Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral “Sierra Suroeste” (Jerez de los Caballeros). Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (00347/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del programa de formación y empleo ESCALA "Sierra Suroeste XII"
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Mancomunidad Integral “Sierra Suroeste”

Anuncio 347/2025

programa de formación y empleo "ESCALA Sierra Suroeste XII" y entornos de trabajo.
e. Adoptar medidas de seguridad e higiene en el trabajo, utilizando correctamente las protecciones y medios
que el programa de formación y empleo "ESCALA Sierra Suroeste XII" pone a su disposición.
f. Realizar las tareas concretas que le sea encomendadas bajo la dirección del monitor, pudiendo ser
adoptadas por el equipo de formadores las oportunas medidas de vigilancia y control para verificar tanto el
cumplimiento de las obligaciones como el grado de aplicación del trabajador participante.
g. Participar activamente en las clases teóricas complementarias de su formación integral, cumpliendo con las
tareas que les sean encomendadas por los profesores.
h. Guardar el debido respeto a los compañeros, manteniendo un trato de corrección y colaborando con ellos
en el trabajo cuando sea necesario.
i. Respetar los edificios, instalaciones, mobiliario y demás material del programa de formación y empleo
"ESCALA Sierra Suroeste XII" y de la entidad promotora.
j. Hacerse responsables del vestuario y de la herramienta que les sea entregada para su trabajo, cuidándola y
guardándola de modo conveniente y haciéndose cargo de su reposición en caso de pérdida o deterioro por
mal uso de la misma, siempre que se demuestre la falta de diligencia del alumno en tales circunstancias. En
tal sentido indicar que la ropa de trabajo ha de ser utilizada únicamente en actividades desarrolladas en el
programa de formación y empleo "ESCALA Sierra Suroeste XII" y por personal autorizado.
k. Utilizar el vestuario facilitado durante la totalidad de la jornada laboral, incluidos los 30 minutos de
descanso establecido.
l. Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que desempeñan, siendo conscientes en todo
momento de que de ellos depende la "imagen" que el programa de formación y empleo "ESCALA Sierra
Suroeste XII" ofrece al municipio y su entorno.
m. Informar al programa de formación y empleo "ESCALA Sierra Suroeste XII", en horario de 7:45 a 9:00, de la
no-asistencia al trabajo cuando por causas imprevistas se produzca la imposibilidad justificada de
incorporación al centro.
n. A partir de las 9:00 horas no se permitirá la entrada al centro, salvo que se comunique a tiempo la causa del
retraso.
o. Comunicar al equipo formativo cualquier enfermedad o tratamiento médico que pueda afectar al
rendimiento en el trabajo o que ponga en peligro su integridad física o la del resto del personal del programa
de formación y empleo "ESCALA Sierra Suroeste XII", garantizándose en todo caso el derecho a la intimidad.
p. Cuidar y mantener las condiciones higiénicas y de limpieza de las instalaciones puestas a disposición del
programa.
q. El alumnado que por los motivos que fuere no se incorpore al centro a las 7:45 deberá llamar al mismo y
comunicar el motivo de su ausencia.
Artículo 13.- Régimen disciplinario: Faltas, sanciones, competencia, prescripción y procedimiento.
A) Las faltas: Se clasifican en leves, graves y muy graves, estableciéndose su regulación en los apartados
siguientes, así como las sanciones correspondientes a cada una de ellas.
A.1.- Faltas leves:
- La incorrección o falta de respeto con sus compañeros/as.
- Una falta de puntualidad al mes sin causa justificada, que supere los 10
minutos.
- El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada.
- El bajo rendimiento, comportamiento apático si causa justificada, tanto en las
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 6 de 11