Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talavera la Real. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00294/2025)
Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento del servicio de viviendas de emergencia social
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Ayuntamiento de Talavera la Real

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Criterios de adjudicación.
Se bareman los siguientes apartados:
1.- Factores económicos.
2.- Factores sociales.
3.- Factores de acreditación de necesidad de vivienda.
1.- Factores económicos:

Circunstancias económicas

Puntuación

Ingresos anuales superiores a 16.000,00 € y hasta 21.000,00 €

2 puntos

Ingresos anuales superiores a 12.000,00 € y hasta 16.000,00 €

3 puntos

Ingresos anuales superiores a 9.000,00 € y hasta 12.000,00 €

4 puntos

Ingresos anuales inferiores a 9.000,00 €

5 puntos

Se computarán los ingresos netos mensuales: Son la totalidad de salarios, pensiones, prestaciones, subsidios y cualquier
ingreso mensual computable de la unidad familiar, percibidos en los 12 meses anteriores a la fecha de publicación de esta
convocatoria. No se tendrán en cuenta las becas escolares y las ayudas económicas vinculadas a la prestación de un servicio
para personas con dependencia y/o discapacidad.
2.- Factores sociales:
1. Mujeres víctimas de violencia de género: 2 puntos (siempre que se acredite esta situación mediante la
documentación requerida en esta Ordenanza).
2. Composición familiar: Por cada miembro de la unidad familiar que vaya a convivir, 1 punto, con un máximo
de 5 puntos.
3. Familias monomarentales o monoparentales: 2 puntos.
4. Que uno de los miembros de la unidad familiar del solicitante tenga una discapacidad y/o dependencia
reconocida (excluyentes entre sí, sólo a baremar uno de estos subgrupos):
4.1. Discapacidad.
Superior al 33% e inferior al 65%: 2 puntos.
Superior al 65%: 3 puntos.
4.2. Dependencia.
Grado I: 1 punto.
Grado II: 2 puntos.
Grado III: 3 puntos.

5. Residencia en el municipio: Años de empadronamiento continuados e ininterrumpidos en la localidad de
Talavera la Real.
- Entre 5 y 10 años: 3 puntos.
- Más de 10 años: 5 puntos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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