Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Transición Ecológica (Badajoz). (00181/2025)
Convocatoria de subvenciones para financiar la redacción de proyectos de obras, para la ejecución de instalaciones fotovoltáicas de autoconsumos colectivos en edificios municipales para contribuir a la descarbonización de los servicios locales
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Delegación de Transición Ecológica
Anuncio 181/2025
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de
febrero de 2014.
7. Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del Título sexto de la Ley
39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.
8. Orden EHA 3565/2008, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales,
modificada por la Orden HAP/419/2014 de 14 de marzo.
9. Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Badajoz.
10. Bases de ejecución del presupuesto de la diputación de Badajoz de la anualidad 2024.
11. Y con carácter supletorio, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprobó su reglamento y demás disposiciones.
12. Plan estratégico de subvenciones de la Diputación Provincial.
13. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
14. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Base 2.- Objeto de las bases. Plazo de ejecución y pago.
El objeto de estas bases consiste en el establecimiento de las normas específicas para regular el acceso a subvenciones
públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, de los municipios y entidades locales menores reconocidos
oficialmente por el censo de la Junta de Extremadura, dentro de la provincia de Badajoz cuya finalidad sea la redacción de
proyectos de obra para la ejecución de instalaciones fotovoltaicas para autoconsumos en edificios municipales.
Estos proyectos incluirán los gastos de los trabajos de topografía, capacidad portante de cubierta, así como cualquier otro
estudio que sea preceptivo para la correcta definición de las actuaciones (estudios básicos de seguridad y salud,
ambientales, etc.).
Las actuaciones objeto de subvención, corresponderán a la redacción de proyectos técnicos de ejecución de instalaciones
fotovoltaicas para autoconsumos colectivos en edificios municipales que se realicen durante el plazo de ejecución de la línea
de ayudas, debiéndose cumplir en todo caso, la normativa establecida al efecto; siendo el periodo de ejecución y pago de las
actuaciones por parte de los Ayuntamientos, de tres meses a partir de la publicación de la resolución de la concesión.
Base 3.- Finalidad.
Se pretende facilitar a las entidades locales de la provincia los medios y recursos necesarios, para que confeccionen
proyectos de ejecución de obra, para contribuir a la descarbonización de los servicios municipales. Como se ha expuesto,
esta línea de trabajo se enmarca en las políticas activas para afrontar el reto demográfico y la transición energética,
igualando las oportunidades del medio rural a las de las grandes ciudades.
Por ello, dada la necesidad de continuar con su labor de asistencia, asesoramiento y cooperación económica con las
entidades locales de la provincia, especialmente con las de menor capacidad económica y de gestión, se plantea, como
novedad programática, el establecimiento de una actividad para contribuir a la descarbonización de los servicios
municipales, consistente en una línea de subvenciones para financiar la redacción de proyectos de obra, para la ejecución de
instalaciones fotovoltaicas para autoconsumos colectivos en edificios de titularidad de los ayuntamientos beneficiarios, dada
la carencia de medios existentes en muchas entidades locales de la provincia.
Esta línea de ayudas se fundamenta, como se ha citado, en los Objetivos de Desarrollo Sostenible y cumplimiento de la
Agenda 2030, en concreto, la alineación expuesta se puede predicar respecto de los Objetivos de Desarrollo Sostenible 7, 11
y 12, de garantizar el acceso a una energía asequible, segura, sostenible y moderna para todos, de lograr que las ciudades y
los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles; y de garantizar modalidades de consumo y
producción sostenibles. Las metas a las que se está respondiendo pretenden aumentar considerablemente la proporción de
energía renovable en el conjunto de fuentes energéticas y lograr la gestión sostenible y el uso eficiente de los recursos
naturales.
Esta flexibilidad en el diseño de los proyectos permitirá que cada entidad local pueda, dentro del marco normativo vigente,
determinar el modelo de gestión más adecuado para sus instalaciones de autoconsumo colectivo, incluyendo la posibilidad
de que estas infraestructuras puedan formar parte de iniciativas más amplias de democratización energética como las
comunidades energéticas locales, maximizando así el impacto positivo de estas inversiones en el territorio.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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7. Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del Título sexto de la Ley
39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.
8. Orden EHA 3565/2008, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales,
modificada por la Orden HAP/419/2014 de 14 de marzo.
9. Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Badajoz.
10. Bases de ejecución del presupuesto de la diputación de Badajoz de la anualidad 2024.
11. Y con carácter supletorio, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprobó su reglamento y demás disposiciones.
12. Plan estratégico de subvenciones de la Diputación Provincial.
13. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
14. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Base 2.- Objeto de las bases. Plazo de ejecución y pago.
El objeto de estas bases consiste en el establecimiento de las normas específicas para regular el acceso a subvenciones
públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, de los municipios y entidades locales menores reconocidos
oficialmente por el censo de la Junta de Extremadura, dentro de la provincia de Badajoz cuya finalidad sea la redacción de
proyectos de obra para la ejecución de instalaciones fotovoltaicas para autoconsumos en edificios municipales.
Estos proyectos incluirán los gastos de los trabajos de topografía, capacidad portante de cubierta, así como cualquier otro
estudio que sea preceptivo para la correcta definición de las actuaciones (estudios básicos de seguridad y salud,
ambientales, etc.).
Las actuaciones objeto de subvención, corresponderán a la redacción de proyectos técnicos de ejecución de instalaciones
fotovoltaicas para autoconsumos colectivos en edificios municipales que se realicen durante el plazo de ejecución de la línea
de ayudas, debiéndose cumplir en todo caso, la normativa establecida al efecto; siendo el periodo de ejecución y pago de las
actuaciones por parte de los Ayuntamientos, de tres meses a partir de la publicación de la resolución de la concesión.
Base 3.- Finalidad.
Se pretende facilitar a las entidades locales de la provincia los medios y recursos necesarios, para que confeccionen
proyectos de ejecución de obra, para contribuir a la descarbonización de los servicios municipales. Como se ha expuesto,
esta línea de trabajo se enmarca en las políticas activas para afrontar el reto demográfico y la transición energética,
igualando las oportunidades del medio rural a las de las grandes ciudades.
Por ello, dada la necesidad de continuar con su labor de asistencia, asesoramiento y cooperación económica con las
entidades locales de la provincia, especialmente con las de menor capacidad económica y de gestión, se plantea, como
novedad programática, el establecimiento de una actividad para contribuir a la descarbonización de los servicios
municipales, consistente en una línea de subvenciones para financiar la redacción de proyectos de obra, para la ejecución de
instalaciones fotovoltaicas para autoconsumos colectivos en edificios de titularidad de los ayuntamientos beneficiarios, dada
la carencia de medios existentes en muchas entidades locales de la provincia.
Esta línea de ayudas se fundamenta, como se ha citado, en los Objetivos de Desarrollo Sostenible y cumplimiento de la
Agenda 2030, en concreto, la alineación expuesta se puede predicar respecto de los Objetivos de Desarrollo Sostenible 7, 11
y 12, de garantizar el acceso a una energía asequible, segura, sostenible y moderna para todos, de lograr que las ciudades y
los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles; y de garantizar modalidades de consumo y
producción sostenibles. Las metas a las que se está respondiendo pretenden aumentar considerablemente la proporción de
energía renovable en el conjunto de fuentes energéticas y lograr la gestión sostenible y el uso eficiente de los recursos
naturales.
Esta flexibilidad en el diseño de los proyectos permitirá que cada entidad local pueda, dentro del marco normativo vigente,
determinar el modelo de gestión más adecuado para sus instalaciones de autoconsumo colectivo, incluyendo la posibilidad
de que estas infraestructuras puedan formar parte de iniciativas más amplias de democratización energética como las
comunidades energéticas locales, maximizando así el impacto positivo de estas inversiones en el territorio.
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