Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00374/2025)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la gestión de residuos de la construcción y demolición
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

Anuncio 374/2025

Evitar el vertido incontrolado de aquellos residuos que no pueden ser eliminados a través de los servicios
convencionales de recogida de basuras.
Fomentar la separación en origen de los residuos, recepcionándose en distintos contenedores diferenciados entre sí.
Aprovechar los materiales contenidos en los residuos que sean susceptibles de ser valorizados, consiguiendo el
mayor ahorro energético y de materias primas y reduciéndose el volumen de residuos a eliminar.
Buscar la mejor solución para cada tipo de residuos con el fin de conseguir la máxima valorización de los materiales y
el mínimo coste en la gestión total.
Evitar el vertido incontrolado de RCD de obra menor dentro del término municipal.
Fomentar la implicación y participación de los ciudadanos en una gestión de los residuos respetuosa con el medio
ambiente. La instalación donde se haya el punto limpio, se compone de:
Cierre perimetral del recinto en su totalidad que evite el acceso incontrolado.
Zona de acopio de los residuos, dispone de espacio suficiente para realizar las actividades de descarga de los
residuos, pudiendo maniobrar correctamente, tanto los vehículos particulares, como los vehículos recogedores de
residuos.
Contenedores: Destinados al depósito de residuos, de diferentes características, capacidades y número dependiendo
del tipo de instalación. Todos los puntos limpios deberán contar con los siguientes tipos de contenedores:
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Contenedores de RCD: Tendrán una capacidad aproximada de 6 m . Se dispondrá un contenedor
como mínimo y 4 contenedores como máximo.
Contenedores: Se equipará con el resto de contenedores el área habilitada para ello dentro del punto
limpio de acopio municipal. Destino: Papel-cartón, ropa, vidrio, pilas, pinturas y disolventes, baterías,
aceites vegetales, etc.
Señalización vertical: Consistente en carteles informativos cuyo objetivo es facilitar el acceso a las instalaciones y la
correcta utilización de las mismas por el usuario. Esta señalización se colocará tanto en el interior como en el exterior
del recinto del punto limpio dependiendo de su función concreta, de tal manera que se facilite el uso de la misma. Y
estará compuesta por:
Carteles de acceso a las instalaciones, situados en la vía pública y cuya función es indicar el recorrido a
seguir por el usuario para llegar al punto limpio.
Cartel de información, a la entrada, del horario de las instalaciones.
Cartel informativo con la relación de los residuos admisibles y las cantidades de cada uno de ellos. El
cartel se situará en lugar visible a la entrada de las instalaciones junto al punto de información y
vigilancia.
Cartel de información del uso y empleo de los contenedores, situados junto a cada uno de ellos,
indicando la tipología del residuo admitido.
El pavimento del punto limpio está totalmente hormigonado para la instalación de los contenedores de RCD y pequeños
espacios destinados a otros usos.
Artículo 26. Horario y acceso del punto limpio municipal.
El acceso a estas instalaciones será restringido, previa petición de acceso al Ayuntamiento para el depósito de residuos.
Los accesos a la instalación se realizarán dentro del horario de apertura y cierre, que será fijado a la entrada del recinto.
Dicho horario se establecerá en función del número de habitantes y de las costumbres de la población, teniendo en cuenta
que las instalaciones deberán permanecer abiertas al menos en las horas que establezca el Ayuntamiento, el cual podrá
establecer la regulación del horario a través de resolución de la Alcaldía.
Artículo 27. Tarifas de tratamiento en el punto limpio.
Este Ayuntamiento exigirá a los usuarios, por la prestación de este servicio, el pago de la tasa correspondiente, que será
establecida por la oportuna Ordenanza fiscal.
Artículo 28. Residuos permitidos y prohibidos en el punto limpio municipal.
En el punto limpio se podrán depositar, con carácter general, los siguientes tipos de residuos en las cantidades admisibles
por entrega y día que se especifican:
a) Escombros procedentes de pequeñas obras domésticas, de categoría II, hasta 1 m3 por obra, cuyo traslado
se realice en bolsas en fracciones máximas diarias de 150 kg.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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