Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (00334/2025)
Aprobación del Reglamento de régimen interno del programa de formación y empleo ESCALA "Vegalcab 2.0"
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Don Benito
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6.2.1. Claustro.
Es el órgano propio de participación de todo el personal directivo, docente y de apoyo y está presidido por la figura de la
Directora.
Son competencias del claustro:
Programar las actividades formativas en general.
Fijar y coordinar criterios sobre la evaluación del alumnado-trabajador. Promoviendo iniciativas en el ámbito de la
formación.
Elaboración, coordinación y seguimiento del Plan de Inserción Laboral.
El Claustro se reunirá una vez al mes y con carácter extraordinario cuando así lo decida la Dirección o lo solicite, al menos,
un tercio de sus componentes. La asistencia a las reuniones del Claustro es obligatoria. Los delegados de cada especialidad
representantes del alumnado participarán en dichas reuniones cuando sean requeridos para evaluar la marcha del
proyecto, resolver pequeños problemas, recoger sugerencias, etc.
6.2.2. Comisión de convivencia.
Es el órgano de representación de todos los implicados en el proyecto: Entidad promotora, equipo técnico y
alumnado/trabajador. En concreto, su composición sería la de un representante de la Entidad que tenga funciones relativas
a formación y empleo, Director/a, Gestora/or, Coordinador/a de formación, un representante del resto del equipo técnico y
el Delegado del alumnado-trabajador.
Es competencia de la comisión de convivencia:
Fomentar un buen ambiente de trabajo, resolviendo pequeños conflictos. Vigilar el cumplimiento del Reglamento de
régimen interno.
Proponer actividades complementarias.
Hacer cuantas sugerencias estime oportunas para la mejor consecución de los objetivos del proyecto.
La Comisión se reunirá con carácter ordinario, al menos, una vez al trimestre.
6.2.3. Asamblea General del alumnado.
Es el órgano propio de participación del alumnado en el funcionamiento del proyecto. A través de la Asamblea, el alumnado
elige a sus delegados y subdelegados de las tres especialidades, que actuarán como representantes del alumnado en la
Comisión de Convivencia y en las reuniones del Claustro de Profesores en las que sean requeridos.
El Delegado/a de cada especialidad, es elegido mediante votación por la totalidad del alumnado. Por mayoría del alumnado
del proyecto, en su caso, podría ser destituido de su cargo.
Funciones del Delegado:
Representar a sus compañeros en las reuniones a las que asista (Claustro y/o Comisión de Convivencia u otras).
Recoger quejas o sugerencias de los mismos.
Asistir a las reuniones a las que se convoque.
La Asamblea se reúne, en sesión ordinaria, una vez al menos cada trimestre, y en sesión extraordinaria cuando así lo solicite
un mínimo de 8 alumnos ante los delegados elegidos.
La organización operativa del programa responderá a la distribución de funciones del personal que compone cada proyecto.
Artículo 7. Horario de trabajo.
La jornada laboral se establece en 37,5 horas semanales, que se distribuirán de lunes a viernes, en horario de 7:45 a 15:15
h., si bien cuando las necesidades del servicio lo requieran, se deberá trabajar los sábados, domingos y festivos con la
correspondiente compensación de horas, acorde a lo establecido en el Ayuntamiento de Don Benito.
Se considera jornada laboral tanto las horas dedicadas a la formación teórico-práctica, como las dedicadas a los trabajos
reales.
Al comienzo de la jornada, el alumnado-trabajador y el equipo formativo deben estar en las aulas, o lugar indicado por el
Equipo Técnico del Proyecto ESCALA "Vegalcab 2.0".
A la hora que mejor se adapte a las necesidades y eficacia del programa, se establecerá a criterio del Equipo Técnico, un
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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6.2.1. Claustro.
Es el órgano propio de participación de todo el personal directivo, docente y de apoyo y está presidido por la figura de la
Directora.
Son competencias del claustro:
Programar las actividades formativas en general.
Fijar y coordinar criterios sobre la evaluación del alumnado-trabajador. Promoviendo iniciativas en el ámbito de la
formación.
Elaboración, coordinación y seguimiento del Plan de Inserción Laboral.
El Claustro se reunirá una vez al mes y con carácter extraordinario cuando así lo decida la Dirección o lo solicite, al menos,
un tercio de sus componentes. La asistencia a las reuniones del Claustro es obligatoria. Los delegados de cada especialidad
representantes del alumnado participarán en dichas reuniones cuando sean requeridos para evaluar la marcha del
proyecto, resolver pequeños problemas, recoger sugerencias, etc.
6.2.2. Comisión de convivencia.
Es el órgano de representación de todos los implicados en el proyecto: Entidad promotora, equipo técnico y
alumnado/trabajador. En concreto, su composición sería la de un representante de la Entidad que tenga funciones relativas
a formación y empleo, Director/a, Gestora/or, Coordinador/a de formación, un representante del resto del equipo técnico y
el Delegado del alumnado-trabajador.
Es competencia de la comisión de convivencia:
Fomentar un buen ambiente de trabajo, resolviendo pequeños conflictos. Vigilar el cumplimiento del Reglamento de
régimen interno.
Proponer actividades complementarias.
Hacer cuantas sugerencias estime oportunas para la mejor consecución de los objetivos del proyecto.
La Comisión se reunirá con carácter ordinario, al menos, una vez al trimestre.
6.2.3. Asamblea General del alumnado.
Es el órgano propio de participación del alumnado en el funcionamiento del proyecto. A través de la Asamblea, el alumnado
elige a sus delegados y subdelegados de las tres especialidades, que actuarán como representantes del alumnado en la
Comisión de Convivencia y en las reuniones del Claustro de Profesores en las que sean requeridos.
El Delegado/a de cada especialidad, es elegido mediante votación por la totalidad del alumnado. Por mayoría del alumnado
del proyecto, en su caso, podría ser destituido de su cargo.
Funciones del Delegado:
Representar a sus compañeros en las reuniones a las que asista (Claustro y/o Comisión de Convivencia u otras).
Recoger quejas o sugerencias de los mismos.
Asistir a las reuniones a las que se convoque.
La Asamblea se reúne, en sesión ordinaria, una vez al menos cada trimestre, y en sesión extraordinaria cuando así lo solicite
un mínimo de 8 alumnos ante los delegados elegidos.
La organización operativa del programa responderá a la distribución de funciones del personal que compone cada proyecto.
Artículo 7. Horario de trabajo.
La jornada laboral se establece en 37,5 horas semanales, que se distribuirán de lunes a viernes, en horario de 7:45 a 15:15
h., si bien cuando las necesidades del servicio lo requieran, se deberá trabajar los sábados, domingos y festivos con la
correspondiente compensación de horas, acorde a lo establecido en el Ayuntamiento de Don Benito.
Se considera jornada laboral tanto las horas dedicadas a la formación teórico-práctica, como las dedicadas a los trabajos
reales.
Al comienzo de la jornada, el alumnado-trabajador y el equipo formativo deben estar en las aulas, o lugar indicado por el
Equipo Técnico del Proyecto ESCALA "Vegalcab 2.0".
A la hora que mejor se adapte a las necesidades y eficacia del programa, se establecerá a criterio del Equipo Técnico, un
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