Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00179/2025)
Bases para la provisión por el procedimiento de concurso específico de méritos del puesto de Jefatura de Sección Planificación y Seguimiento del Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios en la provincia de Badajoz, (CPEI)
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

Anuncio 179/2025

en que deban computarse, se resolverán mediante informes técnicos referidos a
las competencias y funciones del puesto desarrollado por el empleado/a
público/a.
Para la valoración de citados méritos se tendrán en cuenta que el desempeño de
puestos, funciones y cometidos podrá alegarse y probarse por cualquier medio
admisible en derecho, pero únicamente serán valorados aquellos que a la fecha
de terminación del plazo de presentación de instancias hubieran sido objeto de
reconocimiento expreso por parte de la administración pública correspondiente.
1.1.3 Conocimientos profesionales:
A) Por cursos de formación y perfeccionamiento que hayan sido
impartidos por la administración pública correspondiente u
organismos dependientes de la misma, por otros organismos
públicos, colegios profesionales, universidades públicas, o al
amparo de planes de formación continua y que tengan relación
directa con las actividades a desarrollar en el puesto que se
solicita hasta un máximo de 0,75 puntos:
- Por la participación como asistente: 0,002 puntos
por cada hora de duración.
- Por cursos impartidos: 0,004 puntos por cada hora
de duración.
Las acciones formativas que figuren en días, se contabilizaran
cinco horas por día de duración.
Las acciones formativas en los que no figuren la duración, se
puntuará con 0,002 puntos en los cursos recibidos y con 0,004
puntos en los impartidos.
En el caso de que un funcionario/a haya asistido varias veces a un
mismo curso, solo se valorará una vez la asistencia, excepto en
aquellos cursos en que existan varios niveles de dificultad, en la
que se puntuará la asistencia a cada nivel.
En los cursos impartidos, estos se valorarán por una sola vez, no
siendo susceptibles de ser valorados sucesivas ediciones de ese
mismo curso.
No se valorarán los cursos pertenecientes a una carrera
universitaria, ni los que formen parte del plan de estudios del
centro, ni los derivados de procesos selectivos, promoción interna
o planes de empleo.
B) Formación académica recibida.
Por estar en posesión de otra titulación de nivel igual o superior a
la exigida para tomar parte en la convocatoria siempre que la
misma sea adecuada a las características del puesto, se puntuará
hasta un máximo de 0,75 puntos de conformidad con la siguiente
escala:
- Por cada titulación Superior: 0,75 puntos.
- Por cada titulación de Grado Medio: 0,50 puntos.
- Por cada titulación equiparable al Bachiller
Superior: 0,25 puntos.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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