Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Transición Ecológica (Badajoz). (00181/2025)
Convocatoria de subvenciones para financiar la redacción de proyectos de obras, para la ejecución de instalaciones fotovoltáicas de autoconsumos colectivos en edificios municipales para contribuir a la descarbonización de los servicios locales
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Delegación de Transición Ecológica

Anuncio 181/2025

A comienzos de 2024, la Diputación aprobó su II Estrategia de Desarrollo Sostenible de la Provincia de Badajoz 2024-2027,
que incluye la Agenda Urbana Provincial 2030. El objetivo principal de esta II Estrategia es mejorar la vida en la provincia,
cuidando a sus habitantes, protegiendo el territorio y sus recursos naturales y culturales, asegurando una gestión sostenible
de los recursos, garantizando el acceso a empleos y viviendas dignos, promoviendo la cohesión social y territorial, el acceso
a servicios básicos como la educación o la sanidad, y considerando la participación ciudadana como eje transversal en el
diseño, ejecución y evaluación de las políticas públicas puestas en marcha.
Como antecedentes de naturaleza jurídica, traído el sistema de fuentes local, el artículo 36.1 b) Ley 7/1985, de 2 de abril, de
Bases de Régimen Local reconoce como una acción específica, la cooperación económica municipal, teniendo en cuenta, de
forma preferente los municipios de menor capacidad económica y de gestión. De lo expresado se deduce que la Diputación
tiene como competencia indisoluble la asistencia y cooperación con los municipios.
De otro lado, al amparo de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía
municipal de Extremadura, las diputaciones tienen competencias de asistencia, al objeto de proporcionar a los municipios la
capacidad de gestión requerida para el ejercicio de las competencias de titularidad municipal y la consiguiente efectividad
del principio de subsidiariedad.
En línea con lo anterior, se pretende facilitar a las entidades locales de la provincia los medios y recursos necesarios, para
que lleven a cabo políticas activas para afrontar el reto demográfico y la transición energética, igualando sus oportunidades
a las de las grandes ciudades. En este sentido, poder reducir los costes de las instalaciones municipales que puedan
acogerse a este proyecto de autoconsumo repercutirá, sin duda, en la sostenibilidad de los servicios municipales de las
zonas rurales, cuyos costes fijos los hacen poco competitivos respecto de las poblaciones mayores.
Por ello, dada la necesidad de continuar con su labor de asistencia, asesoramiento y cooperación económica con las
entidades locales de la provincia, especialmente con las de menor capacidad económica y de gestión, se plantea, como
novedad programática, el establecimiento de una actividad para contribuir a la descarbonización de los servicios
municipales, consistente en una línea de subvenciones para financiar la redacción de proyectos de obra, para la ejecución de
instalaciones fotovoltaicas para autoconsumos en edificios municipales de titularidad de los ayuntamientos beneficiarios,
dada la carencia de medios existentes en muchos municipios de la provincia.
Esta línea de ayudas se fundamenta, como se ha citado, en los objetivos de desarrollo sostenible y cumplimiento de la
Agenda 2030, en concreto, la alineación expuesta se puede predicar respecto de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de
garantizar el acceso a una energía asequible, segura, sostenible y moderna para todos, de lograr que las ciudades y los
asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles; y de garantizar modalidades de consumo y
producción sostenibles. Las metas a las que se está respondiendo pretenden aumentar considerablemente la proporción de
energía renovable en el conjunto de fuentes energéticas y lograr la gestión sostenible y el uso eficiente de los recursos
naturales.
La Diputación de Badajoz persigue también facilitar que los beneficios económicos derivados de la abundancia recurso solar
pueda revertir a las entidades locales e, indirectamente, al tejido social y económico de la provincia.
Además, las instalaciones de autoconsumo colectivo que se proyecten al amparo de estas bases podrán, si así lo determina
cada entidad local beneficiaria, servir como elemento vertebrador de iniciativas de participación ciudadana en el ámbito
energético, incluyendo su potencial integración en comunidades energéticas locales que permitan maximizar los beneficios
sociales y económicos derivados de estas infraestructuras renovables en el territorio.
La articulación de línea de subvenciones expuesta permite alimentar los principios de autonomía y suficiencia financiera
municipal, consagrados en nuestra Constitución, recogidos en los artículos 137 y 142, que pivotan de forma coadyuvante el
uno con el otro.
Base 1.- Normativa de aplicación.
1. Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
2. Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local
3. Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
4. Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura.
5. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales.
6. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por el que se transponen al ordenamiento
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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