Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral “Sierra Suroeste” (Jerez de los Caballeros). Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (00347/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del programa de formación y empleo ESCALA "Sierra Suroeste XII"
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Mancomunidad Integral “Sierra Suroeste”

Anuncio 347/2025

actividades formativas como en el trabajo propio del programa de formación y
empleo "ESCALA Sierra Suroeste XII"
- Interrupciones que entorpezcan tanto las clases teóricas como el trabajo
efectivo.
- El uso del móvil en toda la jornada laboral excepto en los descansos.
- Presentarse a clase sin los útiles necesarios por descuido inexcusable.
- El no usar y/o descuidar el vestuario y material personal y EPI, del que disponen
para el desarrollo de su trabajo durante la totalidad de la jornada laboral
(incluidos los 30 minutos de descanso).
- La no presentación en tiempo oportuno (48 horas) de los justificantes, salvo
que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
- Permanecer en la puerta de los programa de formación y empleo "ESCALA
Sierra Suroeste XII" en horario de trabajo.
- Fumar en zonas/ horarios no permitidas: Aulas, pasillos y servicios.
- Introducir en el centro de trabajo a personas ajenas al programa de formación
y empleo "ESCALA Sierra Suroeste XII".
- Tres faltas de puntualidad en un mes sin causa justificada.
A.2.- Faltas graves:
- Haber sido sancionado por tres faltas leves.
- La falta de obediencia y/o respeto debida a monitores/profesores y demás
personal del programa de formación y empleo "ESCALA Sierra Suroeste XII".
- La posesión y consumo de alcohol o drogas ilegales durante la jornada de
trabajo y formación.
- El ataque a la integridad física y moral de los compañeros y compañeras y en
general, mantener conductas anti-sociales y/o violentas durante la jornada
laboral.
- El incumplimiento o abandono de normas y medidas de seguridad e higiene en
el trabajo.
- La simulación de enfermedad o accidente.
- La ausencia al trabajo sin justificar de 2 faltas durante un periodo de 30 días.
- Faltas de hurto, robo, tanto a los trabajadores como al programa de formación
y empleo "ESCALA Sierra Suroeste XII". En este sentido se ponderará y valorará la
gravedad del hecho por el equipo formativo del programa de formación, así
como a cualquier personal dentro o fuera del centro en cualquier actividad
desarrollada por el programa de formación y empleo "ESCALA sierra suroeste
XII".
- Reincidir en el comportamiento apático, falta de interés.
- Causar negligentemente daños a los locales, instalaciones, material y
herramientas.
- La falta reiterada (3 faltas leves) de rendimiento intencionado que afecte al
normal desenvolvimiento del programa de formación y empleo "ESCALA Sierra
Suroeste XII".
- El uso inadecuado/sin autorización de cualquier medio de transporte durante la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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