resolviendo pequeños conflictos.
Vigilar el cumplimiento del RRI.
Proponer actividades complementarias.
Hacer cuantas sugerencias estime oportunas para mejorar la consecución de los objetivos del
programa.
La Comisión de convivencia se reunirá al menos una vez al trimestre.
4) Asamblea general: Estará compuesta por el equipo de personal de la escuela (Claustro) y por la
representación de los/as alumnos/as, que recae en los delegados/as y subdelegados/as de cada especialidad.
Representa al órgano conjunto y velará por la eficacia del programa de la escuela de aprendizaje laboral, así
como el seguimiento del mismo para su buen funcionamiento. Se reunirán en sesión ordinaria cuando los
componentes del mismo lo crean necesario y oportuno, y sus conclusiones serán recogidas en acta.
III. Organización operativa
15. La organización operativa de la escuela de aprendizaje laboral "VALDEQUEMAO XII" responde a la distribución de
funciones del personal que la compone, funciones que quedan recogidas en sus condiciones contractuales con el
Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, en base a la difusión pública de la oferta de empleo para el personal directivo y
docente de los proyectos del Programa de formación y empleo ESCALA, a cubrir mediante el sistema de fichero de expertos.
Las funciones y responsabilidades de los miembros del equipo, son, entre otras:
16. La Directora-gestora:
- Administrar operativamente la gestión de la formación y de los recursos humanos a través del correcto
tratamiento, la transmisión de la información, el seguimiento y la evaluación del desempeño profesional.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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gestora para cuestiones de organización, u otro miembro del equipo, y cuando concurra la existencia de
incidencias que requieran decisiones competentes a este órgano. Sus conclusiones serán recogidas en acta.
Tiene, entre sus funciones, las de aprobar y debatir los aspectos organizativos generales del centro, aprobar
los aspectos formativos y docentes, fijar criterios de evaluación general, elaborar y aprobar los planes y
programaciones de la escuela de aprendizaje laboral, aprobando el proyecto común, pautas de
funcionamiento y organización, hacer el seguimiento del programa, el proyecto, las acciones, actividades y
tareas.
Las funciones que competen de manera general al Claustro:
- Elaborar la programación de su materia para ser incluida en el proyecto general de la escuela
de aprendizaje laboral, teniendo en cuenta para las materias específicas las propias exigidas en
los certificados de profesionalidad.
- Celebrar reuniones mensuales para evaluar el desarrollo del proyecto y aplicar medidas
correctoras. Al final de la etapa se elaborará una memoria con la valoración de los contenidos y
de la programación.
- Realizar el seguimiento individualizado de cada alumno/a, para la toma de decisiones, tales
como la continuidad en el proyecto, teniendo en cuenta tanto sus aptitudes como sus
actitudes, así como la implementación de las evaluaciones formativas realizadas al efecto.
- Facilitar el trabajo conjunto y coordinado en la organización, planificación y ejecución de las
actividades y de la programación.
3) Comisión de convivencia.
Es el órgano de representación de todos los implicados en el proyecto, entidad promotora, equipo técnico y
alumnado.
A la Comisión de convivencia asisten: Representante de la entidad promotora, la Directora-gestora y la
coordinadora tutora de acompañamiento y algún otro miembro del equipo si fuese necesario.
Son competencias de la Comisión de convivencia:
Fomentar un buen ambiente de trabajo, resolviendo pequeños conflictos.
Vigilar el cumplimiento del RRI.
Proponer actividades complementarias.
Hacer cuantas sugerencias estime oportunas para mejorar la consecución de los objetivos del
programa.
La Comisión de convivencia se reunirá al menos una vez al trimestre.
4) Asamblea general: Estará compuesta por el equipo de personal de la escuela (Claustro) y por la
representación de los/as alumnos/as, que recae en los delegados/as y subdelegados/as de cada especialidad.
Representa al órgano conjunto y velará por la eficacia del programa de la escuela de aprendizaje laboral, así
como el seguimiento del mismo para su buen funcionamiento. Se reunirán en sesión ordinaria cuando los
componentes del mismo lo crean necesario y oportuno, y sus conclusiones serán recogidas en acta.
III. Organización operativa
15. La organización operativa de la escuela de aprendizaje laboral "VALDEQUEMAO XII" responde a la distribución de
funciones del personal que la compone, funciones que quedan recogidas en sus condiciones contractuales con el
Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, en base a la difusión pública de la oferta de empleo para el personal directivo y
docente de los proyectos del Programa de formación y empleo ESCALA, a cubrir mediante el sistema de fichero de expertos.
Las funciones y responsabilidades de los miembros del equipo, son, entre otras:
16. La Directora-gestora:
- Administrar operativamente la gestión de la formación y de los recursos humanos a través del correcto
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