Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00374/2025)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la gestión de residuos de la construcción y demolición
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

Anuncio 374/2025

13. Transportista autorizado: La persona física o jurídica debidamente inscrita en el registro correspondiente, y responsable
de la recogida, transporte y puesta a disposición de los RCD en las instalaciones del gestor autorizado, asumiendo la
titularidad de los residuos que transfieren a los gestores sin realizar ninguna operación sobre ellos, simplemente
transportan. Quienes desarrollen esta actividad estarán registrados conforme a la sección A, del artículo 21 del Decreto
20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos
de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura, como "responsables de la recogida,
transportistas y almacenadores de residuos de construcción y demolición inscritos".
14. Producción de RCD: El concepto "producción" hace referencia a la acción de generar, en particular los RCD, conforme a la
clasificación de esta ordenanza se generan en las obras de construcción y demolición que se describen a continuación.
15. Gestión de RCD: La recogida, el almacenamiento, la transferencia, el transporte, la valorización y el vertido de los
rechazos contenidos en los RCD una vez valorizados, incluida la vigilancia de estas actividades, así como la vigilancia de los
lugares de depósito o vertido después de su cierre.
16. Tratamiento previo de RCD: Proceso físico, térmico, químico o biológico, incluida la clasificación, que cambia las
características de los residuos de construcción y demolición reduciendo su volumen o su peligrosidad, facilitando su
manipulación, incrementando su potencial de valorización o mejorando su comportamiento en el vertedero. El tratamiento
previo, puede realizarse:
Directamente en la obra o punto de producción de residuos.
Plantas de tratamiento.
17. Recogida de RCD: La recogida selectiva es por lo tanto un tratamiento previo que supone la recogida diferenciada de
materiales reciclables, y que permite la separación de los materiales valorizables contenidos en los residuos.
18. Transferencia de RCD: Es una actividad de depósito temporal de residuos acarreados por los medios ordinarios de
recogidas de RCD en el pequeño entorno que han de ser tratados o eliminados en instalaciones localizadas a grandes
distancias por vehículos distintos a los de recogida de residuos.
19. Almacenamiento de RCD: Depósito temporal de residuos, con carácter previo a su valorización o eliminación, por tiempo
inferior a dos años o a seis meses si se trata de residuos peligrosos, a menos que reglamentariamente se establezcan plazos
inferiores. Estos almacenamientos son necesarios para realizar la recogida selectiva y para proceder a la reutilización de
materiales.
20. Valorización de RCD: Todo procedimiento que permita el aprovechamiento de los recursos contenidos en los RCD,
incluida su utilización como material de relleno, sin poner en peligro la salud humana y sin utilizar métodos que puedan
causar perjuicios al medio ambiente. Los procedimientos enumerados en el anexo 1 de la Orden MAM/304/2002. La
valorización, puede realizarse:
Directamente en la obra o punto de producción de residuos.
Plantas de valorización.
21. Reciclado de RCD: La transformación de los residuos, dentro de un proceso de producción para su fin inicial o para otros
fines, pero no la incineración con recuperación de energía. Es una forma de valorizar.
22. Reutilización de RCD: El empleo de un producto usado para el mismo fin para el que fue diseñado originariamente.
Dejando, por tanto, de considerarse como un residuo.
23. Eliminación de RCD: Todo procedimiento dirigido, bien al vertido de los residuos o bien a su destrucción total o parcial,
realizado sin poner en peligro la salud humana y sin utilizar métodos que puedan causar perjuicio al medio ambiente.
Procedimientos enumerados en el anexo 1 de la Orden MAM/304/2002. El depósito en vertedero de los residuos RCD,
requieren de autorización del órgano competente en cada caso y nunca podrá realizarse sin la realización de tratamientos
previos.
Artículo 3. Ámbito de aplicación.
Las disposiciones de la presente Ordenanza serán de aplicación en todo el término municipal de Los Santos de Maimona, a
los escombros y residuos generados en todo tipo de obra que precise licencia municipal o tramite sustitutivo, incluidas las
obras menores que no necesiten proyecto técnico, a los actos comunicados, que se realicen en el mismo, así como las obras
a realizar en cumplimiento de una orden de ejecución o las obras incluidas en proyectos de urbanización sometidos a
aprobación municipal.
Se incluye además en esta Ordenanza la regulación a tener en cuenta a las tierras o materiales no contaminantes
procedentes de la excavación y que vayan a ser reutilizados en la misma obra o en otra obra autorizada.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 6 de 24